ACTA CONSTITUTIVA DE LA FIRMA PERSONAL “INVERSIONES J.D”

 PUBLICACIONES MERCANTILES LIRA & HERNANDEZ, C.A.    23/07/21   061 AÑO 0



SUMARIO


ACTA  CONSTITUTIVA DE  LA FIRMA PERSONAL “INVERSIONES J.D”


  



ACTA  CONSTITUTIVA DE  LA FIRMA PERSONAL “INVERSIONES J.D”


 

 



CIUDADANA:

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DEL ESTADO SUCRE.

SU DESPACHO:

 

Yo: JULIO CESAR DIAZ CHIRINOS, venezolano, mayor de edad, Divorciado, Titular de la Cedula de identidad Nº V- 9.808.199, domiciliado en la cuidad de Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre. Ante usted con el debido respeto ocurro a exponer: A mis únicas y exclusivas expensas, con dinero de mi propio peculio, he instalado una firma personal de: JULIO CESAR DIAZ CHIRINOS, la cual podrá usar la denominación comercial de “INVERSIONES J.D”. cuyo objeto Principal será el servicio de Mantenimiento, suministro, Reparación e Instalación de sistemas de Refrigeración en general, la comprar y venta de equipos nuevos y usados de refrigeración, aires acondicionados a nivel particular, comercial e industrial, así mismo la elaboración, instalación de compartimentos, conductos de aires acondicionados, dry Wall, Cielo rasos, tabiquería, pintura, carpintería e instalación eléctrica, en fin podrá dedicarse a cualquier acto de licito comercio, tenga o no relación con el objeto principal. El referido fondo de comercio tiene su domicilio en cuidad de Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en cualquier parte del país, como en el exterior Dicha firma girara con un capital de  UN MIL MILLONES DE BOLIVARES (1.000.000.000,00 Bs),  representados en inventario de mercancía necesario para su operatividad, siendo yo su único dueño y responsable, tanto del activo como del pasivo, y por lo tanto la única persona capaz de obligarse por ella, por ser esta mi FIRMA PERSONAL, la cual tendrá una duración de TREINTA (30) años. Pido que la presente solicitud se le dé el curso legal correspondiente que sea inscrita en el Registro Mercantil, de conformidad con el Numeral 8° del Articulo 19 del Código de Comercio Vigente; y que me expidan copias Certificadas de rigor, para su publicación de Ley. Es Carúpano a la fecha de su presentación.-

 

 



 

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.

Carúpano 22 de julio del año 2021.

210º y 161º

 

Por presentado el anterior documento por su Firmante, para su inscripción en el Registro Mercantil y fijación correspondiente. Hágase de conformidad  archívese el original. El anterior documento redactado por el abogado Sandra Gonzalez inscrito en el Inpreabogado bajo el No 167.355 el cual se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Nº  13 folios 72-76 Tomo Nº 1-A, 3er Trimestre.- La identificación se efectuó así: JULIO CESAR DIAZ CHIRINOS,  titular de la cedula de identidad No V- 9.808.199  inserción fue hecha por: Dameris Rondon (asistente II). Fdo.


La Juez,
Abog  Susana G de Malavé
La Secretaria,
Abg. Francis Vargas

 

  

 


JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-

ABOGADO: SUSANA GARCIA DE MALAVE, Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Agrario Bancario del Segundo Circuito De La Circunscripción Judicial del Estado Sucre. CERTIFICA: Que las copias fotostáticas que anteceden son traslados fieles y exactos de sus originales, relacionados con la  Firma Personal de JULIO CESAR DIAZ CHIRINOS, bajo la denominación comercial de: Inversiones Julio Cesar Diaz Chirinos  Inserta bajo el Nº 13 Folios 72 al 76 Tomo No.1-A, 3er Trimestre, llevado en este Tribunal durante el corriente año 2021, dichas copias fueron elaboradas por el ciudadano: Dameris Rondon persona autorizada y quien junto conmigo la suscribe a objeto de dar cumplimento con lo establecido en el Artículo 226 del Código de Comercio. Carúpano 22 de Julio del año 2021.Fdos

 

La Juez,

 Abog. Susana G de Malavé

 

 

                       Persona Autorizada,
Dameris Rondon 
Asistente II