CIUDADANA:
JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO
JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
SU DESPACHO.
Yo, YULYS MAYERLIN MARTINEZ
SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, hábil en derecho,
domiciliada en Canchunchu Nuevo sector Patria Bolivariana II, Calle Ali Primera
casa s/n Carúpano, Municipio Bermúdez
del Estado Sucre, identificada con la
Cédula de Identidad Nº V-16.627.300
y con RIF.V-166273001,
procediendo en este acto en
mi propio nombre y representación y en cumplimiento a lo dispuesto en el
Ordinal 8° del Artículo 19, en concordancia con los artículos 26 y 28 ejusdem
del Código de Comercio; ante su Competente Autoridad, muy respetuosamente,
ocurro y expongo: A mis únicas y exclusivas expensas, con dinero de mi propio
peculio particular, en nueva creación, he constituido una Firma Personal de:
Yulys Mayerlin Martínez Sánchez, la cual se denominará: INVERSIONES YULYS El
domicilio o sede principal de la Firma Personal se encuentra ubicada o tiene su
asiento principal, en Canchunchu Nuevo,
Sector Patria Bolivariana II, Calle Ali Primera casa s/n, Parroquia Santa Catalina, Carúpano, Municipio
Bermúdez del Estado Sucre, Pudiendo establecer Agencia u Oficina en cualquier
Ciudad del País. El objeto de la firma será todo lo relacionado con la
elaboración y comercialización de panes, en sus diferentes presentaciones,
dulces, tortas, entre otros. La Firma Personal se constituye con un capital o activo, sin ninguna clase de pasivo,
de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,00). Según consta en el inventario anexo y
tendrá una duración de Veinte (20) años contados a partir de su inscripción en
el registro mercantil correspondiente pudiendo ser modificado con anticipación
al término o vigencia de la misma. La referida firma es de mi única propiedad y girará bajo mi sola firma y responsabilidad y es mi
persona quien puede obligarla en sus operaciones mercantiles, siendo yo la
única dueña del activo y responsable del pasivo Todo lo no previsto en este
documento se regirá por las disposiciones establecidas en el Código de Comercio.
Además declaro. Finalmente solicito se ordene la inscripción de esta participación e igualmente me sea
expedida copia certificada de la misma a los fines de su publicación y efectos
legales subsiguiente.
En
Carúpano a la fecha de su presentación. Fdo.
DIRECTORIO
PUBLICACIONES
MERCANTILES LIRA &HERNANDEZ, C.A.
RIF: J-500599579
Presidente: Ldo.
RAÚL LIRA C.
Vicepresidente: Ldo.
FRANK HERNANDEZ
Tf: 0414-7802672/9946258/04120817243
Frankhm293@gmail.com publicacionesmercantilesl@gmail.com
raultlira001@gmail.com
JUZGADO DE PRIMERA
INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO
CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano 2 de Agosto
del año 2021.
210º
y 161º
Por
presentado el anterior documento por su Firmante, para su inscripción en el
Registro Mercantil y fijación correspondiente. Hágase de conformidad archívese el original. El anterior documento
redactado por el abogado José Zabala inscrito en el
Inpreabogado bajo el No 93.984 el
cual se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Nº 12 folios 85-88 Tomo Nº 1, 4to
Trimestre.- La identificación se efectuó así: YULYS
MAYERLIN MARTINEZ SANCHEZ, titular de la cedula de identidad No
V- 16.627.300 inserción fue hecha
por: Lourdes Campos (asistente II). Fdo.
La Juez,
Abog Susana G de Malavé
La
Secretaria,
Abg.
Francis Vargas
JUZGADO DE PRIMERA
INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO
CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
ABOGADO: SUSANA GARCIA
DE MALAVE, Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil,
Mercantil, Transito, Agrario Bancario del Segundo Circuito De La
Circunscripción Judicial del Estado Sucre. CERTIFICA:
Que las copias fotostáticas que anteceden son traslados fieles y exactos de sus
originales, relacionados con la Firma
Personal de YULYS MAYERLIN
MARTINEZ SANCHEZ, bajo la denominación comercial de: “INVERSIONES YULYS” Inserta bajo el Nº 12
Folios 85 al 88 Tomo No.1, 4to Trimestre, llevado en este Tribunal durante el
corriente año 2021, dichas copias fueron elaboradas por el ciudadano: Lourdes
Campos persona autorizada y quien junto conmigo la suscribe a objeto de dar
cumplimento con lo establecido en el Artículo 226 del Código de Comercio.
Carúpano 26 de Octubre del año 2021.Fdos
La Juez,
Abog. Susana G de
Malavé
Persona Autorizada,
Lourdes
Campos
Asistente
II