ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA EMPRESA “AGROPECUARIA EL GRAN CACAO C. A.”

 

CIUDADANA

JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.

Su despacho. -

Yo, MILÁNGELA LEÓN ACOSTA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, Abogada en ejercicio inscrita ante el I.P.S.A. bajo el No 102.807, titular de la cédula de identidad No V-13.730.141; debidamente autorizada por la Asamblea Extraordinaria de Socios que en fecha 02 de junio de 2018, celebrara la empresa denominada “AGROPECUARIA EL GRAN CACAO, C.A.”, signada con el RIF Nro. J406401714, domiciliada en calle principal, Nro. 02, del sector Tacarigual, Yaguaraparo del Municipio Cajigal del Estado Sucre e inscrita en los libros de comercio de la oficina de Registro Mercantil llevada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha 15 de Junio del año 2.015, bajo el N° 47, Folios del 228 al 234, tomo N° 1-F, segundo trimestre del año 2.015; siendo la última modificación de sus estatutos para aumento de capital mediante asamblea extraordinaria de socios celebrada en fecha 25 de marzo del año 2.019, de la cual quedó registrada la correspondiente acta de asamblea en los libros de comercio llevados por el juzgado identificado ut supra, en fecha 29 de abril del año 2.019, inscrita bajo el Nro. 03, folios 645 al 664, Tomo Nro. 1, Segundo Trimestre del año 2.019. A los fines legales consiguientes, consigno anexo a la presente participación, la referida Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas, donde se trató y acordó los siguientes puntos:

Punto Primero: Considerar y aprobar el Aumento del Capital Social;

Punto Segundo: Renombramiento de la junta Directiva, creación de un nuevo cargo y ampliación de las facultades de la misma;

Punto Tercero: Renombramiento del comisario de la empresa;

Punto Cuarto: Modificación de los estatutos, una vez aprobado los puntos precedentes. -Solicito respetuosamente que una vez asentada dicha acta en los libros correspondientes, me sea expedida una (01) Copia Certificada de la misma junto con el auto que sobre ella recaiga.

 

 

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Milángela León Acosta

I.P.S.A 102.807

 

 

 

 

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.

Carúpano 13 de Diciembre del año 2021.

211º y 162º

 

Por presentado el anterior documento por su Firmante, para su inscripción en el Registro Mercantil y fijación correspondiente. Hágase de conformidad  archívese el original. El anterior documento redactado por el abogado MILANGELA LEON  inscrito en el Inpreabogado bajo el No 102.807 el cual se inscribe en el Registro de Comercio bajo el  12 folios 59 AL  72 Tomo Nº 1-B, Cuarto Trimestre.- La identificación se efectuó así: MILANGELA LEON ACOSTA ,  titular de la cedula de identidad No 13.730.141 inserción fue hecha por: LOURDES CAMPOS (asistente II). Fdo.

La Juez,

Abog  Susana G de Malavé

 

La Secretaria,

Abg. Francis Vargas

 

ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA EMPRESA “AGROPECUARIA EL GRAN CACAO C. A.”

Quien suscribe, WILFREDO ANTONIO SALDIVIA, venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.414.316, inscrito en el Registro Único De Información Fiscal (RIF) V18.4143166, domiciliado en calle principal, s/n, del sector Tacarigual, Yaguaraparo del Municipio Cajigal del Estado Sucre; procediendo en este acto en mi carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil AGROPECUARIA EL GRAN CACAO, C.A.”, signada con el RIF Nro. J406401714, domiciliada en calle principal, Nro. 02, del sector Tacarigual, Yaguaraparo del Municipio Cajigal del Estado Sucre e inscrita en los libros de comercio de la oficina de Registro Mercantil llevada por el Juzgado de  Primera  Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha 15 de Junio del año 2.015, bajo el N° 47, Folios del 228 al 234, tomo N° 1-F, segundo trimestre del año 2.015; siendo la última modificación de sus estatutos para aumento de capital mediante asamblea extraordinaria de socios celebrada en fecha 25 de marzo del año 2.019, de la cual quedó registrada la correspondiente acta de asamblea en los libros de comercio llevados por el juzgado identificado ut supra, en fecha 29 de abril del año 2.019, inscrita bajo el Nro. 03, folios 645 al 664, Tomo Nro. 1, Segundo Trimestre del año 2.019. Certifi­co que la copia que se transcribe a continuación, es traslado fiel y exacto de su original que reposa en el Libro de Actas y Asambleas de dicha com­pañía, la cual copiada a la letra es del tenor siguiente:

ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA SOCIEDAD MERCANTIL AGROPECUARIA EL GRAN CACAO, C.A. En Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, en el día de hoy 02 de diciembre del año 2021, siendo las Dos y Quince minutos de la tarde 2:15 P.M., en el local donde funciona la sociedad mercantil  “AGROPECUARIA EL GRAN CACAO, C.A.”; estando presentes los socios WILFREDO ANTONIO SALDIVIA, titular de la cédula de identidad Nº V-18.414.316, propietario de 140.000 acciones y la socia ISMERAY MARIA MARCANO GIL, titular de la Cédula de Identidad Nro.V-13.730.340, con 130.000 acciones, YULIS SARAI MARCANO GIL, titular de la cédula de identidad Nro. 19.635.748; con 30.000 acciones quienes representan la totalidad de las acciones que conforman el capital de la referida Compañía Anónima. Preside esta asamblea el socio Wilfredo Saldivia en su carácter de presidente de la empresa, quien verifica el quórum estatutario necesario para proceder a considerar válidamente constituida esta asamblea extraordinaria, lo cual da por constatado y anunció que en virtud que se encuentra presentes los socios propietarios que representan la totalidad del capital social obviamos la convocatoria de ley. De esta manera se decide constituir en Asamblea General Extraordinaria de Socios, teniendo la Agenda los siguientes puntos a tratar y considerar:

Punto Primero: Considerar y aprobar el Aumento del Capital Social;

Punto Segundo: Renombramiento de la junta Directiva, creación de un nuevo cargo y ampliación de las facultades de la misma;

Punto Tercero: Renombramiento del comisario de la empresa;

Punto Cuarto: Modificación de los estatutos, una vez aprobado los puntos precedentes

Se pasa a tratar de inmediato el Punto Primero: Aumento de Capital Social de la compañía: tomando la palabra la socia Ismeray Marcano, manifestando que por razones necesarias para el mejor crecimiento comercial de la empresa y en virtud de la más reciente reconversión monetaria surge la necesidad que hoy queremos concretar legalmente, que es aumentar el Capital Social compañía por la   cantidad  de Setenta y Nueve Mil Novecientos Setenta Bolívares Digitales (Bs. 79.970,00), que sumados con el actual capital de Treinta Bolívares Digitales (Bs. 30,00); totalizan lo que en adelante sería el capital social de la compañía, es decir, OCHENTA MIL BOLÍVARES DIGITALES (BS. 80.000,00). A tal propuesta sus socios aquí presentes manifiestan total acuerdo ya que dada las circunstancias económicas del país y los índices de inflación que sufrimos en la actualidad, se hace necesario e inminente para el crecimiento y desarrollo comercial de la compañía, aumentar el capital social de la misma y el valor de la acciones, por la reconversión monetaria actual, lo cual es factible por la inversión bienes mobiliario que se ha venido realizando en la empresa, y el aporte que realizan los socios para el pago de la nuevas; todo lo cual ha sido aceptado satisfactoriamente por ambos socios, por lo que se consideró totalmente debatido y aprobado el aumento de capital de la compañía; Así se considera agotado y aprobado por unanimidad el punto segundo

Se pasa a tratar el Punto Segundo: Renombramiento de la junta Directiva y ampliación de las facultades de la misma. En esta particular toma la palabra el socio Wilfredo Saldivia, proponiendo formalmente la creación de un nuevo cargo en la junta directiva que rige la empresa y ampliar las facultades de dichos cargos, a los fines de delegar e igualar responsabilidades de manera conjunta o separada, a tal propuesta las socias Ismeray y Yulis Marcano, manifiestan su total acuerdo, por lo que se acordó que la nueva junta directiva estará conformada de la siguiente manera: Presidente: Wilfredo Saldivia; Vicepresidente: Yulis Marcano; Gerente General: Ismeray Marcano. A tal efecto se acuerda modificar todos los artículos relativos a los cargos, duración y facultades de la junta directiva, lo cual se tratará en el último punto orden del día.

Seguidamente continuamos con el Punto Tercero: Renombramiento del comisario de la empresa: En este momento toma la palabra la socia Yulis Marcano, quien expone la necesidad de nombrar un nuevo comisario para la empresa ya que el que se encuentra designado en la actualidad no ha sido de fácil ubicación, lo cual ha dificultado el desempeño de sus funciones como tal. Por tal motivo se propone en este acto como COMISARIO a la licenciada Erika Leanny Espinoza Martínez, titular de la cédula de identidad Nro. 17.780.892, inscrita en el Colegio de Contadores Públicos bajo el Nro. 99302; totalmente aprobado dicho punto. Agotado como se considera el punto tercero, pasamos inmediatamente al último punto de la agenda del día:

Punto Cuarto: Modificación de los estatutos de la empresa. Los socios de manera unánime acuerdan que con el objeto de plasmar los cambios acordados en los puntos precedentes que ameritan modificación en los estatutos sociales, y complementar algunos artículos que se consideran necesarios en todos los estatutos, se aprueba la redacción de nuevos estatutos que son presentados en este mismo acto; de esta manera se considera abordado y aprobado el último punto de esta asamblea. A continuación, se transcriben los nuevos estatutos que rigen la compañía a partir de esta fecha, a saber:

NUEVOS ESTATUTOS SOCIALES de “AGROPECUARIA EL GRAN CACAO, C.A.”

CAPITULO I

DENOMINACION, OBJETO, DOMICILIO y DURACION

 

PRIMERA: El nombre de la Compañía esAGROPECUARIA EL GRAN CACAO, C.A.”.-

SEGUNDA: El objeto actual de la compañía será la comercialización de cacao, es decir su compra, venta y transporte ya sea al mayor o detal; además de productos e implementos agropecuarios de consumo directo o procesados de origen nacional o internacional, la programación y ejecución de planes de distribución de los mismos; la importación, exportación, distribución y comercialización de los agroquímicos tradicionales, cualquier otra actividad que se relacione con la comercialización de alimentos insumos y productos destinados a la industria agropecuaria. Así como también la comercialización, compra, venta, importación, exportación de productos alimenticios y/o de confitería con o sin cacao, de panadería y pastelería; igualmente podrá dedicarse a la explotación, importación, exportación y comercialización de productos cárnicos, conservados o en estado natural, compra y venta de granos, cereales y pastas, margarinas, aceites aptos para el consumo humano, víveres en general. Igualmente podrá dedicarse a la explotación del ramo de artículos de limpieza, o de higiene personal, belleza, juguetes, artículos deportivos y sus componentes y accesorios, ya sean de uso mecánico, eléctrico o electrónico, con tracción o sin tracción, y en fin todo acto de lícito comercio que guarde relación, sea a fin, conexo y/o inherente con el objeto social de la empresa, entendiéndose que podrá dedicarse a otra actividad, ya que las aquí enumeradas son a título enunciativo y no limitativo.-

TERCERA: El domicilio principal de la compañía será en la calle principal de Tacarigual, casa nro. 02, Yaguaraparo, municipio Cajigal del estado Sucre, contando con una sucursal en la Urbanización Andrés Eloy Blanco, Calle principal, galpón s/n, en Tunapuy, municipio Libertador del Estado Sucre. Sin embargo, se reserva el derecho de establecer otras sucursales, agencias o depósitos en cualquier lugar de la República Bolivariana de Venezuela.………………………………

CUARTA: La Sociedad Mercantil, tendrá una duración de veinte (20) años, contados a partir de la inscripción de estos nuevos estatutos, en el Registro Mercantil. Este plazo podrá ser prorrogado o disminuido a juicio de la Asamblea de Socios, cuando ella lo considere pertinente……………………

CAPITULO II

DEL CAPITAL Y CAPITAL Y LAS ACCIONES

QUINTA: El capital social de la Compañía es la cantidad de OCHENTA MIL BOLIVARES DIGITALES (BS. 80.000,00), divididos y representados en OCHO (08) acciones nominativas no convertibles al portador, con un valor nominal de DIEZ MIL BOLÍVARES DIGITALES (Bs.10.000,00), cada una; dichas acciones han sido totalmente suscritas y pagadas por los socios propietarios según balance que se anexa y es parte integrante de este documento

SEXTA: El Capital ha sido suscrito y pagado en su totalidad de la siguiente manera: WILFREDO ANTONIO SALDIVIA, suscribe y paga 4 acciones con un valor nominativo de (Bs. 10.000,00), cada una para un total de CUARENTA MIL BOLÍVARES DIGITALES (BS. 40.000,00); y ISMERAY MARIA MARCANO GIL, suscribe y paga 3 acciones con un valor nominativo de (Bs. 10.000,00), cada una para un total de TREINTA MIL BOLÍVARES DIGITALES (Bs. 30.000,00). YULIS SARAI MARCANO GIL suscribe y paga 1 acción con un valor nominativo de (Bs. 10.000,00), cada una para un total de DIEZ MIL BOLÍVARES DIGITALES (Bs. 10.000,00).

SÉPTIMA: La propiedad de las acciones se probará de acuerdo a lo establecido en la ley. Cada acción da a su propietario o titular los mismos derechos y obligaciones, en consecuencia cada acción da derecho a su titular a un voto en la Asamblea de Accionistas.

OCTAVA: El accionista que desee vender sus acciones, no podrá enajenarlas sin antes haberlas ofrecido en venta, por escrito, a los demás socios, quienes tendrán derecho de preferencia para adquirirlas y se les dará un plazo  sesenta (60) días continuos, a partir de su compra; transcurrido dicho plazo sin que los accionistas hayan hecho uso de su derecho preferencial, o si estos manifestaren no estar interesados en adquirirlas, el accionista vendedor queda en libertad de enajenarlas a terceros; pero en caso que varios accionistas quisieran comprarlas, se prorratearán entre ellos en proporción a las acciones que posean y si hubiera discrepancia en el precio, el valor real que el título tenga en ese momento, será el que esté conforme y concuerde con el valor derivado del balance y demás estados financieros de la sociedad. Es nula y sin efecto la venta de acciones hecha en contravención a lo aquí acordado.

CAPITULO III

DE LA ADMINISTRACION DE LA COMPAÑÍA

NOVENA: La compañía será administrada por una Junta Directiva que podrá estar integrada por un PRESIDENTE, un VICEPRESIDENTE y un GERENTE GENERAL, quienes podrán ser socios o no de la misma, y durarán en sus funciones por diez (10) años, pudiendo ser reelegidos o disminuido tal lapso mediante asamblea de socios; los cuales representarán a la empresa de una manera amplia, con poderes de administración y disposición conjunta o separadamente. Cuando alguno de los socios conforme la directiva, deberá depositar en la caja de la compañía tres (03) acciones o el equivalente en dinero, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 244 del Código de Comercio.Tanto el Presidente, Vicepresidente y Gerente General representarán a la empresa de manera conjunta o separadamente, con igualdad de poderes de administración y disposición amplia. En virtud de esto poderes podrán:

a)       Representar a la Compañía en todos los asuntos judiciales o extrajudiciales, quedando facultado para Obrar en todos los actos judiciales y extrajudiciales en los que la Compañía sea parte o tenga interés como demandada o como demandante, pudiendo, entre otras cosas, intentar y/o contestar todo tipo de demandas, cuestiones previas y reconvenciones; desistir, convenir, transigir, darse por citados o notificados, promover todo tipo de pruebas y hacerlas valer, tales como: inspecciones judiciales, experticias, testigos, etc, solicitar medidas preventivas de embargos, recibir cantidades de dinero, otorgando los correspondientes recibos, solicitar y absolver posiciones juradas, solicitar la ejecución de los fallos definitivamente firme, seguir el juicio en todas sus instancias, grados e incidencias, hacer uso de todos los recursos ordinarios y extraordinarios inclusive el de casación; y en fin, hacer todo cuanto consideren necesario para la mejor defensa de los derechos, acciones e intereses de la sociedad.

b)        Recibir cantidades de dinero a nombre de la compañía, así como adquirir bienes que la empresa requiera para su funcionamiento.

c)         Abrir, cerrar, movilizar, cuentas bancarias de la Compañía.

d)       Librar, aceptar, endosar, avalar y protestar letras de cambio, cheques o pagarés y cualquier otro documento cambiario a nombre de la compañía.

e)        Comprar, vender, permutar, arrendar, ceder, hipotecar y en cualquier forma enajenar bienes muebles o inmueble actuales o futuros, de la compañía, firmando los libros o protocolos a que hubiere lugar.

f)        Solicitar préstamos, pagarés, fianzas, créditos de cualquier naturaleza y tipo, con o sin garantías.

g)       Contratar y remover empleados y obreros y fijar su remuneración, Fijar los gastos ordinarios o extraordinarios de la sociedad..

h)       Convocar las Asambleas de Junta Directiva, así como las Asambleas de Socios, sean estas ordinarias o extraordinarias.

i)         Ejercer la representación de la Compañía ante Organismos Fiscales, Impuestos Sobre la Renta, Organismos Públicos y Privados, Institutos Autónomos, Organismos Municipales, Asociaciones y Corporaciones, Seguro Social, Ministerios, Sindicatos, Organismos de Tránsito y del Trabajo, Personas Jurídicas y Naturales y ante cualquier Ente Público creado o que se creare-

j)        Otorgar poderes generales o especiales a persona o personas de su confianza, sean abogados o no, concediendo las atribuciones que consideren de interés aun cuando no estén expresamente establecidas en este documento y revocar tales mandatos cuando igualmente lo consideren procedente.

k)       Resolver sobre las operaciones mercantiles de toda índole, que correspondan al giro de la Compañía con facultades de disposición para la enajenación y gravamen de sus bienes.

l)         Ejercer cualquier otra atribución que consideren convenientes a los intereses de la empresa, pues se declara expresamente que las materias y atribuciones indicadas en el presente artículo son de carácter enunciativo y no taxativo

 

CAPITULO IV

DE LAS ASAMBLEAS

DECIMA: Las ASAMBLEAS DE ACCIONISTAS constituyen el máximo poder de decisión de la Compañía. Ellas se clasifican en Ordinarias y Extraordinarias. Las decisiones tomadas en ellas, dentro del límite de sus facultades, serán obligatorias, aún para los accionistas no presente

DECIMA PRIMERA: La Asamblea de Accionistas se reunirá de manera ordinaria dentro

de los primeros cuarenta y cinco (45) días siguientes a la culminación del ejercicio fiscal de la Compañía. El ejercicio fiscal se inicia el primero (1º) de Enero de cada año y termina el treinta y uno (31) de Diciembre del mismo, salvo el primer ejercicio fiscal que comenzará al momento del registro de la empresa y terminará el treinta y uno (31) de Diciembre del año en curso

DECIMA SEGUNDA: Las Asambleas de Accionistas de carácter extraordinario se reunirán previa convocatoria de la Junta Directiva, cuando los intereses de la empresa así lo requieran o cuando estén presentes la totalidad de los socios, caso en el cual se obviará la convocatoria previa

DECIMA TERCERA: Las Asambleas de Accionistas serán válidas siempre que a las mismas concurran el cincuenta y uno por ciento (51 %) de los socios que representan el capital social.

DECIMA CUARTA: Las Asambleas de Socios tienen las siguientes atribuciones:

a)       Designar los cargos de la junta directiva de la Sociedad, removerlos y fijar sus remuneraciones.

b)       Nombrar el comisario, sustituirlo y fijar su remuneración.

c)        Discutir, aprobar, modificar o rechazar los balances de la sociedad, previa consideración del Informe del Comisario.

d)       Discutir y aprobar las modificaciones de los Estatutos.

e)        Deliberar y decidir sobre cualquier otro asunto que pudiera ser sometido a su consideración y que sea de interés de la Compañía

 

CAPITULO V

DE LA CONTABILIDAD Y EJERCICIO ECONOMICO DE LA EMPRESA

 

DECIMA QUINTA: El treinta y uno (31) de Diciembre de cada año se cortarán las cuentas, la Junta Directiva formará el Balance, conforme a las normas del Código de Comercio y lo entregará al Comisario, quien, luego de revisarlo, lo presentará a la Asamblea de Accionistas para su consideración

DECIMA SEXTA: Si hubiere utilidades que liquidar, se hará el aparte legal del cinco por ciento (5 %) para la formación del Fondo de Reserva de la Compañía, hasta alcanzar el diez por ciento (10 %) del Capital, el resto de las utilidades se repartirán proporcionalmente entre los socios.

CAPITULO VI

DEL COMISARIO

 

DECIMA SÉPTIMA: La Asamblea de Accionistas designará al Comisario, el cual ejercerá sus funciones por un lapso de cinco (05) años, pudiendo ser reelecto. El Comisario regirá sus actuaciones conforme a las disposiciones del Código de Comercio y demás leyes aplicables

 

CAPITULO VII

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

 

DECIMA OCTAVA: Todo lo no previsto expresamente en la presente acta, se regirá por las disposiciones que al respecto señale el Código de Comercio y demás leyes de la República sobre la materia.

DECIMA NOVENA: El periodo actual de la junta directiva queda establecida de la siguiente manera PRESIDENTE: Wilfredo Saldivia; VICEPRESIDENTE: Yulis Marcano Gil; GERENTE GENERAL: Ismeray Marcano, cargo en los cuales estarán vigente según los estatutos hasta el año 2031; así mismo se deja constancia que actualmente designó en el cargo de Comisario a la Lic. Erika Leanny Espinoza Martinez, titular de la cédula de identidad Nro. 17.780.892, inscrita en el Colegio de Contadores Públicos bajo el Nro. 99302, durante un período de 5 años, a partir de la presente fecha.-”

Quedando Agotado y aprobado por unanimidad lo tratado en esta agenda del día y no habiendo otro punto que agotar, se dio por terminada esta Asamblea Extraordinaria de Socios, se levanta la presente acta y la misma es suscrita por los socios en conformidad y reconocimiento de lo que en ella se expresa. Se autoriza expresamente a la abogada Milángela León Acosta, titular de la cédula de identidad Nº 13.730.141, IPSA Nº 102.807, para realizar la correspondiente participación por ante el Registro Mercantil llevado por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil, para los fines legales consiguientes. Firmado: Wilfredo Antonio Saldivia.- Firmado: Ismeray María Marcano Gil.- Firmado: Yulis Sarai Marcano Gil.-  Esta Acta es traslado fiel y exacto de la original que consta en el Libro de Actas de la empresa, expedida por la Presidente de la compañía.

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Wilfredo Antonio Saldivia

 

 

 

 

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-

ABOGADO: SUSANA GARCIA DE MALAVE, Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Agrario Bancario del Segundo Circuito De La Circunscripción Judicial del Estado Sucre. CERTIFICA: Que las copias fotostáticas que anteceden son traslados fieles y exactos de sus originales, relacionados con la Sociedad Mercantil “AGROPECUARIA EL GRAN CACAO, C. A.”,  Inserta bajo el Nº 12 Folios 59 al 72 Tomo No.1-B, Cuarto Trimestre, llevado en este Tribunal durante el corriente año 2021, dichas copias fueron elaboradas por el ciudadano: LOURDES CAMPOS persona autorizada y quien junto conmigo la suscribe a objeto de dar cumplimento con lo establecido en el Artículo 226 del Código de Comercio. Carúpano 13 de Diciembre del año 2021.Fdos

La Juez,

Abog. Susana G de Malavé

 

 

                       Persona Autorizada,

Lourdes Campos   

Asistente II

 

 

DIRECTORIO

PUBLICACIONES MERCANTILES LIRA &HERNANDEZ, C.A.

RIF: J-500599579

Presidente: Ldo. RAÚL LIRA C.

Vicepresidente: Ldo. FRANK HERNANDEZ

Tf: 0414-7802672/9946258/04120817243

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