Fe de errata ACTA CONSTITUTIVA Y ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD MERCANTIL MULTITIENDA “TECHNO WU” C. A
CIUDADANA:
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL
ESTADO SUCRE.
SU DESPACHO.-
Yo, GUSTAVO JOSE BERMUDEZ: venezolano, mayor de
edad, civilmente hábil, Abogado en libre ejercicio, titular de la cédula de
identidad N° N° 3.423.870, de este domicilio. Autorizado como he sido en su
cláusula VIGESIMA PRIMERA, presento Documento Constitutivo, Estatutos de la
Sociedad Mercantil MULTITIENDA “TECHNO WU” C. A para la correspondiente
Inscripción e Inserción en el Registro Mercantil.
Igualmente solicito, me sean expedidas dos (2)
copias certificadas a los fines legales de su publicación.
Es justicia que espero en la ciudad de Carúpano,
a la fecha cierta de su presentación. Fdo.
Dr. GUSTAVO JOSE BERMUDEZ
C. I. N°
3.423.870
JUZGADO DE PRIMERA
INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO
CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano 19 de Enero
del año 2022.
211º
y 162º
Por
presentado el anterior documento por su Firmante, para su inscripción en el
Registro Mercantil y fijación correspondiente. Hágase de conformidad archívese el original. El anterior documento
redactado por el abogado GUSTAVO BERMUDEZ inscrito en el
Inpreabogado bajo el No 61.154
el
cual se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Nº 09 folios 44 AL 56 Tomo Nº 1, Primer Trimestre.- La identificación se efectuó así: GUSTAVO
JOSE BERMUDEZ, titular de la cedula de
identidad No V-3.423.870 inserción
fue hecha por: DAMERIS RONDON (asistente
II). Fdo.
La Juez,
Abog Susana G de Malavé
La
Secretaria,
Abg. Francis Vargas
CIUDADANA:
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL
ESTADO SUCRE.
SU DESPACHO.-
Nosotros,
HONGHUAN WU y YOTZI MARYUBIS GUTIERREZ,
mayores de edad, comerciantes, Casados,
titulares de las cédulas de identidad Nos.: E 82.111.054 y Nº
17.405.592, respectivamente, ambos domiciliados en la ciudad de Carúpano,
Parroquia Sta. Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por el presente
documento declaramos: Hemos decidido constituir, como en efecto declaramos
formalmente constituida, una sociedad mercantil bajo la forma de Compañía
Anónima, la cual se regirá por las disposiciones pertinentes del Código de
Comercio, y por las cláusulas de la presente Acta Constitutiva, que ha sido
redactada con suficiente amplitud a fin de que sirva a la vez de Acta
Constitutiva y Estatutos Sociales de la Sociedad y que son del tenor siguiente:
CAPITULO I
DENOMINACION,
DOMICILIO, OBJETO Y DURACION.
PRIMERA: La Sociedad se
denominará MULTITIENDA “TECHNO WU” C.
A……
SEGUNDA: Su domicilio queda
establecido en la Calle Libertad, Casa Nº 91, de la Ciudad de Carúpano,
Parroquia Sta. Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, pero podrá abrir
Sucursales, Agencias o Representaciones, en cualquier lugar del País y del
Exterior............................................
TERCERA: El objeto de la
Sociedad, es Tienda por Departamentos, donde se venden equipos Informáticos, electrónicos y Electricidad,
Ferretería, Bisutería y Quincallería, Ropa y Calzados, Víveres y Artículos del
Hogar, Charcutería y Carnicería. Así mismo podrá desempeñar la realización de cualquier actividad de
lícito comercio afín al objeto principal
CUARTA: La
duración de
CAPITULO
II
CAPITAL
SOCIAL Y ACCIONES
QUINTA: El Capital Social de
SEXTA: Las Acciones son
nominativas y confieren a sus propietarios iguales derechos y obligaciones.
Cada cuota representa un voto en la Asamblea de la Sociedad y son indivisible
respecto a la Compañía, que no reconocerá sino un solo propietario por cada
cuota......................................................
SEPTIMA: En
caso de aumento de Capital Social, los Accionistas tendrán preferente para
suscribir las nuevas Cuotas en proporción a las que tuvieren en ese
momento......................
CAPITULO III
DE LA
ADMINISTRACION
OCTAVA: La Administración,
Control, Dirección y Representación de la Compañía, estará a cargo de un
PRESIDENTE, quien tendrá los más amplios poderes de Dirección y Administración
sin limitación alguna. Podrá representar a
NOVENA: El PRESIDENTE, durará
Tres (3) años en sus funciones y pueden ser reelegidos por períodos iguales.
Esto no es obstáculo para que pueda ser destituido en cualquier momento, por
decisión de
DECIMA:
Cuando así lo establezca la Asamblea de Socios, las facultades señaladas en la
cláusula octava, podrán delegarse en una Junta Directiva, integrada por un
Presidente y un Director, debiendo constar tal constancia por escrito y
realizada su participación al Registro Mercantil...............................................
CAPITULO IV
DE LAS
ASAMBLEAS
DECIMA PRIMERA: La
Asamblea de Socios, legalmente constituida, es la máxima autoridad y órgano
supremo de la Sociedad, y como tal, esta investida de las más amplias
facultadas de Dirección, Disposición y Administración de
Sociedad......................................
DECIMA SEGUNDA: Las
reuniones de la Asamblea, pueden ser Ordinarias o Extraordinaria. Las reuniones
ordinarias se efectuarán una vez al año, un día hábil dentro de los tres meses
siguientes al cierre del ejercicio, y las extraordinarias, cada vez que los
intereses de la Sociedad lo requieran...............................................
DECIMA TERCERA: La
Asamblea Ordinaria o Extraordinaria, se constituye válidamente para deliberar,
al estar presentes o representados en ella, un número de Socios que representen
por lo menos el setenta por ciento (70%) de cuotas de participación............
DECIMA
CUARTA: Sin perjuicio de las más amplias facultades que
tiene la Asamblea de Socios, esta tendrá en especial las siguientes: A) Nombrar
y Remover al DIRECTOR-GERENTE, y total o parcialmente, a la Junta Directiva,
cuando exista, fijando su remuneración. B) Nombrar, Remover y Fijar la
retribución del Comisario. C) Modificar parcial
o totalmente la
presente Acta Constitutiva
y Estatutos D) Ampliar o Reducir el Término de duración
de la Sociedad…………
CAPITULO V
DEL
COMISARIO
DECIMA
QUINTA: La Compañía tendrá un Comisario, quien será
nombrado por la Asamblea de Socios y durará tres (3) años en sus funciones,
pudiendo ser reelegido. En caso de ser sustituido, deberá permanecer en su
cargo hasta que efectivamente sea reemplazado..........
CAPITULO VI
DE LAS
CUENTAS, BALANCES, RESERVAS Y UTILIDADES
DECIMA SEXTA: El primer ejercicio
económico de la Sociedad, comenzará el día de su inscripción en el Registro
Mercantil y terminará el 31 de Diciembre de 2.021. Los subsiguientes,
comenzarán el 1º de Enero y terminará el 31 de Diciembre de cada año.
DECIMA
SEPTIMA: El estado de Ganancia y Pérdida, El Inventario, El
Balance General, Los Libros de Contabilidad y demás Documentos estarán en todo
momento a la orden de los Socios cuando así lo requieran……………………………
CAPITULO VII
DISOLUCION
Y LIQUIDACION DE LA COMPAÑÍA
DECIMA
OCTAVA: La Disolución y Liquidación, se hará conforme a lo
previsto en el Código de Comercio y el Código Civil…
CAPITULO VIII
DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS
DECIMA NOVENA: En
todos los asuntos no previstos en este Documento Estatutario, regirán las
Normas correspondientes al Código de Comercio, Código Civil y demás
Legislaciones Vigentes aplicables a la Sociedad
Mercantil.............................
VIGESIMA: Para el período inicial
de Cinco (5) años, se elige como PRESIDENTE, a la Socia: YOTZI MARYUBIS
GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, Casada, Comerciante, civilmente hábil,
titular de la cedula de identidad Nº V-17.405.592, domiciliada en la ciudad de
Carúpano, Parroquia Sta. Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, y como
VICE-PRESIDENTE al Socio: HONGHUAN WU,
Extranjero, mayor de edad, Casado, Comerciante, civilmente hábil, titular de la
cedula de identidad Nº E 82.111.054, domiciliado en la ciudad de Carúpano,
Parroquia Sta. Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre. Igualmente se
designó COMISARIO, al Licenciado: RENNY ANDRES ZABALA CARREÑO, venezolano,
mayor de edad, civilmente hábil, Licenciado en Contaduría Pública, titular de la cédula de identidad Nº
V- 9.456.380, inscrito en el C.P.C. bajo el Nº 58.188, residenciado en la
ciudad de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre………………………
VIGESIMA PRIMERA: Esta
Asamblea Constitutiva, autoriza suficientemente al Dr. GUSTAVO JOSE BERMUDEZ:
venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, Abogado en libre ejercicio,
titular de la cédula de identidad N° 3.423.870, con domicilio en la ciudad de
Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, para que haga la presentación
del Documento Constitutivo Estatutarios, a los fines de su Registro. Fijación,
Publicación y Archivo en el Registro Mercantil, y solicite la expedición de las
Copias Certificadas necesarias.................
VIGESIMA
SEGUNDA: Este documento fue aprobado por los Socios en
forma unánime y firmado al pie en señal de aceptación y conformidad………………………
LOS
SOCIOS
PRESIDENTE:
VICE-PRESIENTE:
JUZGADO DE PRIMERA
INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO
CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
ABOGADO: SUSANA GARCIA
DE MALAVE, Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil,
Mercantil, Transito, Agrario Bancario del Segundo Circuito De La
Circunscripción Judicial del Estado Sucre. CERTIFICA:
Que las copias fotostáticas que anteceden son traslados fieles y exactos de sus
originales, relacionados con la Sociedad Mercantil “MULTITIENDO
TECHNO WU, CA.”, Inserta bajo el Nº 09
Folios 44 al 57 Tomo No.1, Primer Trimestre, llevado en este Tribunal durante
el corriente año 2022, dichas copias fueron elaboradas por el ciudadano: DAMERIS
RONDON persona autorizada y quien junto conmigo la suscribe a objeto de dar
cumplimento con lo establecido en el Artículo 226 del Código de Comercio.
Carúpano 19 de Enero del año 2022.Fdos
La Juez,
Abog. Susana G de
Malavé
Persona Autorizada,
Dameris
Rondon
Asistente
II