ACTA CONSTITUTIVA Y ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD MERCANTIL “SUPERMERCADO PRIMAVERA, C.A,”.
CIUDADANO
JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA CIVIL TRANSITO MERCANTIL DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
SU DESPACHO
Yo, WUILFREDO JARAMILLO GOMEZ, Venezolano, mayor de
edad, portador de la Cedula de Identidad
numero V-8.478.162,RIF V08478162-9, con domicilio en Carúpano, Municipio
Bermúdez del Estado Sucre, debidamente autorizado por la sociedad Mercantil
denominada “SUPERMERCADO PRIMAVERA,C.A” según
los estatutos de la empresa y la Asamblea constitutiva de dicha compañía, ante
usted respetuosamente ocurro para acompañar anexo al presente escrito el Acta
Constitutiva de dicha empresa redactada con suficiente amplitud para que sirva
a la vez de Estatutos Sociales, a fin de que ordene su asiento, fijación y
publicación conforme a la ley. Una vez efectuada la inscripción
correspondiente, pido a usted, se sirva expedirme copia certificada a los fines
de su publicación.
Es justicia: Que espero en la
Ciudad de Carúpano a la fecha de su presentación. Fdo.
______________________
WUILFREDO JARAMILLO GOMEZ
JUZGADO DE PRIMERA
INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO
CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano 19 de Enero
del año 2022.
211º
y 162º
Por
presentado el anterior documento por su Firmante, para su inscripción en el
Registro Mercantil y fijación correspondiente. Hágase de conformidad archívese el original. El anterior documento
redactado por el abogado CARMEN BELLO inscrito en el
Inpreabogado bajo el No 96.024 el cual se
inscribe en el Registro de Comercio bajo el
Nº 11 folios 61 AL 68 Tomo Nº 1, Primer Trimestre.- La identificación se efectuó así: WUILFREDO JARAMILLO GOMEZ,
titular de la cedula de
identidad No V-8.478.162 inserción fue hecha
por: DAMERIS RONDON (asistente II). Fdo.
La Juez,
Abog Susana G de Malavé
La
Secretaria,
Abg. Francis Vargas
CIUDADANA:
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL
ESTADO SUCRE.
SU DESPACHO.-
Nosotros,
RUIMING ZENG, y YUXIAN CHEN, de nacionalidad China, mayores
de edad, solteros, comerciantes, titulares de las cedulas de Identidad Números:
E-81.603.438 y E-84.568.961, respectivamente, con domicilio en la calle Sucre, Parroquia Güiria,
Jurisdicción del Municipio Valdez del Estado Sucre, por el presente documento,
declaramos: que hemos decidido constituir, como así constituimos por este
documento una Sociedad Mercantil en forma de COMPAÑÍAANONIMA, la cual se regirá
por las CLAUSULAS SIGUIENTES:
CAPITULO I.
DENOMINACION COMERCIAL – OBJETO – DOMICILO Y
DURACION DE LA EMPRESA.
PRIMERA: La Sociedad Mercantil se denominara “SUPERMERCADO
PRIMAVERA, C.A”
SEGUNDA: El objeto social de la compañía será todo lo
relacionado con la compra, venta, distribución, importación, exportación y
expendio al mayor y detal de toda clase de víveres en general, licores, vinos y cervezas
nacionales e importados, la compra, venta, distribución, importación,
exportación, expendio al mayor y detal de toda clase de alimentos y mercancías
secas, todo tipo de exquisiteces,
quesos, embutidos, enlatados, delicateses, charcuterías, carnicería, panadería,
dulces, reposterías, confiterías, importación y exportación de productos y
subproductos vegetal y animales, y toda actividad de lícito comercio conexa o
no con el objeto principal de la misma.
TERCERA: La Sociedad tendrá su sede Principal en el La
calle Sucre casa S/N (sector mercado Municipal) de Güiria, Jurisdicción del
Municipio Valdez del Estado Sucre, pudiendo establecer sucursales, agencias o
representaciones en cualquier otro lugar de la República Bolivariana de
Venezuela y con la previa autorización de su Junta Directiva y la participación
al registro Mercantil.
CUARTA: La Empresa, tendrá una duración de VEINTE (20) años contados a partir
de la fecha de su inscripción al Registro Mercantil, lapso este que podrá ser
prorrogado o disminuido a criterio de su Junta Directiva y la debida participación
al Registro Mercantil.
CAPITULO II.
DEL CAPITAL Y LAS ACCIONES.
QUINTA: El Capital de la Compañía “SUPERMERCADO PRIMAVERA C.A” es la suma de CIEN
MIL BOLIVARES DIGITALES (Bs. 100.000,00) dividido en MIL (1000) acciones
nominativas, no convertibles al portador, de CIEN BOLIVARES DIGITALES (Bs.100,00)
cada una. El Capital Social ha sido suscrito y pagado totalmente por los socios
en la forma siguiente: el Accionista ciudadano, RUIMING ZENG, antes identificado,
ha suscrito y pagado, OCHOCIENTAS (800) Acciones por un valor de OCHENTA MIL BOLIVARES
DIGITALES (Bs.80.000,00), y el Accionista ciudadano, YUXIAN CHEN, ya
identificado a suscrito y pagado DOSCIENTAS (200) Acciones por un valor de VEINTE MIL BOLIVARES DIGITALES (Bs. 20.000,00),Las
acciones han sido pagadas según el Inventario firmado por todos los socios que
se anexa a este documento formando parte del mismo.
CAPITULO III.
DE LA ADMINISTRACION DE LA EMPRESA.
SEXTA: La administración y Dirección de la Compañía
estará a cargo de una Junta Directiva, integrada por Dos (02) miembros; Un PRESIDENTE
y Un VICE-PRESIDENTE, quienes podrán ser socios o no de la empresa, elegidos,
por la Asamblea General de Accionistas, quienes duraran Diez (10) años en el
ejercicio de sus funciones y podrán ser reelegidos. En todo caso permanecerán
en sus cargos hasta que se nombre sus sustitutos.
SEPTIMA: Los miembros de la Junta Directiva, deberán depositar en la caja
Social de la empresa CINCO (5) Acciones para dar cumplimiento a lo establecido
en el Artículo 244 del Vigente Código de Comercio Venezolano.OCTAVA: EL
PRESIDENTE y EL VICE-PRESIDENTE, podrá ejercer las siguientes atribuciones: Son
facultades del Presidente y el Vicepresidente que deberán ejercer conjunta o
separadamente, la dirección y administración de la compañía de sus negocios,
bienes y propiedades y entre otras el Presidente y el Vicepresidente, tienen
las siguientes atribuciones: Abril, cerrar y movilizar cuentas bancarias,
comprar y vender bienes, muebles e inmuebles en cualquier forma, constituir
hipotecas, otorgar poderes, prestar fianzas, recibir cantidades de dineros
otorgando los recibos y finiquitos correspondientes, emitir, aceptar, avalar,
endosar cheques o letras de cambios, protestar cheques o letras de cambios, representar
la compañía antes organismo administrativos públicos y privados, solicitar
préstamos comerciales, hipotecarios o de
otros índoles, antes entidades bancarias o instituciones públicas y privadas,
firmar pagare y de manera especial realizar otros actos tendientes al
mejoramiento y beneficio de la compañía, hacer todo cuanto fuere necesario para
la defensa de los bienes, derechos e intereses de la sociedad, ejercer la
representación administrativa y judicial de la empresa, convocar las
Asambleas Generales de
Accionistas, Ordinarias y Extraordinarias, fijar los Gastos de Administración, Celebrar
toda clase de contratos y convenios, arrendamientos, ventas, permutas, hipotecas,
finanzas y avales, nombrar los empleados de la compañía, fijándoles sus sueldos
y remuneraciones, Supervisar la contabilidad de la Sociedad, Administrar y disponer de los bienes de la
compañía, actuar y obrar por la sociedad
, y en general hacer todo cuanto
considere necesario e inherente a la gestión de los negocios de la empresa y
cumplir las decisiones de la Asamblea de Accionistas. Igualmente podrá ejercer
las facultades que le asignen la Ley Orgánica y su Reglamento.
CAPITULO IV:
DE LAS ASAMBLEAS DE
ACCIONISTAS.
NOVENA: La Asamblea General de Accionistas legalmente
constituida tiene la suprema dirección de la compañía y sus decisiones
deberán ser acatadas por todos los
Accionistas. Las Asambleas podrán ser ordinarias o extraordinarias. La
ordinaria se reunirá cada año dentro de los primeros NOVENTA (90) días
siguientes del cierre del ejercicio correspondiente, el día y la hora que lo
señale la Junta Directiva previa convocatoria publicada por la prensa con CINCO
(5) días de anticipación o mediante carta remitida a los Accionistas con la
misma antelación, con el objeto de dar a conocer los resultados del balance, oír el informe
del comisario y cualquier otro punto en la agenda. Las extraordinarias se
convocarán cada vez
que interese a la compañía o de
acuerdo a la situación que cada caso amerite. Estas Asambleas serán solicitadas
por un miembro de la Junta Directiva o bien por número de Accionista que
represente por lo menos el VEINTE POR CIENTO(20%)del Capital Social de la
Sociedad; se podrá constituir válidamente la Asamblea General de Accionistas
cuando en la misma se encuentren representados el CIEN PORCIENTO (100%) del
Capital de la Compañía. Prescindiendo de la disposición que prevé el vigente
Código de Comercio Venezolano. DECIMA: Para que las Asambleas sean válidas
deberán estar presentes el SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) Del Capital Social
representado en la Asamblea. De las asambleas se levantará un acta en el cual
se expresara el nombre y apellidos de los Accionistas presentes y las
decisiones serán firmadas por todos los participantes.
DECIMA PRIMERA: La Asamblea General de Acciones tendrá las
siguientes facultades: 1) designar a la Junta Directiva y el comisario. 2)
Aprobar o rechazar el balance. 3) Aumento del Capital Social. 4) Decretar
dividendos y reservas especiales. 5) Fijar los sueldos de la Junta Directiva.
6) resolver sobre cualquier otro punto que le sea sometido a su consideración.
CAPITULO V.
DEL BALANCE-FONDO DE RESERVA-APARTADOS Y UTILIDADES.
DECIMA
SEGUNDA: El ejercicio económico de la
compañía comenzará a partir de la fecha de su inscripción en el registro
Mercantil y finalizará el día TREINTA Y UNO (31) Diciembre de cada año y así
sucesivamente mientras dure su giro, en dicha fecha se contaran las cuentas y
se hará, inventario y Balance General, para determinar el Estado de la Compañía
y las Ganancias y pérdidas experimentadas, así como los beneficios, líquidos en
cada corte de cuenta se separarán de los beneficios líquidos un CINCO POR CIENTO
(5%) destinado al fondo de reserva legal, hasta completar el DIEZ POR
CIENTO(10%) de capital Social. El remanente que resulte después de separado ese porcentaje será repartido entre
los Accionistas en proporciones al momento de sus Acciones pagadas en la
oportunidad que lo determine la Asamblea General de Accionistas, la cual podrá,
disponer de la creación de otros fondos de reserva.
DECIMA TERCERA: En caso de liquidación de la Compañía por
expiración del término o por decisión de la Asamblea, el liquidador será
nombrado por los Accionistas y tendrá todas las facultades que el vigente
Código de Comercio Venezolano le otorgue.
DECIMA CUARTA: En todo lo no previsto en el presente
Documento Constitutivo y Estatuarios se aplicarán las disposiciones del Vigente
Código de Comercio Venezolana.
CAPITULO VI.
EL COMISARIO.
DECIMA QUINTA: La Compañía tendrá un Comisario nombrado por
la Asamblea de Accionistas, el cual durará de sus funciones hasta tanto sea
sustituido por decisión de la Asamblea. El comisario tendrá facultades para
este caso que le haya previsto el vigente Código de Comercio Venezolano.
CAPITULO VIII.
DISPOSICIONES FINALES.
DECIMA
SEXTA: Se designa como PRESIDENTE
de la empresa el Accionista; RUIMING ZENG, identificado en el cuerpo de este
Documento, VICE-PRESIDENTE: al Accionista YUXIAN CHEN; Todos nombrados en el texto de
esta escritura y como Comisario se nombra
al CiudadanoPEDRO ALEJANDRO SALAS
CEDEÑO, mayor de edad, contador público, inscrito en el Colegio de Contadores
Públicos del Estado Sucre, bajo el Nº 131.638, portador de la Cedula de
Identidad personal numeroV-17.216.541 y con domicilio en Carúpano, Municipio
Bermúdez del Estado Sucre.
DECIMA
SEPTIMA: Se ordenó levantar copia de
esta Acta Constitutiva e insertarla en el Libro de Asamblea que habrá de llevar
la Sociedad.
DECIMA
OCTAVA:Se autoriza ampliamente al
ciudadano, WUILFREDO JARAMILLO GOMEZ, Venezolano, mayor de edad, portador de la
Cedula de Identidad numero V-8.478.162,RIF
V08478162-9, con domicilio en Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre,
para que proceda a cumplir con los requisitos legales relativos al registro,
fijación y publicación de los Estatutos y Acta Constitutiva de la Empresa, como
también la inscripción ante la Oficina delServicio Nacional Integrado de
Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) .
Así lo acordamos y fijamos a la fecha cierta
de su presentación. Fdo.
PRESIDENTE
VICE-PRESIDENTE
JUZGADO DE PRIMERA
INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO
CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
ABOGADO: SUSANA GARCIA
DE MALAVE, Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil,
Mercantil, Transito, Agrario Bancario del Segundo Circuito De La
Circunscripción Judicial del Estado Sucre. CERTIFICA:
Que las copias fotostáticas que anteceden son traslados fieles y exactos de sus
originales, relacionados con la Sociedad Mercantil “SUPERMERCADO
PRIMAVERA, CA.”, Inserta bajo el Nº 11 Folios 61 al 68 Tomo No.1, Primer
Trimestre, llevado en este Tribunal durante el corriente año 2022, dichas copias
fueron elaboradas por el ciudadano: DAMERIS RONDON persona autorizada y quien
junto conmigo la suscribe a objeto de dar cumplimento con lo establecido en el
Artículo 226 del Código de Comercio. Carúpano 19 de Enero del año 2022.Fdos
La Juez,
Abog. Susana G de
Malavé
Persona Autorizada,
Dameris
Rondon
Asistente
II
DIRECTORIO
PUBLICACIONES
MERCANTILES LIRA &HERNANDEZ, C.A.
RIF: J-500599579
Presidente: Ldo.
RAÚL LIRA C.
Vicepresidente: Ldo.
FRANK HERNANDEZ
Tf: 0414-7802672/9946258/04120817243
Frankhm293@gmail.com publicacionesmercantilesl@gmail.com