ACTA CONSTITUTIVA Y ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD MERCANTIL “RH PUBLICIDAD” C.A
CIUDADANA:
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
SU DESPACHO.-
Yo, GUSTAVO JOSE BERMUDEZ: venezolano, mayor de edad,
civilmente hábil, Abogado en libre ejercicio, titular de la cédula de identidad
N° 3.423.780, de este domicilio. Autorizado como he sido en su cláusula VIGESIMA
PRIMERA, presento Documento Constitutivo, Estatutos de la Sociedad Mercantil “RH PUBLICIDAD” C.A. para la correspondiente Inscripción e Inserción en el
Registro Mercantil.
Igualmente solicito, me sean expedidas dos (2) copias
certificadas a los fines legales de su publicación.
Es justicia que espero en la ciudad de Carúpano, a la
fecha cierta de su presentación. Fdo.
Dr. GUSTAVO JOSE BERMUDEZ
C. I. N° 3.423.870
JUZGADO DE PRIMERA
INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO
CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano 23 de Febrero
del año 2022.
211º
y 162º
Por
presentado el anterior documento por su Firmante, para su inscripción en el
Registro Mercantil y fijación correspondiente. Hágase de conformidad archívese el original. El anterior documento
redactado por el abogado GUSTAVO BERMUDEZ inscrito
en el Inpreabogado bajo el No 61.154 el
cual se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Nº 49 folios 369 AL 376 Tomo Nº 1-A, Primer Trimestre.- La identificación se efectuó así: GUSTAVO JOSE BERMUDEZ,
titular de la cedula de
identidad No V-3.423.780 inserción fue hecha
por: DAMERIS RONDON (asistente II). Fdo.
La Juez,
Abog Susana G de Malavé
La
Secretaria,
Abg. Francis Vargas
CIUDADANA:
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL
ESTADO SUCRE.
SU DESPACHO.-
Nosotros, NOEL LUIS REYES QUIJADA y CAROLANDY
JOSE HERNANDEZ BERMUDEZ, mayores de edad, comerciantes, solteros, titulares de las cédulas de identidad Nos.: 17.781.620
y Nº 11.970.135, respectivamente, ambos domiciliados en la ciudad de Carúpano,
Parroquia Sta. Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por el presente
documento declaramos: Hemos decidido constituir, como en efecto declaramos
formalmente constituida, una sociedad mercantil bajo la forma de Compañía
Anónima, la cual se regirá por las disposiciones pertinentes del Código de
Comercio, y por las cláusulas de la presente Acta Constitutiva, que ha sido
redactada con suficiente amplitud a fin de que sirva a la vez de Acta
Constitutiva y Estatutos Sociales de
CAPITULO I
DENOMINACION, DOMICILIO, OBJETO Y DURACION.
PRIMERA: La Sociedad se
denominará RH PUBLICIDAD C.A.
SEGUNDA: Su domicilio queda
establecido en la Calle Libertad, Casa Nº 238, de la Ciudad de Carúpano,
Parroquia Sta. Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, pero podrá abrir
Sucursales, Agencias o Representaciones, en cualquier lugar del País y del
Exterior.................................................
TERCERA: El objeto de la
Sociedad, es Diseños Publicitarios, Logotipos, Diseño Gráficos en General,
Revistas, Folletos, Catálogos, Imágenes Corporativas, Construcción e Instalación
de Vallas, Gigantografías, Avisos, Letreros, Pendones, Backing, Rotulados,
Material POP, Estampados, Sublimación, Corte y Gravado Láser, Letras Corpóreas
con Luces Led, Así mismo podrá desempeñar la realización de cualquier actividad
de lícito comercio afín al objeto principal…
CUARTA: La duración de
CAPITULO II
CAPITAL SOCIAL Y ACCIONES
QUINTA: El Capital Social de la
Sociedad, es de CUARENTA MIL BOLIVARES DIGITAL (Bs. D. 40.000.oo), divididos en CUARENTAS
CUOTAS (40) cuotas de participación de UN
MIL BOLIVARES DIGITAL (1.000, 00) cada una, quedando suscrito y pagado de la
siguiente manera: el Socio: NOEL LUIS REYES QUIJADA, ha suscrito Veintidós (22)
cuotas de participación totalmente pagadas por la cantidad de VEINTIDOS MIL BOLIVARES DIGITAL (Bs. 22.000,oo).
y la Socia: CAROLANDY JOSE HERNANDEZ
BERMUDEZ, ha suscrito DIECIOCHO (18)
cuotas de participación totalmente pagadas por la cantidad de DIECIOCHO MIL BOLIVARES
DIGITAL (Bs. 18.000,oo). Las Acciones han sido pagadas en su totalidad por la
cantidad de: CUARENTA MIL BOLIVARES DIGITAL (Bs. D 40.000.oo)………
SEXTA: Las Acciones son
nominativas y confieren a sus propietarios iguales derechos y obligaciones.
Cada cuota representa un voto en la Asamblea de la Sociedad y son indivisible
respecto a la Compañía, que no reconocerá sino un solo propietario por cada
cuota......................................................
SEPTIMA: En caso de aumento de
Capital Social, los Accionistas tendrán preferente para suscribir las nuevas
Cuotas en proporción a las que tuvieren en ese momento.....
CAPITULO III
DE LA ADMINISTRACION
OCTAVA:
la adquisición de bienes y mercancías, abrir, movilizar y cerrar Cuentas
Bancarias, celebrar contratos y movilizar préstamos de cualquier naturaleza,
así como de créditos bancarios; y son
atribuciones del Presidente y/o
Vicepresidente, todas las
que delegue la Asamblea General de Socios y las que estén
conferidas en este documentos y por la Ley, tales como movilizar trámites de
todo tipo, firmar, emitir y endosar cheques o cualquier documento negociable,
nombrar los empleados y fijarles su
remuneraciones. La movilización de las Cuentas Bancarias, se efectuarán
con firmas indistintas. El Presidente
y/o Vicepresidente, a los fines
previstos en el Artículo 244 del Código de Comercio, depositará en la caja
social de la Empresa, Cinco (05) cuotas de participación; pero en caso de que
no fueran socios, tendrán que prestar Fianza que será fijada por la Asamblea de
Socios…………………
NOVENA: El PRESIDENTE, durará
Tres (3) años en sus funciones y pueden ser reelegidos por períodos iguales.
Esto no es obstáculo para que pueda ser destituido en cualquier momento, por
decisión de la Asamblea de Socios............................
DECIMA: Cuando así lo
establezca la Asamblea de Socios, las facultades señaladas en la cláusula
octava, podrán delegarse en una Junta Directiva, integrada por un Presidente y
un Director, debiendo constar tal constancia por escrito y realizada su
participación al Registro
Mercantil.............................................
CAPITULO
IV
DE LAS ASAMBLEAS
DECIMA PRIMERA: La
Asamblea de Socios, legalmente constituida, es la máxima autoridad y órgano
supremo de la Sociedad, y como tal, esta investida de las más amplias
facultadas de Dirección, Disposición y Administración de Sociedad.............
DECIMA SEGUNDA: Las
reuniones de la Asamblea, pueden ser Ordinarias o Extraordinaria. Las reuniones
ordinarias se efectuarán una vez al año, un día hábil dentro de los tres meses
siguientes al cierre del ejercicio, y las extraordinarias, cada vez que los
intereses de la Sociedad lo requieran...............................................
DECIMA TERCERA: La
Asamblea Ordinaria o Extraordinaria, se constituye válidamente para deliberar,
al estar presentes o representados en ella, un número de Socios que representen
por lo menos el setenta por ciento (70%) de cuotas de participación............
DECIMA CUARTA: Sin
perjuicio de las más amplias facultades que tiene la Asamblea de
Socios, esta tendrá en especial las siguientes:
A) Nombrar y Remover al DIRECTOR-GERENTE, y total o
parcialmente, a la Junta Directiva,
cuando exista, fijando su
remuneración. B) Nombrar, Remover y Fijar la
retribución del Comisario. C) Modificar parcial
o totalmente la
presente Acta Constitutiva
y Estatutos D) Ampliar o Reducir el Término de duración
de la Sociedad
CAPITULO V
DEL COMISARIO
DECIMA QUINTA: La
Compañía tendrá un Comisario, quien será nombrado por la Asamblea de Socios y
durará tres (3) años en sus funciones, pudiendo ser reelegido. En caso de ser
sustituido, deberá permanecer en su cargo hasta que efectivamente sea
reemplazado
CAPITULO VI
DE LAS CUENTAS, BALANCES, RESERVAS Y UTILIDADES
DECIMA SEXTA: El primer ejercicio
económico de la Sociedad, comenzará el día de su inscripción en el Registro
Mercantil y terminará el 31 de Diciembre de 2.022. Los subsiguientes,
comenzarán el 1º de Enero y terminará el 31 de Diciembre de cada año.
DECIMA SEPTIMA: El
estado de Ganancia y Pérdida, El Inventario, El Balance General, Los Libros de
Contabilidad y demás Documentos estarán en todo momento a la orden de los
Socios cuando así lo requieran
CAPITULO VII
DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA COMPAÑÍA
DECIMA OCTAVA:
CAPITULO VIII
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
DECIMA NOVENA: En
todos los asuntos no previstos en este Documento Estatutario, regirán las
Normas correspondientes al Código de Comercio, Código Civil y demás
Legislaciones Vigentes aplicables a la Sociedad
Mercantil.............................
VIGESIMA: Para el período inicial
de Cinco (5) años, se elige como PRESIDENTE, al Socio: NOEL LUIS REYES QUIJADA,
venezolano, mayor de edad, Soltero, Comerciante, civilmente hábil, titular de
la cedula de identidad Nº V-17.781.620, domiciliado en la ciudad de Carúpano,
Parroquia Sta. Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, y como VICE-PRESIDENTE
a la Socia: CAROLANDY JOSE HERNANDEZ BERMUDEZ, Venezolana, mayor de edad, Soltera,
Comerciante, civilmente hábil, titular de la cedula de identidad Nº 11.970.135,
domiciliado en la ciudad de Carúpano, Parroquia Sta. Catalina, Municipio
Bermúdez del Estado Sucre. Igualmente se designó COMISARIO, a la Licenciada:
MARIA DE LOS ANGELES FIGUEROA LEON, venezolana, mayor de edad, civilmente
hábil, Licenciado en Administración, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.787.060,
inscrito en el C. de A. bajo el LAC-17-68709, residenciado en la ciudad de
Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre……………
VIGESIMA PRIMERA: Esta
Asamblea Constitutiva, autoriza suficientemente al Dr. GUSTAVO JOSE BERMUDEZ:
venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, Abogado en libre ejercicio, titular
de la cédula de identidad N° 3.423.870, con domicilio en la ciudad de Carúpano,
Municipio Bermúdez del Estado Sucre, para que haga la presentación del
Documento Constitutivo Estatutarios, a los fines de su Registro. Fijación,
Publicación y Archivo en el Registro Mercantil, y solicite la expedición de las
Copias Certificadas necesarias.................
VIGESIMA SEGUNDA: Este
documento fue aprobado por los Socios en forma unánime y firmado al pie en
señal de aceptación y conformidad…………………
LOS SOCIOS
PRESIDENTE:
VICE-PRESIENTE
JUZGADO DE PRIMERA
INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO
CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
ABOGADO: SUSANA GARCIA DE MALAVE, Juez del Juzgado
de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Agrario Bancario del
Segundo Circuito De La Circunscripción Judicial del Estado Sucre. CERTIFICA: Que las copias fotostáticas
que anteceden son traslados fieles y exactos de sus originales, relacionados con
la Sociedad Mercantil “RH
PUBLICIDAD” C.A., Inserta bajo el Nº 49 Folios 369 al 376
Tomo No.1-A, Primer Trimestre,
llevado en este Tribunal durante el corriente año 2022, dichas copias fueron
elaboradas por el ciudadano: DAMERIS RONDON persona autorizada y quien junto
conmigo la suscribe a objeto de dar cumplimento con lo establecido en el
Artículo 226 del Código de Comercio. Carúpano 23 de Febrero del año 2022.Fdos
La Juez,
Abog. Susana G de
Malavé
Persona Autorizada,
Dameris
Rondon
Asistente
II