ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA N° I DE LA EMPRESA MERCANTIL, “BEREMAR, C.A.”

 

CIUDADANO. (A)

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO  DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.

SU DESPACHO.-

Yo DOUGLAS SAMUEL  FIGUEROA PLAZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-27.109.797, de este domicilio y debidamente facultado para este acto en el acta de asamblea Extraordinaria N° I de la compañía “BEREMAR, C.A.”, domiciliada en Carúpano, Estado sucre, debidamente inscrita en la Oficina del Registro Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Agrario y Bancario del Segundo Circuito  de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre., bajo el Nº 20, Folios 122 al 136 Tomo N° 1, Primer Trimestre, de fecha 19 de Enero del año 2022; ante usted muy respetuosamente ocurro a los fines de consignar el  ACTA  DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA N° I de accionista celebrada el día quince (15) de marzo de Dos mil veintidós (2022) Donde se trataron los siguientes puntos: PRIMER PUNTO DEL ORDEN DEL DIA: AUMENTO DEL CAPITAL SOCIAL. SEUNDO PUNTO DEL ORDEN DEL DIA: CREACION DE UNA SUCURSAL DE LA EMPRESA “BEREMAR, C.A.,  Igualmente consigno el inventario que justifica el aporte realizado por los socios para el aumento del capital y el Balance después del aumento del capital. Solicito se me expida copia certificada de la presente participación, del Acta de Asamblea Extraordinaria Nº I de la compañía, del auto que sobre ella recaiga a los fines legales consiguientes. En Carúpano a la fecha de su presentación. Fdo.

 

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DOUGLAS SAMUEL  FIGUEROA PLAZA

C.I. V-27.109.797

 

 

 

 

 

 

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.

Carúpano 24 de Marzo del año 2022.

211º y 162º

Por presentado el anterior documento por su Firmante, para su inscripción en el Registro Mercantil y fijación correspondiente. Hágase de conformidad  archívese el original. El anterior documento redactado por el abogado LUIS VELASQUEZ   inscrito en el Inpreabogado bajo el No 139.039 el cual se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Nº 66 folios 479 AL 490 Tomo Nº 1-B, Primer Trimestre.- La  identificación se efectuó así: DOUGLAS SAMUEL  FIGUEROA PLAZA,  titular de la cedula de identidad No V-27.109.797  inserción fue hecha por: ARACELIS MARTINEZ (asistente II). Fdo.

La Juez,

Abog  Susana G de Malavé

 

La Secretaria,

Abg. Francis Vargas

 

 

 

ACTA  DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA N° I  DE LA EMPRESA MERCANTIL, “BEREMAR, C.A.”,  En el Día de hoy, 15 de Marzo del año 2022, siendo  las 9:00 a.m., reunidos en la sede social de la Empresa Mercantil “BEREMAR, C.A.”, debidamente inscrita en la Oficina del Registro Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Agrario y Bancario del Segundo Circuito  de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre., bajo el Nº 20, Folios 122 al 136 Tomo N° 1, Primer Trimestre, de fecha 19 de Enero del año 2022, se procede a constatar la asistencia a esta reunión; y en efectos presentes en la Asamblea los Ciudadanos: YAILENIS DEL VALLE FIGUEROA RAMOS, Venezolana, mayor de edad, soltera, titulares de las Cédula de Identidad Nº V-27.287.870  y  DOUGLAS SAMUEL  FIGUEROA PLAZA DOUGLAS SAMUEL  FIGUEROA PLAZA, Venezolano, mayor de edad, soltero, titulares de las Cédula de Identidad Nº V-27.109.797, se obvia la  convocatoria previa, según lo establece el documento estatutario por estar presente el 100% de sus accionista, sin más formalidades se procedió a celebrar la Asamblea Extraordinaria de Accionista y se dio lectura a los puntos del orden del día, cuyos puntos a tratar y resolver, objeto de esta Asamblea son los siguientes:  PRIMER PUNTO: AUMENTO DEL CAPITAL SOCIAL. SEUNDO PUNTO: CREACION DE UNA SUCURSAL DE LA EMPRESA.  haciendo uso de la palabra la ciudadana  YAILENIS DEL VALLE FIGUEROA RAMOS, quien verifica el quórum constatando que se encuentran presente 2 socios con  derecho a voz y voto sumando el 100%, dejando  válidamente instalada la asamblea; Se procede a celebrar la asamblea dando  lectura al PRIMER PUNTO: AUMENTO DEL CAPITAL SOCIAL.  Haciendo uso de la palabra el ciudadano DOUGLAS SAMUEL  FIGUEROA PLAZA, en la cual propone  aumentar el capital social de la empresa aumentando las acciones de Mil (1.000) Acciones a Dos Mil Doscientos Cincuenta (2.250) Acciones a un valor nominal de  Ochenta Bolívares (Bs. 80,00) por cada acción, dando esto un aumento de Mil Doscientos Cincuenta (1.250) acciones. Con un valor nominal de Cien Mil  Bolívares (Bs. 100.000,00) total mente suscrito y pagado de la siguiente manera: la Socia YAILENIS DEL VALLE FIGUEROA RAMOS, suscribe Trescientas Setenta y Cinco (375) acciones, con un valor nominal de Ochenta Bolívares (Bs. 80,00) por cada acción;  cancelándola  en  su  totalidad, dándole un capital de Treinta Mil Bolívares (Bs. 30.000,00) totalmente suscrito y pagado para el aumento del capital.  El  accionista  DOUGLAS SAMUEL  FIGUEROA PLAZA, suscribe Cien Mil (875) acciones, con un valor nominal de Ochenta Bolívares (Bs. 80,00) por cada acción;    cancelándola en su totalidad, dándole un capital de Setenta Mil Bolívares (Bs. 70.000,00) totalmente suscrito y pagado para el aumento del capital. Dicho capital ha sido pagado en base al balance que se anexa; en consecuencia se modifica la Clausula Quinta de los estatutos de la empresa, Quedando de la siguiente manera: CLAUSULA QUINTA: El Capital de la Compañía lo constituye la cantidad de Ciento Ochenta Mil Bolívares (Bs. 180.000,00), divididos y representados en Dos Mil Doscientas Cincuenta (2.250) acciones nominativas con un valor de  Ochenta Bolívares (Bs. 80,00) cada una, totalmente  suscrita  e  íntegramente  pagadas de  la siguiente manera: La accionista YAILENIS DEL VALLE FIGUEROA RAMOS, suscribe Seiscientas setenta y Cinco (675) acciones, por un valor nominal de Cincuenta y Cuatro Mil Bolívares (Bs. 54.000,00),  cancelándola en su totalidad, el accionista DOUGLAS SAMUEL  FIGUEROA PLAZA, suscribe Mil Quinientas setenta y Cinco (1.575) acciones, por un valor nominal de Ciento Veintiséis Mil Bolívares (Bs. 126.000,00) cancelándola en su totalidad , dichas cancelaciones se evidencian en el Balance de aumento de capital e inventario que se anexa para ser agregados al expediente respectivo. SEGUNDO PUNTO DEL ORDEN DEL DIA: CREACION DE UNA SUCURSAR DE LA EMPRESA “BEREMAR, C.A.”, Haciendo uso de la palabra el socio DOUGLAS SAMUEL  FIGUEROA PLAZA  quien manifiesta  la necesidad de abril una Sucursal de la empresa en la siguiente dirección; Calle Principal, Zona Industrial Pesquera La Esmeralda, Local S/Nº, Sector La Esmeralda, parroquia Cariaco del Municipio Ribero del Estado Sucre. no habiendo más punto que discutir. La Asamblea Autoriza al ciudadano DOUGLAS SAMUEL  FIGUEROA PLAZA, Venezolana, mayor de edad,  titulares de las Cédula de Identidad Nº. V-27.109.797, en su Condición de presidenta y facultado por la Asamblea para que realice los trámites necesarios para la protocolización de la presente acta ante la instancia correspondiente y firme los libros a que hubiese lugar. En Carúpano a la fecha de su presentación. Firman los presentes.

 

 

 

 

ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA SOCIEDAD MERCANTIL  “COMERCIALIZADORA Y LICORERIA PROSPERI, C.A.”. Yo, REYNA DIAMANTA PROSPERI VELASQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.906.879, de este domicilio, actuando en mi carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil  “COMERCIALIZADORA Y LICORERIA PROSPERI, C.A.” en Carúpano, Municipio  Bermúdez, del Estado Sucre.  En el día de hoy,  Dieciocho (18) de enero de 2022, siendo las cuatro de la tarde, en el local donde funciona la Sociedad Mercantil  “COMERCIALIZADORA Y LICORERIA PROSPERI, C.A.”, empresa inscrita en los libros de comercio llevados por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, por auto de fecha nueve (09) de Diciembre de 2020, quedando asentada bajo el No 32, folios 221 al 229, Tomo No 1-E, Cuarto Primer Trimestre del referido año 2020; estando presentes las socias REYNA DIAMANTA PROSPERI VELASQUEZ  Y JULIET CORINA  QUINTERO PROSPERI, venezolanas, mayores de edad, solteras, titulares de las Cédulas de Identidad Nros.- V-5.906.879 y V-16.841.387, respectivamente; quienes representan la totalidad de las acciones de la referida Compañía Anónima, por lo que se obvió la convocatoria de rigor, se decide constituir en Asamblea General Extraordinaria de Socios, teniendo la Agenda un punto único a tratar y considerar: Punto Único: Cambio de domicilio de la compañía, modificándose así la Cláusula TERCERA de los estatutos que rigen la compañía.  Entrado a considerar el referido PUNTO UNICO, tomó la palabra la socia Reyna Diamanta Prosperi  y expuso: “por razones de interés comercial y en pro del desarrollo y crecimiento de la compañía se hace necesario e inminente el cambio de domicilio de la misma para la siguiente dirección, Calle Monagas Nº 96, Municipio Bermúdez del  Estado Sucre, por tal motivo en el día de hoy propongo formalmente la realización de tal hipótesis que ya se venía planteando de una manera quizás informal; sin embargo, las exigencias en cuanto a muchos aspectos que como dije anteriormente, van en pro de esta compañía, es necesario formalizar esta idea, principalmente cumpliendo con  los  pasos  legales  que  se  necesitan   para llevar a cabo el referido cambio domicilio de nuestra sociedad mercantil “COMERCIALIZADORA Y LICORERIA PROSPERI, C.A.”, una vez oída la propuesta de este socio y luego de debatido y analizado este punto, la socia Juliet Corina Quintero Prosperi, manifiesta está totalmente de acuerdo con la necesidad de cambiar el domicilio de la compañía, por lo que en este  acto se acuerda que en lo adelante el domicilio de la compañía será la siguiente dirección: Calle Monagas Nº 96, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, En este punto, y visto que lo acordado tiene incidencia en los Estatutos de la Compañía, se acuerda modificar la Cláusula TERCERA de los Estatutos, la cual quedará del tenor siguiente: “ TERCERA: “La compañía tendrá como domicilio la siguiente dirección: Calle Monagas Nº 96, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, pudiendo establecer  oficinas, agencias, sucursales, depósitos o representaciones en cualquier lugar  dentro y fuera de la República Bolivariana de Venezuela.”  No habiendo otro punto que agotar, se dio  por terminada esta Asamblea Extraordinaria  de Socios, se levanta la presente acta y la misma es suscrita por los presentes en conformidad y reconocimiento de lo que en ella se expresa. Se autoriza expresamente a la abogada Beatriz León Acosta, inscrita en el IPSA bajo el Nº. 191.201, para realizar la correspondiente participación por ante el Registro Mercantil llevado por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil. No habiendo más nada que tratar se dio por terminada la reunión y conformes firman. Firmado: REYNA DIAMANTA PROSPERI VELASQUEZ.-  Firmado: JULIET CORINA  QUINTERO PROSPERI.- Esta Acta es traslado fiel y exacto de la original que consta en el Libro de Actas de la empresa, expedida por la Presidente de la compañía. Fdo.

REYNA PROSPERI

Presidentede

 

 

 

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-

ABOGADO: SUSANA GARCIA DE MALAVE, Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Agrario Bancario del Segundo Circuito De La Circunscripción Judicial del Estado Sucre. CERTIFICA: Que las copias fotostáticas que anteceden son traslados fieles y exactos de sus originales, relacionados con la Sociedad Mercantil  “BEREMAR, C.A.”,    Inserta bajo el Nº 66 Folios 479 al 490 Tomo No.1-B, Primer Trimestre, llevado en este Tribunal durante el corriente año 2022, dichas copias fueron elaboradas por el ciudadano: ARACELIS MARTINEZ persona autorizada y quien junto conmigo la suscribe a objeto de dar cumplimento con lo establecido en el Artículo 226 del Código de Comercio. Carúpano 24 de Marzo del año 2022.Fdos

La Juez,

Abog. Susana G de Malavé

 

 

                       Persona Autorizada,

Aracelis Martinez   

Asistente II