ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE LA EMPRESA MERCANTIL “MILANO GIUSTI GRASAS Y LUBRICANTES”, “C.A.”

 Ciudadana:

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DE TRANSITO, BANCARIO Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.

Su Despacho.-

Yo, VICTOR EDUARDO MILANO ALVAREZ, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad No. V-13.731.390, Comerciante, y de este domicilio; expresamente facultado por la Asamblea General Extraordinaria de “MILANO GIUSTI GRASAS Y LUBRICANTES  C.A, identificada con el Registro Único de Información Fiscal (R.I.F.) No. J-311342249, domiciliada en Calle Monagas,  Carúpano del Municipio Bermúdez del Estado Sucre en fecha 16 de Diciembre del año 2.020, inscrita bajo el Nro. 91, folios 671 al 680, Tomo Nro. 1-E, Cuarto Trimestre del año 2.020, debidamente inscrita ante la Oficina de Registro Mercantil llevada por el Juzgado de  Primera  Instancia en lo Civil, Mercantil, de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha 11 de febrero del año 2.004, bajo el N°47, Folios del 286 al 294, tomo N° 1, primer trimestre del año 2.004, Ante usted muy respetuosamente ocurro para presentarle original del documento por el cual quedó constituida la Asamblea General Extraordinaria de accionista de la mencionada Compañía.- Donde se plantea a tratar PUNTO UNICO: corrección de la Cláusula Novena, Presentación que hago a Usted a los fines previstos en el numeral 9o del Artículo 19 del Código de Comercio Vigente, con el ruego de que una vez cumplido los requisitos de Ley, se sirva ordenar el registro, fijación y publicación del presente Documento, la formación del expediente correspondiente y me sea expedida Copia Certificada con inclusión del auto que sobre este recarga. Es justicia en Carúpano, a la fecha de su presentación.- Fdo.

 

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.

Carúpano 23 de Marzo del año 2022.

211º y 162º

Por presentado el anterior documento por su Firmante, para su inscripción en el Registro Mercantil y fijación correspondiente. Hágase de conformidad  archívese el original. El anterior documento redactado por el abogado JULIO CEDEÑO    inscrito en el Inpreabogado bajo el No 133.480 el cual se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Nº 47 folios 358 AL 360 Tomo Nº 1-B, Primer Trimestre.- La  identificación se efectuó así: VICTOR EDUARDO MILANO ALVAREZ,  titular de la cedula de identidad No V-13.731.390  inserción fue hecha por: DAMERIS RONDON (asistente II). Fdo.

La Juez,

Abog  Susana G de Malavé

 

La Secretaria,

Abg. Francis Vargas

 

 

ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE LA EMPRESA MERCANTIL “MILANO GIUSTI GRASAS Y LUBRICANTES”, “C.A.” Hoy,  Catorce (14) de Marzo del Dos Mil Veintidós (2.022), siendo las 8:30 am, se reunieron en las instalaciones de la Sociedad “MILANO GIUSTI GRASAS Y LUBRICANTES, C.A.”, domiciliada en calle Monagas,  Carúpano del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, e inscrita en los libros de comercio de la oficina de Registro Mercantil llevada por el Juzgado de  Primera  Instancia en lo Civil, Mercantil, de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha 11 de febrero del año 2.004, bajo el N°47, Folios del 286 al 294, tomo N° 1, primer trimestre del año 2.004;, identificada con el Registro Único de Información Fiscal (R.I.F.) No. J-311342249. Siendo el lugar, fecha y hora fijada para la celebración de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad y cumpliendo con los requisitos exigidos por la Ley, los ciudadanos: VICTOR  EDUARDO MILANO ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 13.731.390,  JOSE LEONARDO MILANO TENIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 14.716.780 y LEONARDO JOSE MILANO TEANIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 14.719.785 respectivamente, actuando en sus carácter de accionistas que conforman el 100% del Capital Social de la Sociedad Mercantil antes identificada, con el objeto de celebrar una Asamblea General Extraordinaria y encontrándose presente el quórum legal del Capital Social, declara válidamente constituida la Asamblea. Sin más formalidades se procedió a celebrar la Asamblea General Extraordinaria de accionistas. Se dio lectura a la orden del día, cuyo puntos a tratar y resolver, objeto de esta Asamblea son los siguientes: PUNTO UNICO: corrección de la Cláusula Novena; Seguidamente toma la palabra el accionista VICTOR EDUARDO MILANO ALVAREZ, y al constatar la existencia del quórum legal, la declara válidamente constituida y expone que debido a que en el Acta Constitutiva de la empresa en su Clausula Novena hubo un error en la fecha del cierre económico, colocado… Cuando realmente es el 31 de Enero de cada año, todos los socios están de acuerdo tal propuesta es discutida en la asamblea, aprobándose por unanimidad; como consecuencia del punto tratado y aprobado, se reforma la Cláusula Novena de los Estatutos Sociales, por lo que en lo adelante dicha cláusula será del tenor siguiente: CLAUSULA NOVENA: El primer ejercicio económico de la Compañía comenzará el día siguiente de su inscripción en el Registro Mercantil y cerrará el día Treinta y uno (31) de Diciembre del mismo año. Los ejercicios económicos sucesivas, comenzarán el día Primer (1 ero) de cada año y terminarán el día treinta y uno (31) de diciembre del mismo año. Quedando agotado y aprobado por unanimidad lo tratado en esta agenda del día y no habiendo otro punto que agotar, se dio por terminada esta asamblea extraordinaria, se levanta la presente acta y la misma es suscrita y firmada por todos los presentes en conformidad y reconocimiento de lo que en ella. Firmado: VICTOR MILANO ALVAREZ.- Firmado: JOSE MILANO TENIAS.- Firmado: LEONARDO MILANO TENIAS.- Esta acta es traslado fiel y exacto de la original que consta en el libro de Actas de la empresa, expedida por el Presidente de la compañía. Fdo.

Víctor Milano Álvarez

 

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-

ABOGADO: SUSANA GARCIA DE MALAVE, Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Agrario Bancario del Segundo Circuito De La Circunscripción Judicial del Estado Sucre. CERTIFICA: Que las copias fotostáticas que anteceden son traslados fieles y exactos de sus originales, relacionados con la Sociedad Mercantil  PRODUCTOS MILANO GIUSTI GRASAS Y LUBRICANTES”, “C.A.”,    Inserta bajo el Nº 47 Folios 358 al 360 Tomo No.1-B, Primer Trimestre, llevado en este Tribunal durante el corriente año 2022, dichas copias fueron elaboradas por el ciudadano: DAMERIS RONDON  persona autorizada y quien junto conmigo la suscribe a objeto de dar cumplimento con lo establecido en el Artículo 226 del Código de Comercio. Carúpano 23 de Marzo del año 2022.Fdos

La Juez,

Abog. Susana G de Malavé

 

 

                       Persona Autorizada,

DAMERIS RONDON   

Asistente II