ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA SOCIEDAD MERCANTIL “LA MANSION DEL PAN, C.A.”
CIUDADANA:
JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA
INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO
CIRCUITO DE
Su despacho.-
Yo, MILÁNGELA LEÓN ACOSTA, venezolana,
mayor de edad, de este domicilio, Abogada en ejercicio inscrita ante el
I.P.S.A. bajo el No 102.807, titular de la cédula de identidad No V-13.730.141;
debidamente autorizada por la Asamblea Extraordinaria de Socios que en fecha 28
de abril de 2022, celebrara la empresa denominada “LA MANSION DEL PAN, C.A.”, signada
con el RIF Nro. J301917154, domiciliada en calle
Juncal c/c Guiria, local NRO. 01, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado
Sucre, e inscrita
en el Registro Mercantil que lleva el Tribunal de Primera Instancia en lo
Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la
Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en
fecha 16 de enero del año 1.994, anotado bajo el Nº 119, folios 113 al
135, Tomo Nro. 44, Primer Trimestre del año 1.994.. A
los fines legales consiguientes,
consigno anexo a la presente participación, la referida Acta de Asamblea
Extraordinaria de Accionistas, donde se trató y acordó los siguientes puntos:
Punto Primero: Aumento del Capital Social y del
valor de las acciones que lo conforman.
Punto Segundo: Modificación de las cláusulas
Quinta y Sexta de los estatutos. -
Solicito respetuosamente que una vez asentada
dicha acta en los libros correspondientes, me sea expedida una (01) Copia
Certificada de la misma junto con el auto que sobre ella recaiga. En Carúpano, a la fecha de su Presentación. Fdo.
JUZGADO DE PRIMERA
INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO
CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano 12 de Mayo del
año 2022.
211º
y 162º
Por
presentado el anterior documento por su Firmante, para su inscripción en el
Registro Mercantil y fijación correspondiente. Hágase de conformidad archívese el original. El anterior documento
redactado por el abogado MILÁNGELA
LEÓN inscrito
en el Inpreabogado bajo el No 102.807 el cual se inscribe en el
Registro de Comercio bajo el Nº 40
folios 318 AL 326 Tomo Nº 1-A, Segundo Trimestre.- La identificación se efectuó así: MILÁNGELA
LEÓN ACOSTA,
titular de la cedula de
identidad No V-13.730.141 inserción fue hecha
por: DAMERIS RONDON (asistente II). Fdo.
La Juez,
Abog Susana G de Malavé
La
Secretaria,
Abg. Francis Vargas
ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA SOCIEDAD
MERCANTIL“LA MANSION DEL PAN, C.A.”
Quien suscribe, MARIO PEDRO DE JESUS TABOAO, de nacionalidad portuguesa, mayor
de edad, casado, comerciante, titular de la cédula de identidad Nro. E-81.705.807, inscrito en el
Registro Único De Información Fiscal (RIF) E81705807::, domiciliado en Carúpano,
Estado Sucre; procediendo en este acto en mi carácter de Gerente General de
la Sociedad Mercantil “LA MANSION DEL PAN,
C.A.”, signada con el RIF Nro. J301917154, domiciliada en calle Juncal c/c Guiria, local
NRO. 01, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, e inscrita en el Registro Mercantil
que lleva el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario,
Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del
Estado Sucre, en fecha 16 de enero del
año 1.994, anotado bajo el Nº 119, folios 113 al 135, Tomo Nro. 44, Primer
Trimestre del año 1.994.
Certifico que la copia que se transcribe a continuación, es traslado fiel y
exacto de su original que reposa en el Libro de Actas y Asambleas de dicha compañía,
la cual copiada a la letra es del tenor siguiente:……………………
ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA
DE SOCIOS DE LA SOCIEDAD MERCANTIL “LA MANSION DEL PAN, C.A.” En Carúpano,
Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en el día de hoy 28 de abril del año 2022,
siendo las seis y treinta minutos de la
tarde 6:30 P.M., en el local donde funciona la sociedad mercantil “LA MANSION DEL PAN, C.A.”; estando presente el único propietario
accionario MARIO PEDRO DE JESUS TABOAO, titular de
la cédula de identidad Nº E-81.705.807, propietario de 1000 acciones; representando así la totalidad de las acciones que
conforman el capital de la referida Compañía Anónima, y por ende preside esta asamblea
en su carácter de gerente general de la empresa, quien da por constatado el quórum
estatutario necesario para proceder a considerar válidamente constituida esta
asamblea extraordinaria, y anunció que en virtud de ser propietario de la
totalidad de las acciones que representan la totalidad del capital social se
obvia la convocatoria de ley, y se constituye esta reunión en Asamblea General
Extraordinaria, a los fines de realizar los trámites legales que se requiere en
la empresa y para con cual cuenta con la presencia de la profesional del derecho
MILANGELA LEON ACOSTA, titular de la cedula de identidad Nro. 13.730.141., IPSA
Nro. 102.807; teniendo la Agenda los siguientes puntos a tratar y considerar:
Punto Primero: Aumento del
Capital Social y del valor de las acciones que lo conforman.
Punto Segundo: Modificación de
los estatutos.
Se pasa a tratar de inmediato el
Punto Primero Aumento de Capital
Social de la compañía: El gerente general de la empresa y único propietario
Mario Pedro Taboao, manifiesta imperante necesidad aumentar el capital social
de la compañía, por razones de la inflación desenfrenada que sufrimos en
nuestro país; quien manifiesta que a los fines de continuar con la estabilidad
económica y comercial de la empresa, es necesario aumentar el capital de la
misma tomando en cuenta la desmedida devaluación que sufrimos con la reciente
reconversión monetaria en nuestro país, en virtud de la cual el capital actual
de la empresa, es totalmente irrisorio por lo que se propone ajustarlo de tal
manera que el nuevo capital social quede constituido en la cantidad de CUARENTA
MIL BOLIVARES DIGITALES (Bs. 40.000,00). Dicho aumento de capital se realizará
mediante inventario que se refleja en el respectivo balance, todo lo cual se
evidencia de balance que se anexa en este momento, y en consecuencia se emiten
nuevas acciones, las cuales se consideran suscritas y pagadas de la manera
explana en dicho balance; así mismo como consecuencia de la reconversión
monetaria se ha decidido modificar el valor nominal de las acciones a los fines
de ajustarla al nuevo cono monetario en tal sentido he acordado que el valor de
las acciones de las acciones a partir de la presente fecha las cuales hemos
acordado de manera unánime fijar el valor nominal de las acciones en BS.
1.000,00. Dicho aumento de capital y la forma de realizarse se evidencia de
balance que se anexa en este momento, y en consecuencia se emiten nuevas
acciones, las cuales se consideran suscritas y pagadas de la manera señalada en
dicho balance.- Todo lo planteado ha sido aprobado, y en consecuencia se acuerda
modificar las cláusulas estatutarias referentes al capital social y las
acciones societarias, lo cual se tratará en el punto siguiente; en
consecuencia, se considera agotado y aprobado por unanimidad este
punto…………………………………
Punto Segundo: Modificación de
los estatutos, a los fines de adecuar los cambios que se acordaron con la
aprobación de los puntos precedentes; en este momento el Gerente y único socio le
consulta a la abogada invitada Milángela León, cuáles son las cláusulas a
modificar, la cual le manifiesta que con el objeto de plasmar los cambios
acordados en los puntos precedentes que ameritan modificación de la Cláusulas
Quinta y Sexta de los estatutos sociales, las cuales a partir de la presente
asamblea quedaran redactadas de la siguiente manera:
“QUINTA: El capital de la
sociedad es la cantidad de Cuarenta Mil Bolívares Digitales (Bs. 40.000,00),
representado en Cuarenta (40) de acciones nominativas, con un valor nominal de Un
mil Bolívares (Bs. 1.000,00) cada una……………………………….…
SEXTA: La totalidad de las
acciones que conforman y representan el capital social de la compañía han sido
suscritas y pagadas por el único propietario MARIO PEDRO DE JESUS TABOAO, de la
siguiente manera: suscribe y paga 40 acciones con un valor nominativo de (Bs.
1.000,00), cada una, para un total de Cuarenta Mil Bolívares Digitales (Bs.
40.000,00) las cuales han sido suscritas y pagadas en su totalidad tal como se evidencia en Documento Balance de
Comprobación de Bienes y aumento de capital que se anexa y es parte integrante
de este documento”.…
Quedando Agotado y aprobado por
unanimidad lo tratado en esta agenda del día y no habiendo otro punto que agotar, se
dio por terminada esta Asamblea Extraordinaria, se levanta la presente acta y
la misma es suscrita por su único propietario en conformidad y reconocimiento
de lo que en ella se expresa. Se autoriza
expresamente a la abogada Milángela León Acosta, titular de la cédula de
identidad Nº 13.730.141, IPSA Nº 102.807, para realizar la correspondiente
participación por ante el Registro Mercantil llevado por el Tribunal de Primera
Instancia en lo Civil y Mercantil, para los fines legales consiguientes. Firmado:
Mario
Pedro Taboao (Gte.).- Firmado: Milángela León (Abog.).- Esta Acta es traslado fiel y
exacto de la original que consta en el Libro de Actas de la empresa, expedida
por el gerente general de la compañía. Fdo.
_______________________
Mario Pedro Taboao
JUZGADO DE PRIMERA
INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO
CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
ABOGADO: SUSANA GARCIA
DE MALAVE, Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil,
Mercantil, Transito, Agrario Bancario del Segundo Circuito De La Circunscripción
Judicial del Estado Sucre. CERTIFICA:
Que las copias fotostáticas que anteceden son traslados fieles y exactos de sus
originales, relacionados con la Sociedad Mercantil “LA MANSION
DEL PAN, C.A.”, Inserta bajo el Nº 40 Folios 318 al 326 Tomo No.1-A,
Segundo Trimestre, llevado en este Tribunal durante el corriente año 2022,
dichas copias fueron elaboradas por el ciudadano: DAMERIS RONDON persona autorizada y quien junto conmigo la
suscribe a objeto de dar cumplimento con lo establecido en el Artículo 226 del
Código de Comercio. Carúpano 12 de Mayo del año 2022.Fdos
La Juez,
Abog. Susana G de
Malavé
Persona Autorizada,
DAMERIS
RONDON
Asistente
II