ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE LA SOCIEDAD MERCANTIL “MILANO GIUSTI GRASAS Y LUBRICANTES, C.A.”
CIUDADANA:
JUEZ DEL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y
BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Su
despacho.-
Yo,
MILÁNGELA LEÓN ACOSTA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, Abogada en
ejercicio inscrita ante el I.P.S.A. bajo el No 102.807, titular de la cédula de
identidad No V-13.730.141; debidamente autorizada por la Asamblea
Extraordinaria de Socios que en fecha 26 de abril de 2021, celebrara la empresa
denominada Mercantil “MILANO GIUSTI
GRASAS Y LUBRICANTES, C.A.”, inscrita en el Registro Único De Información
Fiscal (RIF) con el Nro. J-311342249, debidamente inscrita por ante la Oficina
de Registro Mercantil que lleva el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil,
Mercantil, del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del
Estado Sucre, en fecha 11 de febrero del año 2004, bajo el N° 47, Folios del
286 al 294, tomo N° 1, primer trimestre del año 2004; siendo la última
modificación de sus estatutos, mediante asamblea extraordinaria de socios
registrada bajo el Nro. bajo el Nro. 91, folios 671 al 680, Tomo Nro. 1-E,
Cuarto Trimestre del año 2020 A los fines legales consiguientes, consigno anexo
a la presente participación, la referida Acta de Asamblea Extraordinaria de
Accionistas, donde se trató y acordó los siguientes puntos: Punto Primero:
Ampliación del objeto de la compañía Punto Segundo: Aumento del Capital Social.
Punto Tercero: Modificación de los estatutos.-
Solicito
respetuosamente que una vez asentada dicha acta en los libros correspondientes,
me sea expedida una (01) Copia Certificada de la misma junto con el auto que
sobre ella recaiga. En Carúpano, a la
fecha de su Presentación. Fdo.
JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL
SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano 14 de Julio
del año 2022.
212º
y 162º
Por presentado el anterior documento por su
Firmante, para su inscripción en el Registro Mercantil y fijación
correspondiente. Hágase de conformidad
archívese el original. El anterior documento redactado por el abogado, MILÁNGELA
LEÓN inscrito
en el Inpreabogado bajo el No 102.807 el cual se inscribe en el
Registro de Comercio bajo el Nº 50
folios 403 AL 410 Tomo Nº 01, Tercer Trimestre.- La identificación se efectuó así: MILÁNGELA LEÓN ACOSTA, titular de la
cedula de identidad No V-13.730.141 inserción fue hecha
por: LOURDES CAMPOS (asistente II). Fdo.
La Juez,
Abog Susana G de Malavé
La
Secretaria,
Abg. Francis Vargas
ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE LA SOCIEDAD
MERCANTIL “MILANO GIUSTI GRASAS Y LUBRICANTES, C.A.”
Yo, VICTOR EDUARDO MILANO ALVAREZ, titular de la cédula de identidad Nro.
13.731.390, inscrito en el Registro Único de Información Fiscal (RIF)
V137313908, actuando en este acto en mi carácter de presidente de la sociedad
mercantil “MILANO GIUSTI GRASAS Y LUBRICANTES, C.A.”; inscrita en el Registro
Único De Información Fiscal (RIF) con el Nro. J-500933126, debidamente inscrita
por ante la Oficina de Registro Mercantil que lleva el Juzgado de Primera
Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito del Segundo Circuito de la
Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha 11 de febrero del año 2004,
bajo el N° 47, Folios del 286 al 294, tomo N° 1, primer trimestre del año 2004,
siendo la última modificación de sus estatutos, mediante asamblea
extraordinaria de socios registrada bajo el Nro. bajo el Nro. 91, folios 671 al
680, Tomo Nro. 1-E, Cuarto Trimestre del año 2020. CERTIFICO que la copia que
se transcribe a continuación, es traslado fiel y exacto de su original que
reposa en el Libro de Actas y Asambleas de dicha compañía, la cual copiada a la
letra es del tenor siguiente: ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE LA SOCIEDAD
MERCANTIL “MILANO GIUSTI GRASAS Y LUBRICANTES, C.A.” Carúpano, municipio
Bermúdez del Estado Sucre, en el día de hoy 10 de julio del año 2022 siendo las
cuatro de la tarde 4:00 P.M., en el local donde funciona la sociedad
mercantil “MILANO GIUSTI GRASAS Y LUBRICANTES,
C.A.”; inscrita en el Registro Único De Información Fiscal (RIF) con el Nro.
J311342249, domiciliada en Carúpano, municipio Bermúdez, estado Sucre; estando
presentes sus socios propietarios VICTOR EDUARDO MILANO ALVAREZ, propietario de
3,334 acciones, el ciudadano JOSE LEONARDO MILANO TENIAS, propietario de 3,334
acciones, de este domicilio, y LEONARDO JOSE MILANO TENIAS, propietario de
3,334 acciones, de este domicilio.- Preside esta asamblea el ciudadano Víctor
Milano en su carácter de presidente de la empresa, quien prescindiendo de las
formalidades de convocatoria, en virtud de encontrarse presente los
propietarios del 100% de las acciones, se considerar válidamente constituida
esta asamblea extraordinaria, y de esta manera anuncia que la Agenda tiene los
siguientes puntos a tratar y considerar:………………………………
Punto Primero: Ampliación del objeto de la compañía.
Punto Segundo: Aumento del Capital Social.
Punto Tercero: Modificación de los estatutos.
Se pasa a tratar de inmediato el
Punto Primero: El presidente manifiesta que se hace imperante la necesidad de
ampliar el objeto de la compañía en razón de la demanda actual que nuestros
clientes nos presentan, tal es el caso de la comercialización de toda clase de productos
de limpieza para el hogar u oficinas, tales como detergentes, cloro,
desinfectantes, suavizantes, aromatizadores, jabón líquido, champú, cera para
pisos, venta de velas y sus derivados, así como todo tipo de víveres. Una vez
expuesto este primer punto y habiendo unanimidad en el planteamiento. Los
socios manifiestan su total conformidad con la propuesta planteada por ende se
acuerda de manera unánime de los socios la ampliación del objeto social de la
empresa, el cual será plasmado en la modificación del Cláusula Segunda, tal
como se realizará en el punto tercero de la agenda. De esta manera se considera agotado y
aprobado el primer punto de la agenda y se continúa con el siguiente
punto………………
Punto Segundo: Aumento de Capital Social de la compañía: Tomando la palabra
el vicepresidente de la empresa José Milano, manifiesta que evidentemente el
capital social de la empresa se considera irrisorio tomando en cuenta la última
reconversión monetaria aplicada en nuestra economía nacional, y en virtud de la
ampliación de objeto aprobada en el punto precedente y a los fines levantar la
actividad económica y comercial de la empresa, es necesario aumentar el capital
de la misma, así como es necesario aumentar el valor nominal de las acciones
societarias; por lo que acordamos en este acto realizar un aumento por la cantidad de NOVECIENTOS NOVENTA MIL BOLIVARES DIGITALES
(Bs. 99.000,00); para que sumados con el actual capital alcancen el monto del
nuevo capital social de la compañía, CIEN MIL BOLÍVARES DIGITALES (BS.
100.000,00). Y así mismo acordamos establecer el valor nominal de las acciones
Bs, 1.000,00 cada una. El referido aumento de capital se realizará tal como se
evidencia de balance que se anexa en este momento, y se emiten nuevas acciones,
las cuales se consideran suscritas y pagadas, según se evidencia del mencionado
balance.- Se establece así modificar la cláusula estatutaria referente al
capital social y las acciones societarias, lo cual se tratará en el punto
siguiente; en consecuencia se considera agotado y aprobado el punto segundo.-
Punto Tercero: Modificación de los estatutos. En este momento el gerente de la empresa Leonardo Milano
manifiesta la necesidad de modificar las clausulas relativas al objeto y
capital social de la empresa luego de haberse aprobado los cambios considerados
en los puntos anteriores; de tal manera acuerdan en este punto la necesidad de
ajustar dichos cambios adecuándolos a las cláusulas estatutarias, firmando los
libros correspondientes para el posterior registro de esta acta de asamblea,
así pues se acuerda la nueva redacción de las cláusulas Segunda, Quinta y Sexta
de los estatutos que a partir de hoy quedarán redactadas así:
SEGUNDA: El objeto principal de esta sociedad mercantil será todo lo
relacionado con: compra y ventas al mayor y detal, de mercancías nacionales e
importadas, tales como: lubricantes, cauchos, accesorios para vehículos, así
como la distribución en el área nacional o internacional, de productos
derivados de hidrocarburos, como aceites, filtros etc. Así también la
comercialización de toda clase de productos de limpieza para el hogar u oficinas, tales como detergentes, cloro, desinfectantes,
suavizantes, aromatizantes, jabón líquido, champú, cera para pisos, etc., ya
sean trasegados o no; venta de todo tipo velas y sus derivados; así como
también todo tipo de utilería y artículos desechables (vasos, platos,
cubiertos, manteles etc.) o envases plásticos no desechables, también podrá
comercializar todo lo referente a productos y artículos de belleza, cosméticos
y aseo o higiene personal; finalmente todo tipo de víveres; y en general, la
realización de cualquier actividad conexa o no con las actividades mencionadas,
pudiendo realizar cualquier negociación de lícita naturaleza comercial e
industrial que guarde relación o no con el objeto aquí mencionado.-
QUINTA: El Capital Social de la Compañía es de CIEN MIL BOLÍVARES DIGITALES
(Bs. 100.000,oo), dividido en CIEN (100) acciones comunes nominativas, con un
valor nominal de UN MIL BOLÍVARES (Bs. 1.000,00) cada una, el cual ha sido
suscrito y pagado en su totalidad. Según se evidencia en el Balance de Aumento
de Capital que se anexa.
SEXTA: El Capital ha sido suscrito y pagado en su totalidad por los socios
de la siguiente manera:
Víctor Eduardo Milano Álvarez, ha suscrito y pagado 34 acciones con un
valor nominativo de (Bs. 1.000), cada una para un total de TREINTA Y CUATRO MIL
BOLÍVARES DIGITALES (Bs. 34.000,00);
José Leonardo Milano Tenias, ha suscrito y pagado 33 acciones con un valor
nominativo de (Bs. 1.000), cada una para un total de TREINTA Y TRES MIL
BOLÍVARES DIGITALES (Bs. 33.000,00); y
Leonardo José Milano Tenias, ha suscrito y pagado 33 acciones con un valor
nominativo de (Bs. 1.000), cada una para un total de TREINTA Y TRES MIL
BOLÍVARES DIGITALES (Bs. 33.000,00).
Quedando Agotado y aprobado por unanimidad lo tratado en esta agenda del
día y no habiendo otro punto que agotar, se dio por terminada esta Asamblea
Extraordinaria, se levanta la presente acta y la misma es suscrita y firmada por todos los presentes en
conformidad y reconocimiento de lo que en ella se expresa. Firmado: Víctor
Milano Álvarez.- Firmado: José Milano Tenias.- Firmado: Leonardo Milano
Tenias.- Esta Acta es traslado fiel y exacto de la original que consta en el
Libro de Actas de la empresa, expedida por el Presidente de la compañía.
Se autoriza expresamente a la abogada Milángela León Acosta, titular de la
cédula de identidad Nº 13.730.141, IPSA Nº 102.807, para realizar la
correspondiente participación por ante el Registro Mercantil llevado por el
Tribunal de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil, para los fines legales
consiguientes. Fdo.
JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL
SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
ABOGADO: SUSANA
GARCIA DE MALAVE, Juez del Juzgado de Primera
Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Agrario Bancario del Segundo
Circuito De La Circunscripción Judicial del Estado Sucre. CERTIFICA: Que las copias fotostáticas que anteceden son traslados
fieles y exactos de sus originales, relacionados con la Sociedad Mercantil “MILANO GIUSTI GRASAS Y
LUBRICANTES, C.A.”, Inserta bajo el Nº 50 Folios 403 al 410
Tomo No.1, Tercer Trimestre, llevado
en este Tribunal durante el corriente año 2022, dichas copias fueron elaboradas
por el ciudadano: LOURDES CAMPOS persona
autorizada y quien junto conmigo la suscribe a objeto de dar cumplimento con lo
establecido en el Artículo 226 del Código de Comercio. Carúpano 14 de Julio del
año 2022.Fdos
La Juez,
Abog. Susana G de
Malavé
Persona Autorizada,
LOURDES
CAMPOS
Asistente
II