ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE LA SOCIEDAD MERCANTIL “INVERSIONES DINNZ, C.A.”
CIUDADANA:
JUEZ
DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y
BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Su
despacho.-
Yo,
VANESSA ALEJANDRA MILLAN LEON, venezolana, mayor de edad, domiciliada en Calle
Juncal, Nro. 252, Abogada en ejercicio, e inscrita ante el I.P.S.A. bajo el No
193.502, titular de la cédula de identidad No V-19.331.108; debidamente
autorizada por la Asamblea Extraordinaria de Socios que en fecha 08 de
Noviembre de 2022, se celebró en la empresa denominada “INVERSIONES DINNZ,
C.A.”, domiciliada en Carúpano, Estado Sucre e inscrita en el Registro Único De
Información Fiscal (RIF) con el Nro. J-413224690, debidamente inscrita por ante
la Oficina de Registro Mercantil que lleva el Juzgado de Primera Instancia en
lo Civil, Mercantil, de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción
Judicial del Estado Sucre, en fecha 04 de Noviembre del año 2019, bajo el N°
33, Folios del 312 al 321, tomo N° 1-B, cuarto trimestre del año 2019. A los fines
legales consiguientes, consigno anexo a la presente participación, la referida
Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas, donde se trató y acordó los
siguientes puntos:
Punto
Único: Cambio de domicilio y Modificación del Estatuto.-
Solicito
respetuosamente que una vez asentada dicha acta en los libros correspondientes,
me sea expedida una (01) Copia Certificada de la misma junto con el auto que
sobre ella recaiga. En Carúpano, a la
fecha de su Presentación.
JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL
SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano 21 de noviembre
del año 2022.
212º
y 162º
Por presentado el anterior documento por su
Firmante, para su inscripción en el Registro Mercantil y fijación
correspondiente. Hágase de conformidad archívese el original. El anterior documento
redactado por el abogado VANESSA
MILLAN inscrito
en el Inpreabogado bajo el No 193.502 el
cual se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Nº 100 folios 746 AL 748 Tomo Nº 1-A, Cuarto Trimestre.- La identificación se efectuó así: VANESSA ALEJANDRA MILLAN LEON, titular de la
cedula de identidad No V-19.331.108 inserción fue hecha
por: LOURDES CAMPOS (asistente II). Fdo.
La Juez,
Abog Susana G de Malavé
La
Secretaria,
Abg. Francis Vargas
Quien
suscribe, INÉS DAVISELA BOLÍVAR PARRA titular de la Cédula de Identidad Nro.
V-11.724.517, de este domicilio, actuando en mi carácter de Presidente de la
Sociedad Mercantil “INVERSIONES DINNZ, C.A.”, domiciliada en Carúpano, Estado
Sucre e inscrita en el Registro Único De Información Fiscal (RIF) con el Nro.
J-413224690, debidamente inscrita por ante la Oficina de Registro Mercantil que
lleva el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Tránsito del
Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha 04
de Noviembre del año 2019, bajo el N° 33, Folios del 312 al 321, tomo N° 1-B,
cuarto trimestre del año 2019; CERTIFI¬CO que la copia que se transcribe a
continuación, es traslado fiel y exacto de su original que reposa en el libro
de Actas de Asambleas de dicha compañía, la cual copiada a la letra es del
tenor siguiente: ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE LA SOCIEDAD MERCANTIL
“INVERSIONES DINNZ, C.A.”, en la ciudad de Carúpano, Municipio Bermúdez del
Estado Sucre, en el día de hoy ocho de noviembre del año dos mil veintidós,
(08/11/2022), siendo las dos de la tarde 2:00 P.M., en el local donde funciona
la sociedad mercantil “INVERSIONES DINNZ, C.A.", domiciliada en Carúpano,
Municipio Bermúdez del Estado Sucre; estando presentes sus socios propietarios
ciudadanos: Inés Davisela Bolívar Parra, titular de la Cédula de Identidad Nº
V- 11.724.517, propietario de Ochenta Mil (80.000) acciones, y Diego Leonardo
Lockiby Bolívar, titular de la Cédula de Identidad Nº V-26.294.084, propietario
de Veinte Mil (20.000) acciones, ambos representan la totalidad de las acciones
que conforman el 100% del capital de la referida Compañía Anónima.- Preside esta
asamblea la socia Inés Bolívar, en su carácter de presidenta de la empresa,
quien prescindiendo de las formalidades de convocatoria, en virtud de estar
represente el 100% de las acciones, se considera válidamente constituida esta
asamblea extraordinaria, y de esta manera anuncia que la Agenda tiene un punto
Único a tratar y considerar.
Punto
Único: Cambio de Domicilio de la Compañía y Modificación del Estatuto.-
Se pasa
a tratar de inmediato el Punto Único: Cambio de Domicilio de la Compañía y
Modificación del estatuto.- Tomando la
palabra el socio Diego Lockiby quien manifiesta que por razones de interés
comercial y en pro del desarrollo de la compañía planteo realizar el cambio de
domicilio de la misma para la siguiente dirección, la Ciudad de Carúpano, Calle
Carabobo, Nro. 197, Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por tal motivo en el día de hoy
propongo formalmente la realización de tal
hipótesis que ya se venía planteando de una manera informal; sin
embargo, las exigencias en cuanto a muchos aspectos que como dije
anteriormente, van en pro de esta compañía, es necesario formalizar esta idea,
principalmente cumpliendo con los pasos legales que se necesitan para llevar a cabo el referido cambio de
domicilio de nuestra empresa mercantil “INVERSIONES DINNZ, C.A.”, Una vez oída
la propuesta del socio y luego de debatido y analizado este punto; los socios
Inés Bolívar y Diego Lockiby, manifiestan estar totalmente de acuerdo con la
necesidad de cambiar el domicilio de la compañía, por lo que en este acto se acuerda que en lo adelante el
domicilio de la compañía será la siguiente dirección: la Ciudad de Carúpano,
Calle Carabobo, Nro. 197, Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre. Acuerdan en este punto la
necesidad de ajustar los cambios realizados en la empresa, adecuándolos a la
cláusula estatutaria correspondiente, así pues se acuerda la modificación de la
cláusula segunda de los estatutos, la cual a partir de hoy quedarán redactada
así:………………………………….
SEGUNDA:
El domicilio de la empresa es la Ciudad de Carúpano, Calle Carabobo, Nro. 197,
Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, pero puede establecer agencias
o sucursales en cualquier lugar de la Republica o del extranjero, si así lo
decidiera la Junta Directiva de la misma……….
De tal
manera se agota el punto único……….……………………...
De esta
manera se considera agotado y aprobado el punto único de la agenda……...…….
Quedando
Agotado y aprobado por unanimidad lo tratado en esta agenda del día y no
habiendo otro punto que agotar, se dio por terminada esta Asamblea
Extraordinaria de Socios, se levanta la presente acta y la misma es suscrita
por los socios en conformidad y reconocimiento de lo que en ella se expresa…………………………….
Se
autoriza expresamente a la abogada Vanessa Alejandra Millán León, titular de la
Cédula de Identidad Nº V-19.331.108, IPSA Nº 193.502, para realizar la
correspondiente participación por ante el Registro Mercantil llevado por el
Tribunal de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil, para los fines legales
consiguientes. Firmado: Diego Lockiby.- Firmado: Inés Bolívar.- Esta Acta es
traslado fiel y exacto de la original que consta en el Libro de Actas de la
empresa, expedida por el Presidente actual de la Compañía.
____________________
Inés Bolívar
JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL
SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
ABOGADO: SUSANA
GARCIA DE MALAVE, Juez del Juzgado de Primera
Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Agrario Bancario del Segundo
Circuito De La Circunscripción Judicial del Estado Sucre. CERTIFICA: Que las copias fotostáticas que anteceden son traslados
fieles y exactos de sus originales, relacionados con la Sociedad Mercantil “INVERSIONES
DINNZ, C.A.", Inserta bajo el Nº 100 Folios 746 al 748 Tomo No.1-A,
Cuarto Trimestre, llevado en este Tribunal durante el corriente año 2022,
dichas copias fueron elaboradas por el ciudadano: LOURDES CAMPOS persona autorizada y quien junto conmigo la suscribe
a objeto de dar cumplimento con lo establecido en el Artículo 226 del Código de
Comercio. Carúpano 14 de Junio del año 2022.Fdos
La Juez,
Abog. Susana G de
Malavé
Persona Autorizada,
LOURDES
CAMPOS
Asistente
II