ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD MERCANTIL “MULTI-INVERSIONES Y SERVICIOS HERMANOS MUÑOZ, C.A.

 

CIUDADANO:

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO, MARÍTIMO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.

SU DESPACHO.

Yo, DOMITZA  ALEJANDRA ANGULO ALCALÁ, venezolana, mayor de edad, Soltera,  titular de la Cédula de Identidad N° V-18.592.890, Contador Público, inscrito en el Colegio de Contadores Públicos de Venezuela bajo el Numero: 99.315 y de este domicilio, ante  Usted, muy respetuosamente ocurro para exponer: A los fines de su registro en los libros correspondientes, acompaño el Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas, celebrada en fecha 3 de Mayo de 2.023, de la sociedad mercantil  MULTI-INVERSIONES Y SERVICIOS HERMANOS MUÑOZ, C.A, con numero de RIF: J-40503360-6 la cual se encuentra debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil llevado por Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha 20 de Noviembre del año 2014, quedando anotada bajo el N° 93, folios 577 al 585, Tomo Nº 1-C, cuarto Trimestre del año 2014, donde se resolvió lo siguiente: PRIMERO: Aumento del capital de la sociedad, y ajuste del valor nominal de la acción, modificando  la Disposición Segunda del documento Constitutivo. SEGUNDO: Duración de la junta Directiva modificando así la Disposición Cuarta. TERCERO: Duración del periodo del Comisario modificando así la Disposición Quinta  CUARTO: Nombramiento del Comisario y de la nueva Junta Directiva modificando las Disposiciones Finales del documento Constitutivo Estatutario, muy respetuosamente solicito de Usted. Se me expida  una (1) copia certificada de la presente participación y del Acta de Asamblea General Extraordinaria que se acompaña, a los efectos de publicación.

En la ciudad de Carúpano a la fecha de su presentación. Fdo.

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Domitza A Angulo A.

C.I. V-18.592.890

 

 

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.

Carúpano 15 de Mayo del año 2023.

213º y 163º

Por presentado el anterior documento por su Firmante, para su inscripción en el Registro Mercantil y fijación correspondiente. Hágase de conformidad  archívese el original. El anterior documento redactado por el abogado LUIS BRAVO inscrito en el Inpreabogado bajo el No 271.309 el cual se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Nº 3 folios 27 AL 35 Tomo Nº 1-A, Segundo Trimestre.- La  identificación se efectuó así: DOMITZA  ALEJANDRA ANGULO ALCALÁ,  titular de la cedula de identidad No V-18.592.890 inserción fue hecha por: ARACELIS MARTINEZ (asistente II). Fdo.

La Juez,

Abog  Susana G de Malavé

 

La Secretaria,

Abg. Francis Vargas

 

 

 

 

 

 

ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD MERCANTIL “MULTI-INVERSIONES Y SERVICIOS HERMANOS MUÑOZ, C.A.

 

Yo, PABLO ENRIQUE MUÑOZ DUARTE, venezolano, mayor de edad, Soltero,  Titular de la Cédula de Identidad V-6.137.050, con numero RIF:         V-06137050-8  y domiciliado  en la ciudad de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre,  procediendo en este acto con el carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil “MULTI-INVERSIONES Y SERVICIOS HERMANOS MUÑOZ, C.A”, inscrita el día 20  de Noviembre del Año 2014, en el Registro Mercantil  llevado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción  Judicial del Estado Sucre, bajo el Nº 93, folios 577 al 585, Tomo Nº 1-C, Cuarto Trimestre, suficientemente autorizado mediante Asamblea Extraordinaria de Accionistas, celebrada el día 03 del mes de Mayo del 2023, CERTIFICO: Que el acta que a continuación se transcribe es traslado fiel y exacto de su original, que copiada a la letra textualmente dice:

                “Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad Mercantil “MULTI-INVERSIONES Y SERVICIOS HERMANOS MUÑOZ, C.A.”. En  la sede de la empresa, a las seis y treinta minutos de la tarde noche (6:30 p.m.)  del día de hoy 03 del mes de Mayo del 2023, con la asistencia de los accionistas  PABLO ENRIQUE MUÑOZ DUARTE , venezolano, mayor de edad, Soltero, titular de la cédula de identidad N°V-6.137.050, con numero RIF: V-06137050-8  y domiciliado  en la ciudad de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, quien representa Trescientas Noventa  (390) acciones, y la  accionista LISBETH PATRICIA MUÑOZ RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad  N°:V-22.782.101,con numero de RIF: V-227821015 y domiciliada  en la ciudad de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, quien representa Diez (10) acciones; Verificado el quórum reglamentario y por cuanto están presente la totalidad de los accionistas, y éstos están conformes en deliberar y decidir sobre los puntos del orden del día que se establezcan, se considera válidamente constituida la Asamblea, sin necesidad de convocatoria previa por la prensa, de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código de Comercio, aplicado analógicamente; por ende, se pasa a decidir sobre los siguientes puntos del orden del día: PRIMERO: Aumento del Capital de la Sociedad, y ajuste del valor nominal de la acción, modificando  la Disposición Segunda del documento Constitutivo. SEGUNDO: Tiempo de duración de la junta Directiva, modificando así la Disposición Cuarta. TERCERO: Duración del periodo del Comisario Modificando Así La Disposición Quinta  CUARTO: Nombramiento del Comisario y de la nueva Junta Directiva modificando las Disposiciones Finales del documento Constitutivo. En seguida la Asamblea entró a considerar el punto PRIMERO del orden del día, en el cual se propone y establece, por unanimidad, el Aumento del Capital Social de la Compañía que era de  cero con cuatro millonésimas (Bs 0,000004), según reconversiones monetaria del 4 de Agosto del año 2018 y 01 de Octubre del año 2021, representado en Cuatrocientas (400) acciones,  se decide aumentar el capital hasta la cantidad de Doscientos Mil   Bolívares con 00/100 céntimos (Bs 200.000,00), mediante el aporte por los accionista. En consecuencia, se emiten las mencionadas Cuatrocientas  (400) acciones, ajustando su valor nominal a Quinientos Bolívares con 00/100 Céntimos (Bs.500.00) cada una, equivalentes a Doscientos Mil Bolívares con 00/100 Céntimos (Bs 200.000,00), totalmente suscritas y pagadas; por lo tanto La Asamblea aceptó la propuesta, y decide por unanimidad su modificación definitiva; en consecuencia, la Disposición Segunda del documento Constitutivo queda redactada de la siguiente manera; “DISPOSICION SEGUNDA: DEL CAPITAL Y SUS ACCIONISTAS II.1- El Capital Social de la compañía es de Doscientos Mil Bolívares con 00 /100 Céntimos (Bs. 200.000,00), divididos en Cuatrocientas (400) acciones nominativas no convertidas al portador,  con un valor de Quinientos Bolívares con 00/100 céntimos (Bs 500,00) cada una. II.2- El Capital Social ha quedado suscrito y pagado de la manera siguiente: A) el accionista, PABLO ENRIQUE MUÑOZ DUARTE ha suscrito y pagado  totalmente Trescientas Noventa  (390) acciones, con un valor de Quinientos Bolívares con 00/100 céntimos (Bs 500,00) cada una, equivalentes a la cantidad de Ciento Noventa y Cinco Mil  Bolívares con 00/100 Céntimos (Bs. 195.000,00) lo que Representa el 97.5% del capital Social B) la accionista, LISBETH PATRICIA MUÑOZ RODRÍGUEZ ha suscrito y pagado totalmente  Diez (10) acciones, con un valor de Quinientos Bolívares con 00/100 céntimos (Bs 500,00) cada una, equivalentes a la cantidad de Cinco Mil  Bolívares con 00/100 Céntimos (Bs. 5.000,00) lo que Representa el 2.5% del Capital Social. Los accionistas han hecho los aportes correspondientes de dicha sociedad según consta en balance debidamente aceptado y firmado por los socios y certificado por un Contador Público colegiado, el cual se acompaña y forma parte integrante de este documento constitutivo estatutario. II.3 Las acciones son de igual valor, comunes e indivisibles con respecto a la sociedad, serán nominativas, no convertibles al portador y confieren a sus tenedores iguales derechos y obligaciones”. A continuación la Asamblea entró a considerar el punto SEGUNDO del orden del día, duración de la junta Directiva, se expone que en vista de que la actual Junta Directiva ha vencido en su periodo de Cinco (5) años, se proceda a la elección de la misma, y Aumentar su Duración a Diez (10) años, una vez debatida por la Asamblea y aprobada por unanimidad quedó redactada  la Disposición Cuarta del documento Constitutivo de la siguiente manera: “DISPOSICION CUARTA: DE LA ADMINISTRACIÓN. IV.1  la Sociedad será Administrada, regida y representada por un (1) Presidente y un (1) Vicepresidente, los cuales duraran Diez (10) años en sus funciones, puedes ser reelegidos, y podrán o no ser Accionistas de la Sociedad, los miembros de la Junta Directiva Continuaran en su cargo, terminando el periodo, hasta tanto tomen posesión los nuevos representantes. IV.2- El presidente y el vicepresidente, obrando en forma conjunta o separadamente, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición sin limitación alguna, y en particular las siguientes: cumplir y hacer cumplir las decisiones de la asamblea; establecer la política general de la sociedad, de acuerdo con los lineamientos, señalados por los estatutos y asamblea; la representación legal de la sociedad judicial o extrajudicial; comprar, vender, arrendar, hipotecar, ceder, permutar y dar en prenda toda clase de bienes, nombrar mandatarios y apoderados generales o especiales; celebrar toda clase de actos, contratos de cuentas corrientes y demás índoles bancarios; liberar, endosar, aceptar, descontar, cobrar y protestar letras de cambio y demás instrumentos, cambiarios o de crédito, aperturar y movilizar las cuentas bancarias de la sociedad, conceder avales y finanzas en negocios relacionados con el objeto de la empresa, demandar, contestar demandas reconvenir, convenir, desistir, transigir y comprometer en árbitros de cualquier clase hacer propuestas en remate, seguir los juicios en todos sus trámites, estados recursos e instancias; elaborar el informe anual que deberá ser presentado a la reunión ordinaria de la asamblea general de accionistas sobre las cuentas y negocios de la sociedad; otorgar y firmar todos los documentos públicos y/ o privados que sean necesarios en el ejercicio de sus funciones; y en general todas aquellas diligencias que se requieran para la defensa de los derechos e intereses de la sociedad, ya que las facultades y atribuciones enumeradas tienen carácter enunciativo y no limitativo; y las demás que señale el código de comercio, la ley y los estatutos inclusive aquellas que excedan de la simple administración”. Finalizado el segundo orden del día, la Asamblea entro a discutir el punto TERCERO: Duración del periodo del Comisario, una vez debatida por la Asamblea y aprobada por unanimidad quedó redactada y Modificada la Disposición Quinta  del documento Constitutivo estatutario  de  la siguiente manera: DISPOSICION QUINTA. LA INSPECCIÓN EJERCICIOS ECONÓMICOS, BALANCE Y UTILIDADES. V.1- La sociedad tendrá un comisario designado por la asamblea de accionistas para un período de cinco (5) años y hasta tanto sea reelegido o reemplazado, quién ejercerá las atribuciones señaladas en los artículos 309 al 311 del código de comercio. V.2- el primer ejercicio económico de la sociedad comprenderá desde la fecha de su inscripción en el registro de comercio hasta el 31 de diciembre de cada año. V.3- Al fin de cada ejercicio se procederá al cierre de cuentas y elaboraciones de los estados financieros: Ganancias y Pérdidas, y Balance General, de los cuales, revisados por el comisario servirán de fundamento para el informe anual a la asamblea considera procedente y del saldo de utilidades netas, se deducirá el cinco (5%) por ciento para un fondo de reserva hasta alcanzar un diez (10%) por ciento del Capital Social. Calculados los beneficios con deducciones de los gastos generados y diversos apartados, el saldo favorable será destinado y/o distribuido en la forma que disponga la Asamblea al decretar el respectivo dividendo.” Finalizado el tercer orden del día, la Asamblea entro a discutir el punto CUARTO: Nombramiento del Comisario y de la Nueva Junta Directiva, una vez debatida por la asamblea y aprobada por unanimidad quedó redactada las Disposiciones Finales del documento Constitutivo de la siguiente manera: “DISPOSICIONES FINALES: 1. La asamblea de accionistas reunida para otorgar la presente Acta Constitutiva y estatutos sociales. Designa como PRESIDENTE: al Ciudadano PABLO ENRIQUE MUÑOZ DUARTE y como VICEPRESIDENTE: a la ciudadana LISBETH PATRICIA MUÑOZ RODRÍGUEZ, la asamblea designó como comisario a la licenciada KARLENIS CAROLINA FUENTES VIÑA venezolana, mayor de edad, casada,  titular de la cédula de identidad N° V-13.924.832, Contador Público, inscrito en el Colegio de Contadores Públicos de Venezuela bajo el Numero de C.P.C 172.136; quienes estando presente aceptaron sus respectivos cargos; todo lo no previsto en la presente Acta Constitutiva, se procederá conforme a las disposiciones aplicables del Código de Comercio, y en su defecto, por las leyes y reglamentos que sean aplicables.” la Asamblea acordó autorizar a la ciudadana DOMITZA ALEJANDRA ANGULO ALCALÁ, antes identificada, para que, en su carácter de Contadora de la compañía, certifique la copia del  acta de la presente Asamblea Extraordinaria  de Accionistas y haga la correspondiente participación de lo aquí decidido al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, a los fines de su  inscripción e inserción en los libros de registro de comercio llevados en el Registro Mercantil que lleva dicho Juzgado, y solicite las copias certificadas necesarias para su publicación. Finalmente, habiéndose agotado el orden del día y no habiendo otro punto que tratar, se levantó la sesión y se redactó la presente acta que firman los socios: PABLO ENRIQUE MUÑOZ DUARTE Y LISBETH PATRICIA MUÑOZ RODRÍGUEZ. Certificación que expido en la ciudad de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre a la Fecha de su presentación. Fdo.

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PABLO E. MUÑOZ DUARTE.

C.I. V-6.137.050

 

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LISBETH P. MUÑOZ R.

C.I. V-22.782.101

 

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-

ABOGADO: SUSANA GARCIA DE MALAVE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N°6.956.403 y domiciliada en Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Agrario Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. CERTIFICA: Que las copias fotostáticas que anteceden son traslados fieles y exactos de sus originales, relacionados con la Sociedad Mercantil “MULTI-INVERSIONES Y SERVICIOS HERMANOS MUÑOZ, C.A.INVERSIONES TONY C.A.” , Inserta bajo el Nº 3 Folios 27 al 35 Tomo No.1-A, Segundo Trimestre, llevado en este Tribunal durante el corriente año 2023, dichas copias fueron elaboradas por el ciudadano: ARACELIS MARTINEZ persona autorizada y quien junto conmigo la suscribe a objeto de dar cumplimento con lo establecido en el Artículo 226 del Código de Comercio. Carúpano 15 de Mayo del año 2023.Fdos

La Juez,

Abog. Susana G de Malavé

                       Persona Autorizada,

ARACELIS MARTINEZ      

Asistente II