ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA EMPRESA “PANADERÍA Y PASTELERÍA EL LÍDER C.A.”
CIUDADANO:
JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO, MARÍTIMO Y BANCARIO DEL
SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
SU DESPACHO.
Yo, LUIS ALBERTO
BRAVO VILLARROEL, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad N°
V-13.273.586, mayor de edad, soltero, de profesión abogado e inscrito en el
inpreabogado bajo el N°: 271.309, y de este domicilio, plenamente autorizado
para este acto tal y como se hace constar en acta que acompaño a este escrito,
ante Usted, con el debido respeto ocurro
para exponer: A los fines de su inscripción en los libros correspondientes,
acompaño el Acta de la Asamblea General Extraordinaria, celebrada en fecha 20
de Abril del año 2023, de la Sociedad Mercantil
“PANADERÍA Y PASTELERÍA EL LÍDER C.A.” debidamente inscrita por ante el
Registro Mercantil llevado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil,
Mercantil, Transito, Agrario y Bancario
del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, inserta
bajo el N° 84, folios 681 al 687, Tomo Nº 1-B, tercer Trimestre del año
2019, en la que se trato lo siguiente: PRIMER PUNTO: Corrección del domicilio
fiscal de la Compañía Anónima “PANADERÍA Y PASTELERÍA EL LÍDER C.A.” en
consecuencia se modifico la CLAUSULA SEGUNDA del Acta Constitutiva; SEGUNDO
PUNTO: Corrección de un error
involuntario en la CLAUSULA TERCERA que corresponde al objeto de la compañía;
TERCER PUNTO: Aumento del capital
social de la Compañía Anónima “PANADERÍA
Y PASTELERÍA EL LÍDER C.A.” y en tal sentido se reforma la CLAUSULA CUARTA; CUARTO
PUNTO: Se modifica la CLAUSULA SEXTA
para extender la duración de la compañía de diez (10) años a cincuenta (50) años; QUINTO PUNTO: se modifica la CLAUSULA SÉPTIMA para extender
de cinco (5) años a diez (10) años la
administración de la Compañía Anónima “PANADERÍA Y PASTELERÍA EL LÍDER C.A.”;
SEXTO PUNTO: Se hace nombramiento del nuevo comisario y por tal razón se
modifica la CLAUSULA DECIMO QUINTO del Acta Constitutiva. Solicito de Ud. se
sirva ordenar la inscripción, fijación y publicación de acuerdo con las
disposiciones del artículo 19 numeral 9 del Código de Comercio, e igualmente
solicito se me expidan copias
certificadas de la presente participación.
En la ciudad de Carúpano
a la fecha de su presentación.
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LUIS
ALBERTO BRAVO VILLARROEL
C.I:
13.273586
JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL
SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano 03 de Mayo
del año 2023.
213º
y 163º
Por presentado el anterior documento por su
Firmante, para su inscripción en el Registro Mercantil y fijación
correspondiente. Hágase de conformidad
archívese el original. El anterior documento redactado por el abogado LUIS BRAVO
inscrito en el Inpreabogado bajo el No 271.309 el cual se inscribe en el
Registro de Comercio bajo el Nº 72
folios 602 AL 609 Tomo Nº 1, Segundo Trimestre.- La identificación se efectuó así: LUIS ALBERTO BRAVO VILLARROEL,
titular de la
cedula de identidad No V-13.273.586 inserción
fue hecha por: LOURDES CAMPOS (asistente
II). Fdo.
La Juez,
Abog Susana G de Malavé
La
Secretaria,
Abg. Francis Vargas
ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE
ACCIONISTAS DE LA EMPRESA “PANADERÍA Y PASTELERÍA EL LÍDER C.A.”
Quien
suscribe, EHAB KAMAL BENI CHAMSI MUFLEH, venezolano, titular de la cédula de
identidad N°V-21.130.352, soltero, mayor de edad, Registro de Información
Fiscal (RIF):V-211303529, comerciante y de este domicilio, actuando en mi
carácter de Presidente de la Compañía Anónima “ PANADERÍA Y PASTELERÍA EL LÍDER
C.A.”, cuyo Registro de Información Fiscal (RIF) es J-413128705, y debidamente
Inscrita por ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, en fecha 25 de septiembre del año 2019, quedando
inscrita bajo el N° 84, folios 681 al 687, tomo N° 1-B, tercer trimestre;
CERTIFICO: que la presente acta es copia fiel y exacta de su original, la cual
se encuentra inserta en el libro de actas de asamblea, de fecha 20 de Abril del
año 2023 y que es del tenor siguiente:
ACTA
DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE FECHA 20 DE ABRIL DEL AÑO
2023.
En el
día de hoy 20 de Abril del año 2023, siendo las 5:30 pm se reunieron en la sede
de la empresa “ PANADERÍA Y PASTELERÍA EL LÍDER C.A.”, cuyo Registro de
Información Fiscal (RIF) es J-413128705, y debidamente Inscrita por ante el
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y
BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE,
en fecha 25 de septiembre del año 2019, quedando inscrita bajo el N° 84, folios
681 al 687, tomo N°1-B, tercer trimestre, ubicada en la calle Libertad N°36,
Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; los socios EHAB
KAMAL BENI CHAMSI MUFLEH, venezolano, titular de la cedula de identidad
N°:V-21.130.352, soltero, mayor de edad, comerciante, cuyo Registro de
Información Fiscal (RIF) es V-211303529, propietario de NOVECIENTAS CINCUENTA
(950) acciones; y NEIF CAMAL BENI CHAMSI MUFLEH, venezolano, titular de la
cedula de identidad N°:V-20.220.316, soltero, mayor de edad, comerciante, cuyo
Registro de Información Fiscal (RIF) es V-202203163, propietario de CINCUENTA
(50) acciones; quienes representan el cien por ciento (100%) del Capital
Social, por lo que se prescinde de la convocatoria, y se procedió a
constituirse válidamente en Asamblea General Extraordinaria de Accionistas. No
habiendo objeción sobre el orden del día, acto seguido se pasa a deliberar:
PRIMER PUNTO: Toma la palabra el
Presidente EHAB KAMAL BENI CHAMSI MUFLEH quien propone corregir la dirección
fiscal de la Compañía Anónima ”PANADERÍA Y PASTELERÍA EL LÍDER C.A.” ya que en
el Acta Constitutiva en la CLAUSULA SEGUNDA se señalo el numero catastral de
forma incorrecta, colocándose el N°36, cuando el correcto es el N°136, se
somete a consideración de la plenaria este punto y se aprobó por unanimidad la
corrección, quedando redactada así; CLÁUSULA SEGUNDA: Su domicilio se encuentra
ubicado en la ciudad de Carupano, calle Libertad N°136, local N°2, Parroquia
Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; SEGUNDO PUNTO: Se propone
sustituir la palabra “ ESPECIES” de la CLAUSULA TERCERA DEL Acta Constitutiva
ya que esa palabra no corresponde al objeto de la empresa, creando en sí misma
una distorsión del objeto de la actividad, por tal razón se solicita sea sustituida
por la palabra “ESPECIAS” que si guarda
relación con el objeto principal, se somete este punto a votación y es aprobado
de forma unánime, quedando redactada así; CLÁUSULA TERCERA: La compañía tendrá
por objeto fundamental la compra y venta, al mayor y al detal, importación,
exportación, distribución, de todo tipo de productos de panadería, pastelería,
charcutería, confitería, dulcería, cafetería y bebidas gaseosas. Así como la
compra y venta, comercialización y distribución de artículos para supermercado
tales como; víveres, mercancía seca, embutidos, productos cárnicos, aves,
pescados, frutos del mar, productos artesanales, lácteos, enlatados, cacao,
especias, granos, agua potable, tubérculos, hortalizas, frutas, legumbres,
bolsas plásticas, artículos de aseo e higiene personal, repostería, víveres en
general y cualquier otra actividad de
licito comercio que guarde o no relación con el objeto principal de la sociedad. Pudiendo establecer agencias
o sucursales en cualquier parte del territorio de la República Bolivariana de
Venezuela y en el exterior. TERCER PUNTO: Se propone la imperiosa necesidad de
aumentar el capital social de la Compañía Anónima “PANADERÍA Y PASTELERÍA EL
LÍDER C.A.” a la cantidad de CIEN MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs.100.000) divididos
en MIL (1000) acciones con un valor nominal de CIEN BOLÍVARES EXACTOS (Bs.100)
cada una, dado el caso que debido a la ultima reconversión monetaria ordenada
por el presidente de la República mediante el Decreto N° 4.553, publicado en la
Gaceta Oficial N° 42.185, el día 6 de agosto del año 2021, el valor del capital
social de la compañía que era de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES (Bs.10.000.000), paso al valor actual de DIEZ
BOLÍVARES (Bs.10) y las acciones que tenían un valor nominal de DIEZ MIL
BOLÍVARES (Bs.10.000) cada una, pasaron al valor actual de CERO CON UNA CENTÉSIMAS DE BOLÍVARES (Bs.0,01), en tal sentido, puesta a
votación la propuesta fue aprobada por unanimidad, quedando modificada la
CLAUSULA CUARTA del Acta Constitutiva de la siguiente forma; CLAUSULA CUARTA:
El capital social de la compañía es de CIEN MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs.100.000)
dividido en MIL (1000) acciones nominativas y no convertibles al portador con
un valor nominal de CIEN BOLÍVARES EXACTOS (Bs.100) cada una, las cuales han sido
suscritas y pagadas de la siguiente forma: el socio EHAB KAMAL BENI CHAMSI
MUFLEH suscribe y paga NOVECIENTAS CINCUENTAS (950) acciones, por un valor de
NOVENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES (Bs.95.000), equivalentes al NOVENTA Y CINCO POR
CIENTO (95%), y el socio NEIF CAMAL BENI CHAMSI MUFLEH suscribe y paga
CINCUENTA (50) acciones, por un valor de CINCO MIL BOLÍVARES (Bs.5.000),
equivalentes al CINCO POR CIENTO (5%), representadas en bienes que se
especifican en el balance que se acompaña aprobado y firmado por los
accionistas. CUARTO PUNTO; Se propone extender la duración de la compañía que
actualmente según la CLAUSULA SEXTA del Acta Constitutiva es de DIEZ (10) años
a un periodo de tiempo de CINCUENTA (50) años, se somete a votación este punto
y se aprueba por mayoría absoluta, quedando redactada así; CLAUSULA SEXTA: La
duración de la compañía será de CINCUENTA (50) años, contados a partir de su
inscripción en el Registro Mercantil, plazo que será prorrogado o disminuido
según lo decida la Asamblea General. QUINTO PUNTO: Se propone extender el
tiempo de la administración de CINCO (5) años a DIEZ (10) años; se somete a
votación este punto y se aprueba de manera unánime la modificación, quedando
así el contenido la CLAUSULA SÉPTIMA: La administración de la Compañía estará a
cargo de un Presidente y un Vicepresidente que serán designados por la Asamblea
General de Accionistas y deberán ser socios de la compañía quienes
representaran y obligaran a la sociedad frente a terceros, siendo particulares
responsables de la empresa. Duraran DIEZ (10) años en el ejerció de sus
funciones, pero continuaran en el ejercicio de sus cargos al vencimiento
respectivo con sus mismas atribuciones y facultades hasta tanto entren en
posesión de sus cargos las personas que los sustituirán, antes de tomar
posesión de sus cargos deberán depositar TRES (3) acciones en la caja social de
la Compañía a los fines previstos en el Artículo 244 del Código de Comercio.
SEXTO PUNTO: Se propone para ocupar el cargo de comisario de la Compañía Anónima
“ PANADERÍA Y PASTELERÍA EL LÍDER C.A.”, a la ciudadana ENGRIS DEL VALLE ROJAS
OLIVEROS, venezolana, titular de la cedula de identidad N°V-21.011.254, mayor
de edad, de este domicilio y CPC: 131.480; discutida esta propuesta, se da la
aprobación de la mayoría absoluta y se modifica la CLAUSULA DECIMA QUINTA
quedando redactada así; CLAUSULA DECIMA QUINTA: Se hacen los siguientes
nombramientos; el ciudadano EHAB KAMAL BENI CHAMSI MUFLEH como Presidente y el
ciudadano NEIF CAMAL BENI CHAMSI MUFLEH como Vicepresidente y se designa para
ocupar al cargo de comisario a la ciudadana ENGRIS DEL VALLE ROJAS OLIVEROS,
titular de la cedula de identidad N° V-21.011.254, CPC: 131.480. Sin más que
agregar los socios dan por culminada la asamblea y deciden levantar el acta correspondiente a la
presente Asamblea y así certificar una (1) copia de la misma para su
Inscripción y publicación ante el respectivo Registro Mercantil. Se autoriza
amplia y suficientemente al ciudadano LUIS ALBERTO BRAVO VILLARROEL,
venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-13.273.586, mayor de edad,
soltero, Abogado bajo el N° 271.309, y
de este domicilio, para que realice la respectiva participación ante el Registro Mercantil correspondiente.
No habiendo nada más que tratar, se declara por terminada la presente reunión y en señal de
conformidad firman los presentes.
EHAB KAMAL BENI CHAMSI MUFLEH
C.I: V-20.220.316
NEIF CAMAL BENI CHAMSI MUFLEH
C.I: V-20.220.316
JUZGADO DE PRIMERA
INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO
CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
ABOGADO: SUSANA GARCIA
DE MALAVE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad
N°6.956.403 y domiciliada en Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, Juez
Titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito,
Agrario Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado
Sucre. CERTIFICA: Que las copias fotostáticas que anteceden son traslados
fieles y exactos de sus originales, relacionados con la Sociedad Mercantil “
PANADERÍA Y PASTELERÍA EL LÍDER C.A.” , Inserta bajo el Nº 72 Folios 602 al 609
Tomo No.1, Segundo Trimestre, llevado en este Tribunal durante el corriente año
2023, dichas copias fueron elaboradas por el ciudadano: LOURDES CAMPOS persona autorizada y quien junto conmigo la
suscribe a objeto de dar cumplimento con lo establecido en el Artículo 226 del
Código de Comercio. Carúpano 03 de Mayo del año 2023.Fdos
La
Juez,
Abog. Susana G de Malavé
Persona Autorizada,
LOURDES CAMPOS
Asistente II