ACTA CONSTITUTIVA Y ESTATUTARIA DE LA EMPRESA “BUFFALO” COMPAÑÍA ANONIMA”.-

JUEZ DE  PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL  DEL     SEGUNDO     CIRCUITO     DE      LA    CIRCUNSCRIPCIÓN     JUDICIAL    DEL     ESTADO    SUCRE.

SU DESPACHO.-

Yo, MARIANELLA BOLIVAR A., venezolana, mayor de edad, soltera, Abogada en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A. bajo el n°: 49.927, titular de la Cédula de Identidad n°: V-9.458.495 y de este domicilio procesal, ante usted respetuosamente ocurro debidamente autorizada en el Artículo Vigésimo, de los Estatutos de la Empresa Mercantil “BUFFALO” COMPAÑÍA ANONIMA, para presentarle Acta Constitutiva y Estatutos Sociales de la mencionada Compañía, a fin de que se sirva ordenar su inscripción y registro en este despacho a su digno cargo. Igualmente acompaño Informe de Inventario de Bienes que acredita el pago en su totalidad del Capital Suscrito de la Compañía y Carta de Aceptación del Comisario. Le hago la presente participación a los fines previstos en el Articulo 215 del Código de Comercio, con el ruego de que una vez, que sean cumplidas las formalidades de Ley, se sirva  expedirme una (1) copia certificada de dicha Acta Constitutiva y Estatutos Sociales, con inserción del Auto que las provea a los fines de la publicación de Ley. En Carúpano a la fecha de su presentación.- Fdo.

 

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.

Carúpano 21 de Noviembre del año 2023.

213º y 163º

Por presentado el anterior documento por su Firmante, para su inscripción en el Registro Mercantil y fijación correspondiente. Hágase de conformidad  archívese el original. El anterior documento redactado por el abogado               Marianella Bolívar inscrito en el Inpreabogado bajo el No 49.927 el cual se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Nº 43 folios 379 AL 388 Tomo Nº 1-A, Cuarto Trimestre.- La  identificación se efectuó así: Marianella Bolívar A. titular de la cedula de identidad No V-9.458.495  inserción fue hecha por: DAMERIS RONDON (asistente II). Fdo.

La Juez,

Abog  Susana G de Malavé

 

La Secretaria,

Abg. Francis Vargas

 

 

 

 

 

ACTA CONSTITUTIVA Y ESTATUTOS “BUFFALO” COMPAÑÍA ANONIMA”.-         

Nosotros,  LUIS EDUARDO GONZALEZ  BOLIVAR  y  ELIAS  JERGIS  AWAD, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las Cédulas de Identidad  Nros: V-25.098.559   y  V-21.349.963   respectivamente y ambos  de  este  domicilio, declaramos:  Que  hemos  convenido  en constituir  como  en  efecto lo  hacemos  una Sociedad  Mercantil, bajo la forma de Compañía Anónima, la cual se regirá por el Código de Comercio y por la presente Acta Constitutiva, redactada con suficiente amplitud, para que sirva a la vez de Estatutos Sociales de la Compañía  y de acuerdo a los siguientes Artículos:

TÍTULO I.- DENOMINACIÓN, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN

ARTICULO PRIMERO: La sociedad se denominará “BUFFALO” COMPAÑÍA ANONIMA”.- SEGUNDO: El Objeto de la Sociedad es todo lo relacionado  con  el servicio de Restaurant y Catering, elaboración de  comidas  nacionales  e  internacionales, elaboración de comidas rápidas, elaboración de postres, dulces, pasapalos, venta de licores por tragos y por servicio, bebidas  gaseosas, jugos, pudiendo funcionar como salón de baile y/o salón de juegos, en fin todo tipo de negociaciones de lícito comercio, conexa o afín con la mencionada actividad.- ARTICULO TERCERO: La Compañía tendrá su  domicilio en la Calle Acosta y Calle Carabobo, CENTRO  COMERCIAL CRISTAL,Segundo Nivel (primer piso),local B-26,Carúpano, Municipio Bermúdez,Estado Sucre,pero podrá establecer oficinas, agencias, sucursales o dependencias en cualquier lugar dentro y fuera de la República Bolivariana de Venezuela.- ARTÍCULO CUARTO: La Sociedad tendrá, una duración de Veinte (20) años,  contados  a  partir  de  la fecha de inscripción de   este    Documento    en    el    Registro Mercantil, sin embargo  podría  ser  aumentada o disminuida a juicio de una Asamblea Extraordinaria o General de Accionistas. TÍTULO II.  CAPITAL SOCIAL, ACCIONES Y ACCIONISTAS.-ARTICULO  QUINTO: El Capital Social de la Compañía es de CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES  CON CERO CENTIMOS (Bs. 400.000,°°), dividido en Cuarenta  (40) Acciones comunes nominativas, con un valor nominal de DIEZ MIL  BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS  (Bs. 10.000,oo)  cada una, las cuales han sido suscritas y pagadas en su totalidad, según se evidencia de  Inventario General de Bienes, que  se anexa.- ARTICULO   SEXTO: El Capital ha sido suscrito y pagado en su totalidad de la siguiente manera el socio LUIS EDUARDO GONZALEZ BOLIVAR, suscribe y paga la cantidad de  VEINTE ACCIONES  con un valor nominativo de  DIEZ  MIL  BOLÍVARES  (Bs. 10.000,°°) cada una, para un total de DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES  CON  CERO CENTIMOS (Bs. 200.000,°°) y el Socio:   ELIAS   JERGIS  AWAD, suscribe  y  paga  la  cantidad  de VEINTE  ACCIONES  (20)  con un valor nominativo  de   DIEZ   MIL  BOLÍVARES  (Bs. 10.000,°°) cada una, para  un  total de DOSCIENTOS  MIL  BOLÍVARES  CON  CERO  CENTIMOS (Bs. 200.000,°°) para un total de Capital Social de     CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 400.000,°°).- ARTICULO SEPTIMO: Las acciones serán nominativas y en ningún caso podrán convertirse en acciones al portador. Las Acciones de la Compañía dan a los Socios iguales derechos y cada una de ellas representan un voto en la Asamblea General de Accionistas  y su propiedad se comprobara mediante inscripción en el libro de Accionistas. La Cesión de Acciones, así como la transferencia se efectuara mediante lo establecido en el Artículo 317 del Código de Comercio.-TÍTULO III. DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMPAÑÍA.- ARTICULO OCTAVO: El primer ejercicio económico de la Compañía comenzará el día siguiente de su inscripción en el Registro Mercantil y cerrará el día Treinta y Uno  (31) de Diciembre   del  mismo año. Los ejercicios económicos sucesivos, comenzarán el día Primero (1°)  de Enero de cada año y terminarán el día treinta  y  uno (31) de Diciembre del mismo año.- ARTICULO NOVENO:  La dirección y administración estará a cargo de  un  PRESIDENTE Y UN VICE-PRESIDENTE, quienes  deberán ser  Accionistas.  Al   tomar  posesión de sus  cargos  y  a  los  efectos de  lo  dispuesto en el Artículo  244   del   Código   de  Comercio, depositarán  en  la  caja  social, tres  (3)  acciones.-ARTICULO   DÉCIMO: EL  PRESIDENTE  y  EL VICE-PRESIDENTE, durarán  tres  (3) años en el ejercicio  de  sus funciones   pudiendo   ser  reelegidos  y  en  todo  caso, continuarán en sus cargos hasta ser reemplazados en una nueva elección.-ARTICULO  DÉCIMO  PRIMERO: EL  PRESIDENTE  y  EL VICE-PRESIDENTE, tendrán las más altas facultades de administración, disposición y supervisión de la sociedad, sin limitación ni reserva  alguna  y  actuaran  conjuntamente  y / o separadamente y entre otras  atribuciones  tendrán las siguientes: a) resolver sobre las operaciones mercantiles de toda índole, que correspondan al giro de la Compañía con facultades de disposición para la enajenación y gravamen de sus bienes; b)nombrar, contratar, remover empleados, obreros y determinar sus remuneraciones, c)nombrar mandatarios judiciales y de toda índole atribuyéndoles las facultades que crea conveniente para la mejor defensa de los derechos e intereses de la Compañía; d)solicitar pagares ante Instituciones Bancarias emitir, aceptar, endosar y protestar letras de cambio, cheques y otros efectos de comercio; e) autorizar el otorgamiento de poderes generales y de poderes especiales para la representación de la compañía en juicios y para determinados asuntos que así lo requieren y autorizar la revocación de dichos poderes; f)Cumplir decisiones y acuerdos de la Asamblea General de Accionistas. ARTICULO DÉCIMO  SEGUNDO: Las facultades y atribuciones, anteriormente enunciadas no son restrictivas y por lo tanto no limitan los poderes de  EL  PRESIDENTE  y  EL VICE-PRESIDENTE.- TÍTULO IV: DE LAS ASAMBLEAS.   ARTICULO   DÉCIMO      TERCERO:    Las Asambleas Generales serán Ordinarios y Extraordinarios. Las Asambleas Ordinarias de Accionistas se reunirán al menos una (1) vez al año dentro de los meses siguientes al cierre del ejercicio económico anual, que comenzara el Primero de Enero y finalizara el 31 de Diciembre de cada año. El primer ejercicio económico de la Compañía comenzara en la fecha de inscripción en el Registro Mercantil y finalizara el 31 de Diciembre del año en que ocurra la inscripción. Las convocatorias para las Asambleas Ordinarias, se practicaran mediante aviso por la prensa o comunicación escritas dirigida a los socios, por lo menos con ocho (8) días de anticipación a la celebración de la Asamblea. Cada vez que lo requiera el interés de la Compañía, se celebraran Asambleas Extraordinarias y su convocatoria se hará vía telefónica.-ARTICULO DÉCIMO CUARTO: La asamblea de accionistas se reunirá en el domicilio social de la Compañía, las ordinarias en cualquier día del mes de Febrero de cada año; las extraordinarias   cada vez que lo reclame los interesados de la Compañía, a juicio de la Junta Directiva. La Suprema decisión de los asuntos de la Compañía, corresponde a la Asamblea General de Accionistas, la cual tendrá las facultades derivadas de las disposiciones legales y de la presente Acta Constitutiva y en especial la designación del Comisario de la Compañía, la aprobación, discusión, modificación o rechazo del balance de las cuentas, con vista del informe del comisario de la Compañía la creación de apartados especiales para reservas, diversos fines, así como la utilización  de dichos fondos, la aprobación de los dividendos a distribuir y la resolución en general de cualquier asunto sometido a su consideración.  Las Asambleas no podrán considerarse válidamente constituidas si no están presentes en la sesión más del Cincuenta y Un Por Ciento (51%) del Capital Suscrito. Todas las decisiones de la Asamblea de Accionistas deberán ser tomadas por mayoría absoluta de votos. Dichas decisiones obligan a los Socios no presentes en la Asamblea. E n caso de modificaciones del Acta Constitutiva se requerirá una mayoría   que represente por lo menos a las tres cuartas (3/4) partes del capital social. Igualmente son atribuciones especiales de la Asamblea General de accionistas: a) Examinar, aprobar o improbar el Balance General del informe de los directores y del Comisario; b) acordar el reparto de dividendos y utilidades; c) modificar el Documento Constitutivo; d) Designar la Junta Directiva, el Comisario y sus suplentes; e) las demás que le señalen el Documento Estatutario, así como las previsiones legales pautadas en el Código de Comercio. ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: La Compañía tendrá un (1) Comisario el cual durará en sus funciones  Cinco  Años  (5)  años y las ejercerá conforme a lo previsto en el Código de Comercio Vigente.- ARTICULO  DÉCIMO  SEXTO: La contabilidad de la Compañía, llenará los requisitos previsto por la Ley realizando el Corte de Cuentas, el treinta y  uno (31) de Diciembre de cada año.-.-TÍTULO V: BALANCE Y REPARTO  DE   DIVIDENDOS: ARTICULO DÉCIMO SEPTIMO: El día 31 de Diciembre de cada se cortaran las cuentas del ejercicio comercial de la Compañía, se practicara inventario y se elaborara el balance contable. El último será sometido a la consideración del Comisario para su ulterior examen de la Asamblea. En cada ejercicio se hará un apartado equivalente al cinco (5) por ciento de los Beneficios para la formación del Fondo de Reserva de la Compañía, hasta alcanzar el Diez por Ciento (10%) del Capital suscrito de la misma. Así mismo, se acordaran los demás apartados previstos en la ley ordenados por la Asamblea de Socios, calculados los beneficios con deducción de los gastos generales y diversos apartados, el saldo favorable será distribuido en la forma que disponga la Asamblea al decretar el respectivo dividendo.-ARTICULO  DECIMO  OCTAVO: Se hacen los siguientes nombramientos como PRESIDENTE: LUIS EDUARDO GONZALEZ  BOLIVAR, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad n°: V-25.098.559 y  VICE-PRESIDENTE: ELIAS JERGIS  AWAD, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad n°:V-21.349.963  y  ambos  de  este domicilio. Se designa para ocupar el cargo de COMISARIO al ciudadano: NOEL   JESÚS  RODRIGUEZ  RODRIGUEZ, cédula de identidad n°: V-14.063.063  y  debidamente inscrito en el C.P.C., bajo el n°: 99.252, por un lapso de tres (3) Años.-ARTICULO DECIMO NOVENO: En lo no previsto en este documento, se aplicarán las disposiciones contenidas en el Código de Comercio y demás Leyes del país.-ARTICULO VIGÉSIMO: Queda autorizada la socia la ciudadana  MARIANELLA BOLIVAR AMARISTA, venezolana, mayor de edad, Abogada en ejercicio inscrita en el IPSA bajo el n°. 49.927, titular de la cedula de identidad n°: V- 9.458.495 y de este domicilio procesal, para hacer la participación correspondiente, ante el Registro Mercantil y todas las gestiones necesarias por ante el SENIAT para todo lo referente a cualquiera de  los tramites que sean necesarios y pertinentes  realizar en ese organismo, tales como el RIF y otros.- DECLARAMOS   BAJO   JURAMENTO   DE   FE: Que el Capital aportado por nosotros a esta Compañía proceden de actividades legítimas, lo cual puede ser corroborados por los Organismos Competentes y no tiene relación alguna con dinero, capitales, bienes, haberes, valores o títulos que se consideren producto de actividades o acciones ilícitas contempladas en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo y/o Ley Orgánica de Drogas. En Carúpano a la fecha de su presentación.-

 

 

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-

ABOGADO: SUSANA GARCIA DE MALAVE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N°6.956.403 y domiciliada en Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Agrario Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. CERTIFICA: Que las copias fotostáticas que anteceden son traslados fieles y exactos de sus originales, relacionados con la Sociedad Mercantil “BUFFALO, C.A.”, Inserta bajo el Nº 43 Folios 379 al 388 Tomo No.1-A, Cuarto Trimestre, llevado en este Tribunal durante el corriente año 2023, dichas copias fueron elaboradas por el ciudadano: DAMERIS RONDON persona autorizada y quien junto conmigo la suscribe a objeto de dar cumplimento con lo establecido en el Artículo 226 del Código de Comercio. Carúpano 21  de NOVIEMBRE del año 2023.Fdos

La Juez,

Abog. Susana G de Malavé

                       Persona Autorizada,

DAMERIS RONDON        

Asistente II