FIRMA PERSONAL“CUSTOM STAMPING CREACIONES TEXTILES, WILMARWIL. F.P.”

 

Ciudadana:

Jueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre-Carúpano.

Su despacho.-

Yo, WILMARWIL JOSE RODRIGUEZ OBANDO, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-21.541.858 y titular del Registro de Información Fiscal Nº V-21.541.858-4, comerciante, de este domicilio, propietario de la Firma Personal, “CREACIONES TEXTILES DIOS ES AMOR, WILMARWIL. F.P.”, ocurro muy respetuosamente con la finalidad de exponer lo siguiente: En fecha cinco (05) de Abril del año 2022, quedo inscrita con el nombre: “CREACIONES TEXTILES DIOS ES AMOR, WILMARWIL. F.P.”, en el Registro Mercantil llevado por el Juzgado De Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, anotado bajo el Nº 12, Folios 79-83, Tomo 1 del segundo Trimestre del año 2022. Punto Único: Cambio de Razón Social y Modificación de la Cláusula.- Punto Único: Manifiesto la conveniencia de cambiar la razón social de mi firma personal, proponiendo que se adoptara como nuevo nombre de la firma el siguiente “CUSTOM STAMPING CREACIONES TEXTILES, WILMARWIL. F.P.” En este mismo punto la necesidad de ajustar los cambios realizados a la referida cláusula, así pues se acuerda la modificación de la cláusula primera de los estatutos, la cual a partir de hoy quedara redactada así:……................................

PRIMERA: La Firma personal de WILMARWIL JOSE RODRIGUEZ OBANDO, se denomina “CUSTOM STAMPING CREACIONES TEXTILES, WILMARWIL. F.P.”…………………

De tal manera se agota el punto único……………………………………

Y yo WILMARWIL JOSE RODRIGUEZ OBANDO: declaro bajo fe de juramento, que el capital, bienes, haberes, valores o títulos del acto jurídico otorgado a presente fecha, proceden las actividades de comercio lícito, pueden ser corroborado por los organismos competentes y no tiene relación alguna con actividades, acciones  o  hechos,  a  su  vez  los  fondos  de  este acto, tendrán  un  destino  licito. Tramito el cambio de razón social por ante este despacho a su cargo, solicito se me expida una (01) copia certificada de la presente participación y del auto que recaiga a los fines de su respectiva publicación. Fdo.

___________________________

WILMARWIL RODRIGUEZ

 

 

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.

Carúpano 07 de Agosto del año 2023.

213º y 163º

Por presentado el anterior documento por su Firmante, para su inscripción en el Registro Mercantil y fijación correspondiente. Hágase de conformidad  archívese el original. El anterior documento redactado por el abogado VANESSA MILLAN inscrito en el Inpreabogado bajo el No 193.502  el cual se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Nº 87 folios744 - 745 Tomo Nº 1, Tercer Trimestre.- La identificación se efectuó así: WILMARWIL JOSE RODRIGUEZ OBANDO, titular de la cedula de identidad N° V-21.541.858  inserción fue hecha por: LOURDES CAMPOS (asistente II).

La Juez

Abog  Susana G de Malavé

La Secretaria,

Abg Francis Vargas

 

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-

ABOGADO: SUSANA GARCIA DE MALAVE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N°6.956.403 y domiciliada en Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia en lo civil, mercantil, transito, agrario y bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. CERTIFICA: Que las copias fotostáticas que anteceden son traslados fieles y exactos de sus originales, relacionados con la Firma Personal de WILMARWIL JOSE RODRIGUEZ OBANDO, bajo la denominación comercial de “CREACIONES TEXTILES DIOS ES AMOR, WILMARWIL F.P.”, inserta bajo el N° 87 Folios 744- 745 Tomo No.1, Tercer Trimestre, llevado en este Tribunal durante el corriente año 2023, dichas copias fueron elaboradas por el ciudadano; LOURDES CAMPOS persona autorizada  quien junto conmigo la suscribe a objeto de dar cumplimiento con lo establecido en el Articulo 226 del Código de Comercio, Carúpano, 07 de Agosto del año 2023

La Juez

Abog  Susana G de Malavé

Persona Autorizada

Lourdes Campos

Asistente II