RE-IMPRESION DEL ACTA CONSTITUTIVA Y ESTATUTARIA DE LA COMPAÑÍA “INVERSIONES REALZA CA”
CIUDADANA
JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Su
Despacho. -
YO,
FREDY REAL RIVERA, venezolano. mayor de edad.
Casado. comerciante, titular de la Cédula de Identidad No.3.136.257 y domiciliado en Carúpano procediendo en
este acto con el carácter de presidente de la empresa mercantil de mi domicilio
"INVERSIONES
REALZA, C.A.”; ante Ud., con la venia de estilo acudo y expongo:
Para
fines que son del interés de la compañía que represento, solicito de Ud muy respetuosamente,
se sirva ordenar la Inscripción, Registro y Publicación de la indicada empresa:
“INVERSIONES REALZA CA” de la cual presento y
acompaño constante de Tres (3) folios útiles, así mismo, presento y acompaño su
“Informe de Preparación” y su "Balance de Apertura; y de igual manera.
presento y acompaño el documento o Carta de aceptación del cargo de Comisario,
suscrito debidamente por el Licenciado: CARLOS RODRIGUEZ MARCANO.
Pido
que a la presente solicitud se le dé el curso legal correspondiente y que, una
vez cumplidas todas las formalidades de Ley, se me expidan las Copias Certificadas
de rigor.
Justicia.
Carúpano, 07 de Febrero del 2.003.-
JUZGADO DE PRIMERA
INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y DEL TRABAJO DEL SEGUNDO
CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano 28 de FEBRERO
del año 2003.
192º y 143º
Por presentado el
anterior documento por su Firmante, para su inscripción en el Registro
Mercantil y fijación correspondiente. Hágase de conformidad archívese el
original. El anterior documento redactado por el abogado JACOBO RODRIGUEZ inscrito
en el Inpreabogado bajo el No 479 el cual se inscribe en el Registro de
Comercio bajo el Nº 07 folios 40 al 54 Tomo Nº 1-A, Primer Trimestre.- La identificación se efectuó así: FREDY REAL
RIVERA, titular de la cedula de identidad No V-3.136.257 inserción fue hecha por:
ARIANNY ALCALA (asistente II). Fdo.
La Juez,
Abog Susana G de Malavé
La Secretaria,
Francis Vargas de
Regnault
ACTA
CONSTITUTIVA Y ESTATUTO “INVERSIONES REALZA CA”
Nosotros, FREDY REAL RIVERA y JESUS ENRIQUE ZAPATA GONZALEZ, venezolanos.
mayores de edad, Casados. comerciantes, titulares de las Cedulas de Identidad
Nos 3. 16. 257 y 10.216.546, respectivamente, y domiciliados en Carúpano: Ante
Ud., con la venia de estilo acudimos y exponemos:
Hemos constituido en esta ciudad de Carúpano una sociedad o compañía de
comercio bajo la forma de ¨Compañía Anónima¨ , la cual se regira por el
presente documento que redactamos con mucha amplitud, para que a su vez, nos
sirva de Acta Constitutiva y Estatutos Sociales de la misma, siendo del tenor
siguiente:
TITULO PRIMERO
Denominación. - Objeto. -Domicilio. - Duración
Artículo 1.) La compañía o sociedad se llamará o denominará INVERSIONES REALZA, CA,”.- Artículo 2.) El
Objetivo principal y primordial. de la compañía será la prestación de servicios
varios, tales como la venta de gasolina, gas-oil, aceites, grasas y
cualesquiera otros productos o subproductos derivados del petróleo; todo lo que
fuere utilizado de una u otra forma para la combustión o mantenimiento. de
vehículos automotores, Pudiendo igualmente prestar servicios de lavado,
engrase. cambios de filtros y aceites; y de cualquier otra índole que se le
relacionare o tuviere conexión alguna con el ramo automotriz; vender repuestos
y accesorios para toda clase de vehículos, perfumes, desodorantes y. cualquier
otro “periquito” ornamental. De igual forma podrá ejercer y ejecutar cualquier
otra actividad de libre y lícito comercio. siempre y cuando fuere compatible
con la permisologia especial requerida para el ejercicio y comercialización de
estos productos. Artículo 3.) El domicilio principal de la compañía será la ciudad
de Carúpano, capital del municipio Bermúdez el Estado Sucre, pero nos
reservamos el derecho de poder establecer Depósitos, Oficinas o Sucursales en
cualquier otra parte del territorio nacional. -
Articulo 4.) El tiempo de duración de la compañía será de Veinte (20) años, contados a partir de su inscripción en el
Registro Mercantil, pudiendo prorrogarse por períodos iguales o convencionales
entre los accionistas. De igual manera podrá disoverse, previo el cumplimiento
de todas las formalidades de Ley. –
TITULO SEGUNDO
DEL CAPITAL SOCIAL DE LA COMPAÑIA
Artículo 5.) El capital social de la compañía será la cantidad de Ciento
Ochenta Millones de Bolívares (Bs. 180.000.000,00), totalmente suscrito y
pagado, dividido en acciones nominativas, a razón de Diez Mil Bolívares (Bs.
10.000,00) cada una. -
Artículo 6.) La suscripción y
cancelación del capital ha sido hecha de la siguiente manera: A) El socio FREDY. REAL RIVERA, ha suscrito Trece Mil Quinientas
(13.500) Acciones, por un monto de Ciento Treinta Cinco Millones de Bolívares
(Bs.135.000.000,00), lo cual ha cancelado totalmente. tal como consta del
documento de venta que le otorgara la empresa “INVERSIONES LOPEZ £ LA ROSA,
C.A,” ,debidamente
Autenticado por la Oficina subalterna de Registro del Municipio Cajigal del
Estado Sucre anotado bajo el No.33, folios 55 y 56 de los Libros de
Autenticaciones de Autenticaciones. de fecha 20 de Diciembre del 2.002. que en
original se presenta y acompaña, donde se comprueba que compré para mi representada
“INVERSIONES REALZA, C.A.” el 75% de los derechos y acciones vendidos. - B) El
socio JESUS ENRIQUE ZAPATA GONZALEZ. ha suscrito Cuatro Mil Quinientas (4.500)
acciones, por un monto de Cuarenta y Cinco Millones de
Bolívares (Bs.45,000.000,00). lo. cual ha cancelado totalmente, según lo
evidencia el documento de venta que le otorgará la misma empresa: “INVERSIONES LOPEZ £ LA ROSA, C.A,” Autenticado por ante
la indicada Oficina de Registro y que en forma original presento y acompaño, donde
se comprueba que compré para mi representada: INVERSIONES REALZA, C.A.”, el 25%
de los derechos y acciones vendidos por la indicada compañía. – Todo lo
anteriormente expuesto por nosotros, también se comprueba mediante Inventario
de Apertura levantado y suscrito por Licenciado en Contaduría Pública. -
Artículo 7.) Cada acción da a su propietario 1guales derechos en la, repartición
de ganancias O pérdidas»: así: mismo. cada acción da derecho a un voto en las
Asambleas Generales .de Accionistas.
TITULO TERCERO
De la Dirección y Administración de la Compañía.
Artículo 8,) La suprema dirección y administración de la compañía estará
a cargo de una Junta: Directiva, la cual será conformada por un Presidente y un
Vice-Presidente, quienes. podrán. ser accionistas o no de la compañía, y
durarán Tres (3) años en sus funciones. permaneciendo en sus cargos hasta tanto
no: fueren destituidos 0 sust1tuldos por la Asamblea General de Accionistas. -
Artículo 9) El presidente estará investido de las más altas facultades
de Administración y Disposición sobre la compañía y sus bienes. En consecuencia,
ejercerá su representación Judicial y extrajudicial sin limitaciones de ninguna
naturaleza. pudiendo otorgar Poderes Especiales o Generales a Abogado o
Abogados de su confianza, para que estos a su vez, puedan representar a la
compañía ante todos los Poderes Públicos, personas Jurídicas o naturales
pudiendo darse por citados o notificados para todos los actos en los cuales
fuere necesario la representación de la compañía. Podrá el Presidente celebrar
toda clase de negociaciones y contrataciones firmando documentos, libros.
protocolos y finiquitos. Podrá comprar, vender, hipotecar. Dar en garantía como
prenda; afianzar, etc., abrir, movilizar y garrar cuentas bancarias; librar,
aceptar, endosar, avalar y. Protestar letras de cambio, cheques, pagarés y
cualquier título valor. Convocar y presidir las asambleas, decidir todo lo
concerniente a las operaciones de la compañía: y en general, podrá hacer en
nombre y representación de la compañía, todo lo que fuere necesario o creyere
conveniente y sin limitaciones de ninguna naturaleza, ya que las facultades
antes mencionadas son meramente enunciativas y no taxativas. -
Artículo 10.) El Vice-Presidente de la compañía tendrá las mismas facultadas
que el Presidente pero podrá ejercerlas cuando asi lo autorice el Presidente
por escrito o cuando este faltare temporal o definitivamente. -
TITULO CUARTO
De las Asambleas de Accionistas
Artículo 11,) Las Asambleas General de Accionistas vienen a ser el Órgano
Supremo de la compañía: las Cuales podrán ser Ordinarias y Extraordinarias.
Artículo 12,) Las Asambleas Generales Ordinarias se celebrarán cada año,
en la primera Quincena del mes de Enero y las Extraordinarias se celebrarán
cada vez que así: “lo requieran: los intereses de la compañía. -
Articulo 13.) Son atribuciones de las Asambleas Generales Ordinarias,
las siguientes: a) Aprobar o Improbar el ejercicio económico de la sociedad. -
b) Decidir sobre la repartición o capitalización de los dividendos, y c)
Conocer de cualquier: otro asunto que de manera especialísima se le solicitare.
-
Artículo 14.) Son atribuciones. de las Asambleas Generales
Extraordinarias: Las de resolver todos los: 'problemas que se le presentasen a
la compañía en su devenir cotidiano. -
TITULO QUINTO
De las Cuentas. - Del Balance. - De las Utilidades
Artículo 15.) La contabilidad del sistema contable de 'la compañía se
ejecutará de conformidad con la Ley de la materia. - El ejercicio económico
para este primer periodo comenzará del día pero las cuentas se cortarán todas
los días 31 de Diciembre de cada año, iniciándose entonces, el nuevo periodo
que comenzará todos los días Primero de Enero de cada año. –
Articulo 16.) Una vez que fuere determinado el Estado Financiero de la
compañía, mediante el Inventario y Balance correspondiente, se deducirán las
ganancias o pérdidas, las cuales podrán repartirse o capitalizarse. todo de
conformidad con lo que decidiere la Asamblea» General Ordinaria de Accionistas
de la compañía. -
TITULO SEXTO:
Disposiciones Complementarias. -
Artículo 17.) En este mismo acto ha quedado electa. la primera Junta Directiva
de la compañía, en la forma siguiente: PRESIDENTE: Fredy Real Rivera. -
VICE-PRESIDENTE: Jesús Enrique Zapata González.------ COMISARIO: El ciudadano:
Carlos Eduardo Rodríguez Marcano, venezolano, Mayor de edad, casado. Licenciado
en Contaduría Publica., titular de la Cedula, de Identidad No.5.872.066,
inscrito en el Colegio de Contadores Públicos bajo el No. 10.818 - y domiciliado
en Carúpano, quien estando presente aceptó el cargo y prestó el Juramento de
Ley, firmando la Presente Acta en prueba de su aceptación. –
Artículo 18,) Todo lo que no haya sido previsto en la Presente Acta constitutiva
Estatutaria será resuelto de conformidad con lo que decidan las Asambleas
Generales de Accionistas; y en su defecto, las disposiciones del “Código de
Comercio”. -
Artículo 19,) Así lo decimos. otorgamos y firmamos en la ciudad de Carúpano.
hoy
JUZGADO
DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL
SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
ABOGADO:
SUSANA GARCIA DE MALAVE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de
Identidad N°6.956.403 y domiciliada en Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado
Sucre, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil,
Transito, Agrario Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial
del Estado Sucre. CERTIFICA: Que las copias fotostáticas que anteceden son
traslados fieles y exactos de sus originales, relacionados con la Sociedad
Mercantil “INVERSIONES REALZA CA” Inserta bajo el Nº 07 Folios 40 al 54 Tomo
No.1-A, Primer Trimestre, llevado en este Tribunal durante el corriente año 2003,
dichas copias fueron elaboradas por el ciudadano: ARIANNY ALCALA persona
autorizada y quien junto conmigo la suscribe a objeto de dar cumplimento con lo
establecido en el Artículo 226 del Código de Comercio. Carúpano 28 de Febrero
del año 2003. Fdo
La
Juez,
Abog.
Susana G de Malavé
Persona Autorizada,
ARIANNY ALCALA
Asistente
II