ACTA CONSTITUTIVA Y ESTATUTARIA DE LA COMPAÑÍA “DIVERSO TIENDA, C.A.”
Jueza del Juzgado
de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario del
Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.
Su despacho.-
Yo, Vanessa Alejandra Millán León, abogada en ejercicio, inscrita ante el I.P.S.A.
bajo el Nro. 193.502, titular de la cédula de
identidad No. V-19.331.108, debidamente autorizada
por la Asamblea de Socios de la Sociedad Mercantil de este domicilio,
denominada “DIVERSO TIENDA, C.A.” tal como se evidencia en la cláusula Vigésima
del Documento constitutivo, ante Usted acudo con el fin de presentar para su registro
la referida acta constitutiva y estatutaria de la mencionada empresa, para dar
cumplimiento a lo establecido en el ordenamiento legal venezolano,
particularmente en el Artículo 215 del Código de Comercio. Este documento
constitutivo ha sido redactado con suficiente amplitud, para que sirva a su vez
de documento estatutario. Igualmente acompaño a este documento los anexos
correspondientes exigidos para su registro. Solicito, Ciudadana Registrador,
que ese Registro Mercantil, a su digno cargo, se sirva realizar las gestiones
inherentes a la inserción y registro de esta Sociedad Mercantil, y que una vez hecha
esta formalidad se sirva expedirme una (01) copia certificada, para los fines
de la publicación.
Es Justicia, en
Carúpano, a la fecha de su presentación.
____________________________
Vanessa A. Millán
León
JUZGADO DE PRIMERA
INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y DEL TRABAJO DEL SEGUNDO
CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano 17 de Febrero
del año 2025.
214º y 165º
Por presentado el
anterior documento por su Firmante, para su inscripción en el Registro
Mercantil y fijación correspondiente. Hágase de conformidad archívese el
original. El anterior documento redactado por el abogado Vanessa Millán inscrito en el Inpreabogado bajo el No 193.502
el cual se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Nº 74 folios 513 al 521 Tomo
Nº 1, Primer Trimestre. - La identificación se efectuó así: Vanessa Alejandra
Millán León, titular de la cedula de identidad No V-19.331.108 la inserción fue
hecha por: Lourdes Campos (asistente II). Fdo.
La Juez,
Abog Susana G de Malavé
La secretaria,
Abg. Aracelis Martínez
ACTA
CONSTITUTIVA Y ESTATUTO “DIVERSO TIENDA, C.A.”
Nosotros, BELKIS MARGARITA BELISARIO MALAVE y
EFREN JULIAN GONZALEZ MATA, venezolanos, mayores de edad, solteros,
comerciantes, domiciliados en Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre y
titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.882.694 y V-5.875.031,
respectivamente, hemos convenido en constituir, como en efecto constituimos en
este acto, una Sociedad Mercantil bajo la forma de Compañía Anónima, la cual se
regirá por las disposiciones estatutarias establecidas en el presente
documento, que hemos redactado en forma amplia para que a su vez sirva como
Documento Estatutario de la Compañía, siendo sus disposiciones clausulares del
siguiente tenor:
TITULO I
DENOMINACION, OBJETO, DOMICILIO Y DURACION
PRIMERA: El nombre de la Compañía se denominara
“DIVERSO TIENDA, C.A.”.
SEGUNDA: El objeto de este Fondo de Comercio
será todo lo relacionado con la compra y venta, distribución y comercialización
al mayor y detal, de toda clase de prenda de vestir: dama, caballeros y niños,
nacional e importada: artículos de bisutería, cosméticos, perfumería y
artículos de belleza. Finalmente podrá efectuar todo tipo de actividad de
licito comercio afines o conexos con el objeto principal aquí establecido. La
vigencia de esta firma comenzará a partir de la fecha de su correspondiente
inscripción en la Oficina de Registro Mercantil de esta Jurisdicción..
TERCERA: El domicilio de la empresa es la ciudad
de Carúpano, urbanización Guayacán de las Flores, sector Los Pajaritos, Casa
S/N, Jurisdicción de la Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado
Sucre, pero pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier lugar de la
República o del extranjero, si así lo decidiera la Junta Directiva de la
misma……………………
CUARTA: La Sociedad Mercantil, creada mediante
esta acta, tendrá una duración de cincuenta (50) años, contados a partir de la
inscripción en el Registro Mercantil. Este plazo podrá ser prorrogado o
disminuido a juicio de la Asamblea de Socios, cuando ello lo considere
pertinente…………………………
TITULO II
CAPITAL SOCIAL, ACCIONES Y ACCIONISTAS
QUINTA: El capital de la sociedad es la cantidad
de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 250.000,00), representado en cinco
(05) acciones nominativas, con un valor de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.
50.000,00) cada una……………………...……………
SEXTA: La totalidad de las acciones que
conforman y representan el capital social de la compañía han sido suscritas y
pagadas por los socios de la manera siguiente: la socia BELKIS MARGARITA
BELISARIO MALAVE, suscribe y paga cuatro (04) acciones, por un monto de
DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,00); y el socio EFREN JULIAN GONZALEZ
MATA, suscribe y paga una (01) acción, por un monto de CINCUENTA MIL BOLIVARES
(Bs. 50.000,00); tal como se evidencia en Documento Balance de Bienes que se
anexa y es parte integrante de este documento……………………………
SÉPTIMA: La propiedad de las acciones se probará
de acuerdo a lo establecido en la ley. Cada acción da a su propietario o
titular los mismos derechos y obligaciones, en consecuencia cada acción da
derecho a su titular a un voto en la Asamblea de Accionistas…………………
OCTAVA: El accionista que desee vender sus
acciones está obligado a dar preferencia a los demás accionistas, previa la
enajenación a terceros, a cuyos efectos les notificará por lo menos con treinta
(30) días de anticipación y deberá efectuarse dicha transacción en Asamblea de
Socios………………….................
TITULO III
DE LA ADMINISTRACION DE LA COMPAÑIA
NOVENA: La compañía será administrada por una
Junta Directiva integrada por un Presidente y un Vice-Presidente, quienes
podrán ser socios o no de la misma, y durarán en sus funciones por cinco (05)
años, pudiendo ser reelegidos; los cuales representarán a la empresa de una
manera amplia, con poderes de administración y disposición conjunta o
separadamente. Cuando alguno de los socios conforme la directiva, deberá
depositar en la caja de la compañía tres (03) acciones o el equivalente en
dinero, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 244 del Código de
Comercio. El Presidente, el Vice-Presidente representarán a la empresa de una
manera conjunta o separadamente, con poderes de administración y disposición
amplia. En virtud de estos poderes podrá:
a)
Representar a la Compañía en todos los asuntos judiciales o extrajudiciales, en
la que la misma fuere parte.
b) Recibir
cantidades de dinero a nombre de la compañía, así como adquirir bienes que la
empresa requiera para su funcionamiento.
c) Abrir,
cerrar, movilizar, cuentas bancarias de la Compañía.
d) Emitir,
aceptar, endosar, avalar y protestar letras de cambio, cheques o pagarés y
cualquier otro documento cambiario a nombre de la compañía.
e) Vender,
hipotecar, permutar y ceder bienes muebles o inmuebles, actuales o futuros, de
la compañía, firmando los libros o protocolos a que hubiere lugar.
f) Solicitar
préstamos de cualquier naturaleza y tipo, con o sin garantías.
g) Contratar
y remover empleados y obreros y fijar su remuneración.
h) Convocar
las Asambleas de Junta Directiva, así como las Asambleas de Socios, sean estas
ordinarias o extraordinarias.
i) Otorgar
poderes a persona o personas de su confianza, sean abogados o no, dándoles todo
tipo de facultades, cuando fuese necesario.
Las materias y atribuciones indicadas en el
presente artículo son de carácter enunciativo y no taxativo………………………………
TITULO IV
DE LA ASAMBLEA
DECIMA: Las ASAMBLEAS DE ACCIONISTAS constituyen
el máximo poder de decisión de la Compañía. Ellas se clasifican en Ordinarias y
Extraordinarias. Las decisiones tomadas en ellas, dentro del límite de sus
facultades, serán obligatorias, aún para los accionistas no
presentes……………................
DECIMA PRIMERA: La Asamblea de Accionistas se
reunirá de manera ordinaria dentro de los primeros cuarenta y cinco (45) días
siguientes a la culminación del ejercicio fiscal de la Compañía. El ejercicio
fiscal se inicia el primero (1º) de Enero de cada año y termina el treinta y
uno (31) de Diciembre del mismo, salvo el primer ejercicio fiscal que comenzará
al momento del registro de la empresa y terminará el treinta y uno (31) de
Diciembre del año en curso……
DECIMA SEGUNDA: Las Asambleas de Accionistas de
carácter extraordinario se reunirán previa
convocatoria de la Junta Directiva, cuando los intereses de la
empresa así lo requieran o cuando estén
presentes la totalidad de los socios, caso en
DECIMA TERCERA: Las Asambleas de Accionistas
serán válidas siempre que a las mismas concurran el cincuenta y uno por ciento
(51 %) de los socios que representan el capital social……………………………
el cual se obviará la convocatoria previa………………
DECIMA CUARTA: Las Asambleas de Socios tienen
las siguientes atribuciones:
a) Designar
los Directores de la Sociedad, removerlos y fijar sus remuneraciones.
b) Nombrar
el comisario, sustituirlo y fijar su remuneración.
c) Discutir,
aprobar, modificar o rechazar los balances de la sociedad, previa consideración
del Informe del Comisario.
d) Discutir
y aprobar las modificaciones de los Estatutos.
e) Deliberar
y decidir sobre cualquier otro asunto que pudiera ser sometido a su
consideración y que sea de interés de la Compañía.
DECIMA QUINTA: El treinta y uno (31) de
Diciembre de cada año se cortarán las cuentas, la Junta Directiva formará el
Balance, conforme a las normas del Código de Comercio y lo entregará al
Comisario, quien, luego de revisarlo, lo presentará a la Asamblea de
Accionistas para su consideración…………………
DECIMA SEXTA: Si hubiere utilidades que
liquidar, se hará el aparte legal del cinco por ciento (5 %) para la formación
del Fondo de Reserva de la Compañía, hasta alcanzar el diez por ciento (10 %)
del Capital, el resto de las utilidades se repartirán proporcionalmente entre
los socios……...……………
DECIMA SÉPTIMA: La Asamblea de Accionistas
designará al Comisario, el cual ejercerá sus funciones por un lapso de cinco
(05) años, pudiendo ser reelecto. El Comisario regirá sus actuaciones conforme
a las disposiciones del Código de Comercio y demás leyes aplicables…………………
DECIMA OCTAVA: Todo lo no previsto expresamente
en la presente acta, se regirá por las disposiciones que al respecto señale el
Código de Comercio y demás leyes de la República sobre la materia………………………
TITULO V
RESOLUCIONES TRANSITORIAS
DECIMA NOVENA: Se designa como Presidenta a la
ciudadana: BELKIS MARGARITA BELISARIO MALAVE y como Vice-Presidente al
ciudadano: EFREN JULIAN GONZALEZ MATA; anteriormente identificados. Igualmente
se
designa como Comisario Licdo. Francisco Rafael
Gil Guzmán, titular de la cédula
de identidad Nº V- 15.554.696, Contador Público
inscrito por ante el CPC bajo el No 131.543…………….
VIGÉSIMA: Se autoriza a la ciudadana: Vanessa
Alejandra Millán León, abogada en ejercicio, inscrita ante el I.P.S.A. bajo el
Nro. 193.502, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.331.108, para hacer
la participación correspondiente, ante el Registro Mercantil y en general
efectuar todas las diligencias necesarias para obtener la Personalidad Jurídica
de la Compañía…………………………
VIGÉSIMA PRIMERA: Además declaramos Bajo
Juramento, que los capitales, bienes, haberes, valores o títulos del acto
jurídico otorgado a la presente fecha, proceden de actividades lícitas, la cual
puede ser corroborado por los organismos competentes y no tienen relación
alguna con actividades, acciones o hechos ilícitos contemplados en las leyes
venezolanas y a su vez Declaramos que los fondos producto de este acto, tendrán
un destino licito.
El presente documento ha sido leído, aceptado y
suscrito por los Accionistas, reunidos en la ciudad de Carúpano. Así lo decimos
y firmamo
BELKIS MALAVE EFREN
GONZALEZ
JUZGADO
DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL
SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. -
ABOGADO:
SUSANA GARCIA DE MALAVE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de
Identidad N°6.956.403 y domiciliada en Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado
Sucre, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil,
Transito, Agrario Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial
del Estado Sucre. CERTIFICA: Que las copias fotostáticas que anteceden son
traslados fieles y exactos de sus originales, relacionados con la Sociedad
Mercantil “DIVERSO TIENDA, C. A.” Inserta bajo el N.º 74 Folios 513 al 521 Tomo
No.1, Primer Trimestre, llevado en este Tribunal durante el corriente año 2025,
dichas copias fueron elaboradas por el ciudadano: Lourdes
Campos persona autorizada y quien junto conmigo la suscribe a objeto de dar
cumplimento con lo establecido en el Artículo 226 del Código de Comercio.
Carúpano 17 de FEBRERO del año 2025.
La
Juez,
Abog.
Susana G de Malavé
Persona Autorizada,
Lourdes Campos
Asistente
II