ACTA CONSTITUTIVA Y ESTATUTARIA DE LA COMPAÑÍA “MI PUNTO SOLDADOR, C.A”
JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL
SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
SU DESPACHO:
Yo, DAICY SUCRE HERNANDEZ, venezolana,
mayor de edad, divorciada, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.947.764 y
de este domicilio, debidamente autorizada en la Cláusula Vigésima Primera de la
Sociedad Mercantil de este domicilio, denominada MI PUNTO SOLDADOR, C.A. Ante
usted comparezco respetuosamente para exponer: Presento para su Registro y
demás fines consiguientes, Acta Constitutiva Estatutaria de dicha Compañía,
para que previa fijación e inscripción en los libros respectivos me sea
entregada Copia Certificada con auto que lo provea, a objeto de su publicación.
Es justicia, Carúpano a la fecha
de su presentación.
______________________
DAICY SUCRE
HERNANDEZ
C.I. 4.947.764
JUZGADO DE PRIMERA
INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y DEL TRABAJO DEL SEGUNDO
CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano 11 de AGOSTO del
año 2025.
215º y 166º
Por presentado el
anterior documento por su Firmante, para su inscripción en el Registro
Mercantil y fijación correspondiente. Hágase de conformidad archívese el
original. El anterior documento redactado por el abogado SEGUNDO MARCANO inscrito
en el Inpreabogado bajo el No 45.767 el cual se inscribe en el Registro de
Comercio bajo el Nº 46 folios 424 al 434 Tomo Nº 1-A, Tercer Trimestre. - La
identificación se efectuó así: DAICY SUCRE HERNANDEZ, titular de la cedula de
identidad No V-4.947.764 la inserción fue hecha por: Ysidaris
Moreno (asistente II). Fdo.
La Juez,
Abog Susana G de Malavé
La secretaria,
Abg. Aracelis Martinez
ACTA
CONSTITUTIVA Y ESTATUTARIA DE LA EMPRESA “MI PUNTO SOLDADOR, C.A.”
Nosotros: FREDDY EULOGIO GARCIA LOZANO, venezolano, mayor de edad,
comerciante, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 8.747.462, Rif Nº 08747462-0 y de este
domicilio, ZOREIDDY MARIA GARCIA VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad,
comerciante, soltera, titular de la Cédula de Identidad N° V- 20.125.398, Rif.
Nº 201253981 y de este domicilio y
FREDDY ALEXANDER GARCIA VELASQUEZ venezolano, mayor de edad, comerciante,
soltero, titular de la Cédula de Identidad
N° 28.739.660, Rif Nº 287396607 y del mismo domicilio; por el presente
Documento declaramos: Hemos decidido constituir como en efecto formalmente lo
hacemos, una Sociedad Mercantil, bajo la forma de Compañía Anónima, que se
regirá por las cláusulas que conforman este Documento Constitutivo, el cual ha
sido redactado con suficiente amplitud para que a su vez sirva de Estatutos
Sociales.
CAPITULO I
DE LA DENOMINACIÓN, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN
PRIMERA: La Sociedad Mercantil, asumirá la forma de Compañía Anónima y
se denominará MI PUNTO SOLDADOR, C.A.
SEGUNDA: El objeto principal de la Compañía estará relacionado con la compra y venta, al mayor y detal de
toda clase de artículos de ferretería y materiales de construcción, nacionales
e importados; comercialización y venta de pinturas y similares; la compra,
venta, comercialización y distribución, de diversos artículos de ferretería,
materiales de construcción y de herrería, comercialización de cerámicas,
terracotas y productos similares para pisos y paredes; herramientas, tanto para
construcción como para el hogar, cemento, cal, pego y similares, productos de
electricidad y cualquier otra actividad de libre y licito comercio relacionada
con el objeto de la Compañía.
TERCERA: El domicilio principal de la Sociedad será en la calle Monagas lote Nº 06 (al lado
de Oxígenos Carúpano)catastro Nº 190503041806, a dos cuadras del Mercado
Municipal, jurisdicción de la Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre;
pudiendo establecer sucursales, agencias u oficinas en cualquier otro lugar del
Municipio.
CUARTA: La Compañía tendrá una duración de Treinta (30) años, contados a
partir de su inscripción en el
Registro Mercantil correspondiente; sin embargo, podrá
ser disuelta o liquidada antes del término o aumentada en su duración,
por decisión de la Asamblea General de Accionistas convocada a tal efecto.
CAPITULO II
DEL CAPITAL Y LAS ACCIONES
QUINTA: El Capital Social de la Compañía es la cantidad de SEISCIENTOS
MIL BOLIVARES (Bs.600.000,oo) dividido en MIL (1.000) Acciones, con un valor
nominal de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs.600,oo) cada una, íntegramente suscrito y
totalmente pagado por los accionistas. Dicho capital ha sido suscrito y pagado
por los accionistas de la manera siguiente: El Socio FREDDY EULOGIO GARCIA
LOZANO, suscribe y paga TRESCIENTAS (300) ACCIONES por un valor nominal de
CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 180.000,oo) lo que representa el Treinta por
Ciento (30%) del capital social y accionario la socia, ZOREIDDY MARIA GARCIA
VELASQUEZ, suscribe y paga CUATROCIENTAS (400) ACCIONES por un valor nominal de
DOSCIENTOS CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 240.000,oo) lo que representa el Cuarenta
por Ciento (40%) del capital social y el socio FREDDY ALEXANDER GARCIA
VELASQUEZ suscribe y paga TRESCIENTAS (300) ACCIONES por un valor nominal de
CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 180.000,oo) lo que representa el Treinta por
Ciento (30%) del capital social para
conformar el 100% del capital social; el capital ha sido íntegramente suscrito
y totalmente pagado según balance e inventario de fecha 06 de Agosto del 2.025,
el cual se anexa a la presente.
SEXTA: Cada acción da derecho a un voto en las Asambleas, igualmente
otorga el derecho de propiedad, a cada socio sobre los activos, pasivos y
utilidades de acuerdo y en proporción al número de acciones y de
conformidad con esta
acta constitutiva y estatutos sociales.
SEPTIMA: Los accionistas tendrán derecho preferencial sobre los
terceros en la adquisición de las acciones que se ofrezcan en venta o las que
se suscribieran por aumento de capital, o por cualquier otra causa. Dicho
derecho de preferencia estará en vigencia durante Treinta (30) días, sin que
ningún socio manifieste interés en adquirir las acciones ofrecidas a terceros,
quedando la compañía encargada de hacer el traspaso; si dos o más socios
ejercieran el derecho
preferencial al mismo tiempo para adquirir las acciones,
éstas serán repartidas proporcionalmente entre ellos. Cuando se celebre una
Asamblea general de accionistas con la presencia del quórum reglamentario para
su valides y en dicha Asamblea se ofrezcan en venta acciones o se decida
aumentar el capital con la suscripción de nuevas acciones, la inasistencia de
algunos accionistas a dichas Asambleas se entenderá como su desinterés en la
adquisición de las acciones ofrecidas en venta o en la suscripción de las
nuevas acciones para aumentar el capital social
CAPITULO III
DE LA ADMINISTRACIÓN
OCTAVA: La administración, dirección
y gestión diaria de la compañía estará
a cargo de una JUNTA DIRECTIVA conformada por un
Presidente, un Vicepresidente y un Gerente general, quienes podrán ser socios o
no de la Compañía, serán nombrados por la Asamblea General de Accionistas,
durarán Diez (10) años en el ejercicio de sus funciones y podrán ser reelegidos,
manteniéndose en el ejercicio de sus cargos hasta no ser sustituidos mediante
Asamblea General de accionistas.
NOVENA: Son atribuciones del Presidente, del Vicepresidente y del
Gerente General, actuando conjunta o separadamente, las siguientes: 1) Comprar,
Vender, traspasar, gravar, arrendar, contraer obligaciones, efectuar toda clase
de negocios, adquirir, enajenar bienes muebles, inmuebles y derechos de toda
clase. 2) Abrir y movilizar cuentas bancarias, firmar, endosar,
aceptar, cobrar, emitir cheques, facturas, letras de
cambio, pagarés y en general cualquier tipo de transacción u
operaciones comerciales o bancarias.
3) Constituir garantías prendarías o hipotecarias, pero
únicamente para garantizar obligaciones contraídas en beneficio de la compañía.
4) Ejercer todos los actos de administración de la Compañía. 5) Otorgar poderes
especiales o generales, judiciales o de cualquier otra naturaleza. Así mismo, tiene plena capacidad para revocarlos.
6) Solicitar y contraer créditos
bancarios o de otra índole que requiera la compañía. 7)
Nombrar y remover los empleados de la compañía y fijarle su remuneración. 8)
Fijar el monto de reserva y de cualquier otro que juzgaren conveniente, así
como los
apartados que hayan
de efectuarse con tal fin. 9) Acordar el empleo del
Fondo de Reserva. 10) Calcular y
repartir el monto
de los dividendos y demás
partidas por distribuirse. 11) Fijar el monto de los gastos ordinarios o
extraordinarios. 12) Hacer cumplir las
decisiones de las Asambleas Generales; es decir, que el presidente y el
Vicepresidente, en ejercicio de sus funciones conjunta o separadamente, tendrán
las más amplias facultades de administración y disposición respecto a la
compañía lo cual hará conjunta o separadamente con el presidente. La
administración de la compañía, deberá
llevar un libro donde queden asentadas todas las actividades y ejecutorias de
la Junta Directiva en actuación conjunta o separada de sus miembros.
CAPITULO IV
DE LAS ASAMBLEAS GENERALES DE ACCIONISTAS
DECIMA: La suprema autoridad y control corresponde a la ASAMBLEA
GENERAL DE ACCIONISTAS, reunidas en asambleas ordinarias o extraordinarias, las
cuales se consideran válidamente constituidas con la presencia de los
accionistas que representen por lo menos un Cincuenta y Uno por ciento (51%)
del Capital Social; tomará decisiones, acuerdos y resoluciones dentro del
límite de las facultades contraídas por
el Código de Comercio y por los Estatutos Sociales. Las decisiones que se tomen
en ellas serán de obligatorio cumplimiento para los socios accionistas que
hayan o no asistido a la Asamblea,
siempre y cuando
se hayan cumplido
los requisitos exigidos en
el Artículo 218 del Código de Comercio.
DECIMA PRIMERA: La Asamblea General Ordinaria de Accionistas se reunirá
cada año dentro de los Noventa (90) días siguientes al cierre
del ejercicio económico, y las Asambleas Extraordinarias de accionistas, se
celebraran las veces que sea necesaria; ambas serán válidas previa
convocatoria de los
accionistas, de conformidad con lo establecido en el Código de Comercio.
DECIMA SEGUNDA: Las decisiones de las Asambleas, cualquiera que estas
sean, serán tomadas por mayoría de los accionistas que representen por los
menos, la mitad más una de
las acciones que conforman
el capital social.
DECIMA TERCERA: Las facultades de las asambleas generales de
accionistas, son entre otras, las siguientes: 1) Establecer y modificar los
estatutos de la compañía. 2) Discutir, aprobar el balance y las cuentas con
vista al informe del Comisario. 3)
Acordar el reparto de los dividendos a los accionistas. 4) Nombrar y remover
los miembros de la Junta Directiva. 5) Prorrogar y disolver anticipadamente la
duración de la compañía. 6) Resolver con amplitud y autoridad sobre cualquier
asunto de interés para la compañía, que sean sometido a su condición.
CAPITULO V
DEL EJERCICIO ECONÓMICO
DECIMA CUARTA: El ejercicio económico de la compañía comenzará el día
Primero (01) de Enero de cada año y terminará
el día Treinta
y Uno (31) de Diciembre de cada año.
El primer ejercicio económico
comenzará a partir de la
inscripción de esta Acta Constitutiva Estatutaria en el Registro de Comercio respectivo y concluirá
el día Treinta y Uno (31) de Diciembre del año Dos Mil Veinticinco (2.025). Tal
como lo establece el Código de Comercio, al cierre de cada ejercicio económico,
se presentará un informe, para la consideración de una Asamblea General de
Accionistas.
DECIMA QUINTA: Al final de cada ejercicio económico se hará un corte de
cuenta y se elaborará un balance donde se demostrarán las ganancias y pérdidas
del ejercicio económico, que deberá ser presentado con el informe del Comisario
a la Asamblea General de Accionistas.
DECIMA SEXTA: Las utilidades
serán repartidas de
la siguiente manera: A) Un Cinco
por ciento (5%)
para la formación del Fondo de Reserva, hasta alcanzar un máximo de Diez
por ciento (10%) del Capital Social. B) El
remanente será aplicado total o parcialmente al pago de dividendos, a
incrementar los negocios de la compañía o cualquier otro fin que interese a
juicio de la Junta Directiva.
CAPITULO VI
DEL COMISARIO
DECIMA SEPTIMA: La Compañía tendrá un Comisario, elegido por la Junta
Directiva, durará Cinco (05) años en sus
funciones y se mantendrá en su cargo hasta ser sustituido, tendrá las
facultades y atribuciones que le
confiere el Código de Comercio vigente. Su remuneración será establecida por la
Junta Directiva. El comisario presentará
anualmente a la Asamblea General de Accionistas un informe
motivado con los resultados del examen del balance y las observaciones que
estime conveniente realizar.
DECIMA OCTAVA: En caso de disolución de la sociedad la decisión
respectiva será tomada en Asamblea General, sea ordinaria o
extraordinaria, la liquidación
será efectuada por un
liquidador elegido por mayoría
de votos en la Asamblea y tendrá
las facultades que le confiere el Código de Comercio y la Asamblea.
CAPITULO VII
DE LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
DECIMA NOVENA: Se designa como Presidente a la accionista ZOREIDDY
MARIA GARCIA VELASQUEZ, como Vicepresidente a el accionista FREDDY ALEXANDER
GARCIA VELASQUEZ y como Gerente General a el accionista FREDDY EULOGIO GARCIA LOZANO asimismo, se designa como Comisario a la
ciudadana CARMEN YAJAIRA GORDONES CARREÑO, venezolana, mayor de edad,
Licenciada en Contaduría Pública, inscrita en el Colegio de Contadores Públicos
de Venezuela bajo el N° 31.033, titular de la Cédula de Identidad N° V-
6.951.450 y de este domicilio, quien acepta la designación.
“Quienes suscribimos la presente Acta declaramos bajo fe de juramento:
Que los capitales, títulos, haberes valores o títulos del acto jurídico
otorgado a la presente fecha, proceden de actividades lícitas, las cuales
pueden ser comprobadas por organismos competentes y no guardan relación alguna
con actividades, acciones o hechos
ilícitos contemplados en las leyes venezolanas y a la vez declaramos que
los fondos producto de este acto tendrán destino lícito”.
Se autoriza expresamente a la ciudadana DAICY SUCRE HERNANDEZ,
venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la Cédula de Identidad N° V- 4.947.764 y de igual
domicilio, para que proceda a realizar todos los trámites de
participación para la debida
inscripción, fijación y
publicación en el Registro
Mercantil de la presente Acta Constitutiva y Estatutos Sociales. Carúpano, 07
de Agosto del 2.025.
ZOREIDDY M. GARCIA VELASQUEZ
PRESIDENTE
FREDDY A. GARCIA VELASQUEZ
FREDDY EULOGIO GARCIA LOZANO
GERENTE GENERAL
JUZGADO
DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL
SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. -
ABOGADO:
SUSANA GARCIA DE MALAVE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de
Identidad N°6.956.403 y domiciliada en Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado
Sucre, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil,
Transito, Agrario Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial
del Estado Sucre. CERTIFICA: Que las copias fotostáticas que anteceden son
traslados fieles y exactos de sus originales, relacionados con la Sociedad
Mercantil MI PUNTO SOLDADOR, C.A., Inserta bajo el N.º 46 Folios 424 al 434
Tomo No.1-A, Tercer Trimestre, llevado en este Tribunal durante el corriente
año 2025, dichas copias fueron elaboradas por el ciudadano: Ysidaris Moreno persona autorizada y quien junto
conmigo la suscribe a objeto de dar cumplimento con lo establecido en el
Artículo 226 del Código de Comercio. Carúpano 11 de Agosto del año 2025.
La
Juez,
Abog.
Susana G de Malavé
Persona Autorizada,
Ysidaris Moreno
Asistente II