ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES PEDRITO, C.A PUNTO UNICO: CORRECCIÓN DE UN ERROR INVOLUNTARIO EN EL ACTA DE ASAMBLEA CELEBRADA EL 28 DE MARZO DE 2.025.
CIUDADANA:
JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Su despacho.-
Yo, MILÁNGELA LEÓN ACOSTA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, Abogado en ejercicio inscrita ante el I.P.S.A. bajo el No 102.807, titular de la cédula de identidad No V-13.730.141; debidamente autorizada por la ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE SOCIOS de fecha 10 de octubre de 2025, celebrada por la empresa denominada “INVERSIONES PEDRITO, C.A.”, Rif J293556767 domiciliada en Carúpano, Estado Sucre e inscrita por ante la oficina de Registro Mercantil llevada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Agrario y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, bajo el N° 26, Folios 126 al 133, del Libro de Registro de Comercio Tomo Nº 1-C, Cuarto Trimestre del año 2006, de los libros de comercio llevados por ese tribunal que funge como Registro Mercantil de esta jurisdicción. A los fines legales consiguientes, consigno anexo a la presente participación, la referida Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas, donde se trató y acordó los siguientes puntos: Punto Único: Corrección de un error involuntario en el acta de asamblea celebrada el 28 de marzo de 2.025.- Solicito respetuosamente que una vez asentada dicha acta en los libros correspondientes, me sea expedida Copia Certificada de la misma junto con el auto que sobre ella recaiga. En Carúpano, a la fecha de su Presentación. Fdo
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Milángela León Acosta
IPSA 102.807
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano 04 de Noviembre del año 2025.
215º y 166º
Por presentado el anterior documento por su Firmante, para su inscripción en el Registro Mercantil y fijación Hágase de conformidad archívese el original. El anterior documento redactado por el abogado, MILÁNGELA LEÓN inscrito en el Inpreabogado bajo el No 102.807 el cual se inscribe en el Registro de Comercio bajo el N.º 05 folios 35 al 37 Tomo Nº 1-A Cuarto Trimestre. La identificación se efectuó así: MILÁNGELA LEÓN ACOSTA, titular de la cedula de identidad No 13.730.141 inserción fue hecha por Dameris Rondon (asistente II).Fdos.
La Juez
Abog Susana G de Malavé
La Secretaria,
Abg Aracelis Martines
ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES PEDRITO, C.A PUNTO UNICO: CORRECCIÓN DE UN ERROR INVOLUNTARIO EN EL ACTA DE ASAMBLEA CELEBRADA EL 28 DE MARZO DE 2.025.
Quien suscribe, Pedro del Valle Carvajal Tineo, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.452.953, de este domicilio, actuando en mi carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil “INVERSIONES PEDRITO, C.A.”, Rif J293556767, domiciliada en Carúpano, Certifi¬co que la copia que se transcribe a continuación, es traslado fiel y exacto de su original que reposa en el Libro de Actas y Asambleas de dicha com¬pañía, la cual copiada a la letra es del tenor siguiente: ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA SOCIEDAD MERCANTIL “INVERSIONES PEDRITO, C.A.” En la ciudad de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en el día de hoy 10 octubre del año 2.025, siendo las cinco y treinta minutos de la tarde, 5:30P.M., en el local donde funciona la sociedad mercantil “INVERSIONES PEDRITO, C.A.”; estando presentes los socios Pedro del Valle Carvajal Tineo, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.452.953, con 350 acciones y Santa Ezequiela Alcalá de Carvajal, titular de las Cédula de Identidad Nro. V-9.459.976, con 350 acciones; quienes representan la totalidad de las acciones que conforman el capital de la referida Compañía Anónima, por lo que el socio Pedro Carvajal en su carácter de presidente de la empresa, da por constatado encontrarse presentes los socios propietarios que representan la totalidad del capital social razón por la que obvió la convocatoria de ley. De esta manera se decide constituir en Asamblea General Extraordinaria de Socios, teniendo la Agenda el siguiente punto a tratar y considerar: Punto Único: Corrección de un error involuntario en el acta de asamblea celebrada el 28 de marzo de 2.025.
Se pasa a tratar inmediatamente dicho Punto Único: Tomando la palabra la socia Santa Alcalá, quien manifiesta: “en recientes trámites realizados con el acta de asamblea celebrada este mes de marzo del 2.025, donde se realizó aumento de capital de la empresa, nos hemos percatado que en la cláusula cuarta de los estatutos, referente al capital social, se cometió un error involuntario en la redacción de la misma, específicamente al señalar la cantidad de acciones que representan el capital social de la empresa, pues en dicha acta se estableció: “El capital social de la Compañía será la cantidad de SETECIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 700.000,00), divididos y representados en Un Mil. (1000) Acciones nominativas no convertibles al portador, con un valor nominal de UN MIL BOLÍVARES (Bs.1.000, 00) cada una …….”.- En la parte aquí subrayada se encuentra el error, pues en realidad con el aumento aprobado quedaba establecido que sería representado y dividido el capital en SETECIENTAS (700) Acciones, pues su valor nominal es de Mil Bolívares (1.000,00 Bs.) cada una, pero por error se colocó que serías mil acciones; por tal razón hoy nos reunimos a los fines de subsanar tal equivocación. Oída esta exposición, el socio Pedro Carvajal manifiesta su total conformidad con lo señalado, y ambos socios aprueban por unanimidad la corrección de dicho error, a tal efecto se ordena la redacción en esta asamblea de la referida Cláusula Cuarta, a los fines de subsanar ese error involuntario. Debatido y aprobado el punto único, se acuerda modificar la cláusula estatutaria referente al capital social y las acciones societarias, la cual en lo adelante queda redactada de la siguiente manera:
“CLAUSULA CUARTA: El capital social de la Compañía será la cantidad de SETECIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 700.000,00), divididos y representados en Setecientas (700) Acciones nominativas no convertibles al portador, con un valor nominal de MIL BOLÍVARES (Bs.1.000, 00) cada una, dichas acciones han sido totalmente suscritas y pagadas por los socios según balance que se anexa”…
La suscripción y cancelación del capital social de la compañía ha sido realizado de la manera siguiente:
El socio PEDRO DEL VALLE CARVAJAL TINEO ha suscrito y pagado 350 acciones, pagando su totalidad por la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 350.000,00).
La socia SANTA EZEQUIELA ALCALA DE CARVAJAL, ha suscrito y pagado 350 acciones, pagando su totalidad por la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 350.000,00)”
Quedando Agotado y aprobado por unanimidad lo tratado en esta agenda del día y no habiendo otro punto que agotar, se dio por terminada esta Asamblea Extraordinaria de Socios, se levanta la presente acta y la misma es suscrita por los socios en conformidad y reconocimiento de lo que en ella se expresa. Se autoriza expresamente a la abogada Milángela León Acosta, titular de la cédula de identidad Nº 13.730.141, IPSA Nº 102.807, para realizar la correspondiente participación por ante el Registro Mercantil llevado por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil, para los fines legales consiguientes. Firmado: Pedro Carvajal.- Firmado: Santa Alcalá.- Esta Acta es traslado fiel y exacto de la original que consta en el Libro de Actas de la empresa, expedida por el Presidente de la compañía. Fdo
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Pedro Carvajal Tineo
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. -
ABOGADO: SUSANA GARCIA DE MALAVE, Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Agrario Bancario del Segundo Circuito De La Circunscripción Judicial del Estado Sucre. CERTIFICA: Que las copias fotostáticas que anteceden son traslados fieles y exactos de sus originales, relacionados con la Sociedad Mercantil “INVERSIONES PEDRITO, C.A.”, Inserta bajo el Nº 05 Folios 35 al 37 Tomo No. 1-A, Cuarto Trimestre, llevado en este Tribunal durante el corriente año 2025, dichas copias fueron elaboradas por el ciudadano: Dameris Rodon persona autorizada y quien junto conmigo la suscribe a objeto de dar cumplimento con lo establecido en el Artículo 226 del Código de Comercio. Carúpano 04 de Noviembre del año 2025. Fdos
La Juez,
Abog. Susana G de Malavé
Persona Autorizada,
Dameris Rondon
Asistente II