Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas DE LA COMPAÑÍA SUPERMERCADO IDEAL C.A. Punto Primero: AUMENTO DE CAPITAL. Punto Segundo: MODIFICACION DE LOS ESTATUTOS

 CIUDADANA:

JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.

Su despacho.-

Yo, MILÁNGELA LEÓN ACOSTA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, Abogada en ejercicio inscrita ante el I.P.S.A. bajo el No 102.807, titular de la cédula de identidad No V-13.730.141; debidamente autorizada por la Asamblea Ordinaria de Socios que en fecha 22 de julio de 2026, celebrara la empresa denominada   “SUPERMERCADO IDEAL, C. A.”, inscrita en el Registro Único De Información Fiscal (RIF) con el Nro. J507870952, debidamente inscrita por ante la Oficina de Registro Mercantil que lleva el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha 04 de julio del año 2025, bajo el N° 11, Folios del 214-226, tomo N° 1, Tercer Trimestre del año 2025. A los fines legales consiguientes, consigno anexo a la presente participación, la referida Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas, donde se trató y acordó los siguientes puntos: Punto Primero: Aumento de Capital Social de la compañía. Punto Segundo: Modificación de los estatutos de la empresa. Solicito respetuosamente que una vez asentada dicha acta en los libros correspondientes, me sea expedida una (01) Copia Certificada de la misma junto con el auto que sobre ella recaiga.  En Carúpano, a la fecha de su Presentación.

 

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Milángela León Acosta

IPSA 102.807

 

 

CIUDADANA:

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y DEL TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.

Carúpano 10 de agosto del año 2026.

217º y 167º

Por presentado el anterior documento por su Firmante, para su inscripción en el Registro Mercantil y fijación correspondiente. Hágase de conformidad archívese el original. El anterior documento redactado por el abogado MILÁNGELA LEÓN   inscrito en el Inpreabogado bajo el No 102.807 el cual se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Nº 43 folios 334 al 343 Tomo Nº 01-A, Tercer Trimestre. - La identificación se efectuó así: , MILÁNGELA LEÓN ACOSTA, titular de la cedula de identidad No 13.730.141 la inserción fue hecha por: LOURDES CAMPOS (asistente II). Fdo.

La Juez,

Abog Susana G de Malavé

 

La secretaria,

Abg. Aracelis Martinez

 

 

Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas DE LA COMPAÑÍA SUPERMERCADO IDEAL C.A. Punto Primero: AUMENTO DE CAPITAL. Punto Segundo: MODIFICACION DE LOS ESTATUTOS      

Yo, JIALING WU, y titular de la cédula de identidad N° E-82.263368, RIF Nro. E822633687; actuando en este acto en mi carácter de presidente de la sociedad mercantil rara la empresa denominada  Mercantil “SUPERMERCADO IDEAL, C. A.”, inscrita en el Registro Único De Información Fiscal (RIF) con el Nro. J507870952, debidamente inscrita por ante la Oficina de Registro Mercantil que lleva el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha 04 de julio del año 2025, bajo el N° 11, Folios del 214-226, tomo N° 1, Tercer Trimestre del año 2025, CERTIFI¬CO que la copia que se transcribe a continuación, es traslado fiel y exacto de su original que reposa en el Libro de Actas y Asambleas de dicha com¬pañía, la cual copiada a la letra es del tenor siguiente:

ACTA DE ASAMBLEA ORDINARIA DE LA SOCIEDAD MERCANTIL “SUPERMERCADO IDEAL, C. A.”,

En Carúpano, municipio Bermúdez del Estado Sucre, en el día de hoy  22 de julio del año 2026 siendo las cinco de la tarde 5:00 P.M., en el local donde funciona la sociedad mercantil “SUPERMERCADO IDEAL, C. A.”; estando presentes sus socias propietarias JIALING WU, titular de la cédula de identidad N° E-82.263368, RIF Nro. E822633687, propietaria de 90 acciones; y JIEMEI CHEN, titular de la cédula de identidad N° E-84.390.233, RIF Nro. E-843902335, propietaria de 10 acciones; ambas de este domicilio.- Dirige esta asamblea la ciudadana Jialing Wu, en su carácter de presidente de la empresa, quien prescindiendo de las formalidades de convocatoria, en virtud que se encuentran presentes las propietarias del 100% de las acciones, se considera válidamente constituida esta asamblea extraordinaria, y de esta manera anuncia que la agenda del día de hoy tiene a tratar y aprobar los siguientes puntos: Punto Primero: Aumento de Capital Social de la compañía. Punto Segundo: Modificación de los estatutos de la empresa.

Se pasa de inmediato a tratar el Punto Primero: Tomando la palabra la socia Jialing Wu, quien propone realizar un aumento al capital social en virtud que en la asamblea anterior se amplió el objeto social lo cual trae mayor amplitud en el mercado comercial que nos insta a contar con un capital más sustentable como compañía, y a los fines de alcanzar esas metas comerciales y los desafíos económicos que confrontamos como país; a tal propuesta su única socia manifestó total conformidad y de manera unánime acuerdan aumentar el Capital Social de la compañía por la   cantidad  de NUEVE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 9.000.000,00), que sumados con el actual capital de Un Millón de Bolívares (Bs. 1.000.000,00); totalizan lo que en adelante sería el capital social de la compañía, es decir, DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 10.000.000,00), así mismo se acuerda aumentar el valor de las acciones y se emiten nuevas acciones para cada uno de los socios, todo lo cual se refleja en el Balance de Aumento de Capital que se anexará conjuntamente con el acta que se expida de esta Asamblea; por lo que se consideró totalmente debatido y aprobado este punto, ordenando se modifiquen las cláusulas referentes al capital social de la compañía.

Se pasa a tratar el Punto Segundo: Modificación de los estatutos de la empresa., el cual es debatido por las socias y para concluir  acordaron modificar los estatutos de la empresa en vista de todo lo acordado en el punto primero, así como también las modificaciones establecidas en la asamblea de socios del día 11/07/26; a tal efecto la socia Jiemei Chen manifiesta su conformidad con lo expuesto por su socia, así también propone complementar un poco las atribuciones de la junta directiva, además de los puntos acordados en la anterior asamblea, por tal motivo acuerdan que en esta asamblea se redactarán nuevamente los estatutos de la empresa, con el fin de actualizarlos a los cambios acordados y ajustar otros detalles. Aprobado por unanimidad lo expuesto se establece que a partir de esta asamblea los estatutos de la empresa quedan establecido de la siguiente manera  Estatutos Sociales de la Compañía de acuerdo a las siguientes Cláusulas:

TÍTULO I

DENOMINACIÓN, OBJETO, DOMICILIO Y DURACION

PRIMERA: Esta sociedad se denominará “SUPERMERCADO IDEAL, C.A”. -

SEGUNDA: El objeto de esta sociedad mercantil SUPERMERCADO IDEAL C.A. será ofrecer una amplia variedad de productos y servicios, propias de un supermercado con tiendas por departamentos, a tal efecto realizará todo lo relacionado con la comercialización global, compra, venta, distribución, almacenamiento, representación, importación y exportación al mayor y detal de todo tipo de productos y alimentos comestibles y para el consumo humano, víveres, enlatados, todo tipo carnes, bovinas, porcinas, aves, pescados,  frutas o su pulpa congeladas, hielo en cubito, alimentos congelados envasados al vacío, leguminosas, granos y cereales de todo tipo, confitería, embutidos, charcutería, productos afines o derivados; importación y exportación de toda clase de alimentos y productos concentrados y balanceados de consumo animal, y en ejercicio de su comercialización también podrá dedicarse a la compra, venta de alimentos no perecederos, artículos de limpieza y para el hogar, artículos de belleza, para uso y aseo personal, cosméticos y cosmetología, bisutería, papelería, juguetes, quincallería, ropa y calzados, (ya sean nacionales o importados), artículos del ramo de ferretería, toda línea de electrodomésticos, muebles y artículos de hogar u oficina, papelería, farmacia, comercialización, importación y exportación al mayor y detal de todo tipo de licores, bebidas sea o no alcohólicas, cigarrillos o tabacos, así como también ofrecerá servicio de panadería, cafetería, pastelería y restaurant; para el ejercicio de su objeto podrá celebrar todos los actos, contratos, operaciones y negociaciones necesarias o convenientes a juicio de la junta directiva de la sociedad; y en general podrá realizar cualquier otra actividad de lícito comercio, conexo o no, con el ramo mencionado siempre y cuando convenga a los intereses de la compañía y lo que permita las leyes de nuestro país.

TERCERA: La Compañía tendrá su domicilio principal en Carúpano, específicamente la siguiente dirección: Calle Libertad cruce con calle Güiria, Sector Centro, parroquia Santa Catalina, municipio Bermúdez, estado Sucre, pero podrá establecer oficinas, agencias, sucursales o dependencias en cualquier lugar dentro y fuera de la República Bolivariana de Venezuela, cuando así lo decidieren la Asamblea general de Accionistas--

 CUARTA: La sociedad tendrá, una duración de VEINTE (20) años, contados a partir de la fecha de inscripción de Documento Acta Constitutiva en el Registro Mercantil, sin embargo, podría ser aumentada o disminuida a juicio de la Asamblea General de Accionistas.

TÍTULO II

CAPITAL SOCIAL, ACCIONES Y ACCIONISTAS

QUINTA: El capital social de la Compañía es la cantidad de DIEZ MILLONES DE BOLIVARES (BS. 10.000.000,00), divididos y representados en QUINIENTAS (500) acciones nominativas, no convertibles al portador, con un valor nominal de VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs.20.000,00), cada una, dichas acciones han sido totalmente suscritas y pagadas por los socios propietarios según balance que se anexa.

SEXTA: El Capital ha sido suscrito y pagado en su totalidad de la siguiente manera: *JIALING WU, suscribe y paga 450 acciones con un valor nominativo de (Bs. 20.000,00), cada una para un total de NUEVE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 9.000.000,00).

*JIEMEI CHEN, suscribe y paga 50 acciones con un valor nominativo de (Bs. 20.000,00), cada una para un total de UN MILLON DE BOLÍVARES (BS. 1.000.000,00).

En ningún caso podrán convertirse en acciones al portador. La propiedad y cesión de las acciones, se prueba y se hace respectivamente de conformidad con lo previsto en el Artículo 296 del Código de Comercio.

SÉPTIMA: Los accionistas tienen derecho preferente para la compra de las acciones en venta, al precio que arroje el último balance y en proporción al capital suscrito por cada uno de ellos, debiendo a tal efecto el vendedor, participar por escrito, su propósito de venta a los demás accionistas. El derecho prioritario de compra, será válido por Sesenta (60) días, contados a partir de la fecha de oferta, vencido este plazo sin que los accionistas hayan ejercido el referido derecho, el vendedor podrá efectuar la venta de sus acciones a terceros……………………

TÍTULO III

DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMPAÑÍA

OCTAVA: El primer ejercicio económico de la Compañía comenzará el día siguiente de su inscripción en el Registro Mercantil y cerrará el día Treinta y uno (31) de diciembre del mismo año. Los ejercicios económicos sucesivos, comenzarán el día Primer (1.ero) de cada año y terminarán el día treinta y uno (31) de diciembre del mismo año…

NOVENA: La dirección y administración estará a cargo de una junta directiva integrada por un Presidente y un Vicepresidente, que podrán ser miembros accionistas. La junta directiva se reunirá cuantas veces sea necesario y conveniente para los intereses de la Compañía. Al tomar posesión de sus cargos y a los efectos de lo dispuesto en el Artículo 244 del Código de Comercio cada uno de sus integrantes depositará en la caja social, tres (3) acciones, o su valor equivalente, cuando no sean accionistas de la Compañía…………

DÉCIMA: Los miembros de la Junta Directiva, durarán CINCO (05) años en el ejercicio de sus funciones pudiendo ser reelegidos, y en todo caso, continuarán en sus cargos hasta ser reemplazados. La falta temporal de un miembro principal de la Junta Directiva, será sustituida por el otro miembro, la falta absoluta de cualquier miembro se resolverá mediante la elección en la asamblea de accionistas en la misma oportunidad que los miembros principales……

DÉCIMA PRIMERA: En el ejercicio de sus funciones la Junta Directiva actuando de manera Conjunta o Separada, podrán realizar las más altas facultades de ADMINISTRACIÓN, DISPOSICIÓN Y SUPERVISIÓN DE LA SOCIEDAD, sin limitación ni reserva alguna; en este sentido tendrán entre otras atribuciones las siguientes:

a)           Representar a la Compañía en todos los asuntos judiciales o extrajudiciales, quedando facultados para obrar en todos los actos judiciales y extrajudiciales en los que la Compañía sea parte o tenga interés como demandada o como demandante, pudiendo, entre otras cosas, intentar y/o contestar todo tipo de demandas, cuestiones previas y reconvenciones; desistir, convenir, transigir, citar o darse por citados o notificados, promover todo tipo de pruebas y hacerlas valer, tales como: inspecciones judiciales, experticias, testigos, etcétera, solicitar medidas preventivas de embargos, recibir cantidades de dinero, otorgando los correspondientes recibos, solicitar y absolver posiciones juradas, solicitar la ejecución de los fallos definitivamente firme, seguir el juicio en todas sus instancias, grados e incidencias, hacer uso de todos los recursos ordinarios y extraordinarios inclusive el de casación; y en fin, hacer todo cuanto consideren necesario para la mejor defensa de los derechos, acciones e intereses de la sociedad. Discutir y llevar a efecto alianzas estratégicas con empresas nacionales y extranjeras

b)           Abrir, cerrar, movilizar, cuentas bancarias de la Compañía, ya sean entidades financieras, nacionales o extranjeras.

c)            Recibir cantidades de dinero a nombre de la compañía, así como adquirir bienes que la empresa requiera para su funcionamiento.

d)           Librar, aceptar, endosar, avalar y protestar letras de cambio, cheques o pagarés y cualquier otro documento cambiario a nombre de la compañía.

e)            Asistir como representante de la compañía a las Juntas Directivas o Asambleas de accionistas donde esta empresa tenga participación accionaria.

f)            Comprar, vender, gravar, permutar, arrendar (aun por más de dos años), ceder, hipotecar y en cualquier forma enajenar bienes muebles o inmueble actuales o futuros, de la compañía, firmando los libros o protocolos a que hubiere lugar.

g)           Solicitar préstamos, pagarés, fianzas, créditos de cualquier naturaleza y tipo, con o sin garantías. 

h)           Contratar y remover empleados y obreros y fijar su remuneración, Fijar los gastos ordinarios o extraordinarios de la sociedad.

i)            Representar a la Sociedad ante terceros y Entidades del Estado, para ofrecer los productos y servicios de la organización, en virtud del cual podrá establecer condiciones y rubricar la correspondencia que se envié para esos fines

j)            Fijar las dietas a los miembros de la Junta Directiva por asistencia a reunión.

k)           Convocar las Asambleas de Junta Directiva, así como las Asambleas de Socios, sean estas ordinarias o extraordinarias. Ejercer la representación de la Compañía ante Organismos Fiscales, Organismos Públicos y Privados, Institutos Autónomos, Organismos Municipales, Estadales o Nacionales, Asociaciones y Corporaciones, Seguro Social, Ministerios, Sindicatos, Organismos de Tránsito y del Trabajo, Personas Jurídicas y Naturales y ante cualquier Ente Público creado o que se creare-

l)            Otorgar poderes generales o especiales a persona o personas de su confianza, sean abogados o no, concediendo las atribuciones que consideren de interés aun cuando no estén expresamente establecidas en este documento, y revocar tales mandatos cuando igualmente lo consideren procedente.

m)          Resolver sobre las operaciones mercantiles de toda índole, que correspondan al giro de la Compañía con facultades de disposición para la enajenación y gravamen de sus bienes.

n)           La certificación de actas de Asamblea de Accionistas, de Junta de Administradores o de cualquier otro documento que necesite certificarse.

o)           Ejercer cualquier otra atribución que consideren convenientes a los intereses de la empresa.

DÉCIMA SEGUNDA: Las facultades y atribuciones, anteriormente enunciadas no son restrictivas y por lo tanto no limitan los poderes y facultades de la Junta Directiva.

TÍTULO IV

DE LAS ASAMBLEAS

DÉCIMA TERCERA: Para la validez de las deliberaciones de las asambleas, sean Ordinarias o Extraordinarias es necesario que estén representadas en la misma en un cien por ciento (100%) de la totalidad de las acciones que integran el Capital Social y las decisiones se adoptarán válidamente con el voto favorable del cien por ciento (100%) del Capital Social……

DÉCIMA CUARTA: La asamblea de accionistas se reunirá en el domicilio social de la Compañía, LAS ORDINARIAS en el plazo de los 120 días posteriores al cierre del ejercicio fiscal de cada año; LAS EXTRAORDINARIAS cada vez que se amerite o sea requerido por los accionistas de la Compañía o a juicio de la Junta Directiva………………

DÉCIMA QUINTA: Son atribuciones especiales de la Asamblea (ordinarias o extraordinarias) General de accionistas:  a) Examinar, aprobar o desaprobar el Balance General del informe de los directores y del Comisario; b) acordar el reparto de dividendos y utilidades; c) modificar el Documento Constitutivo; d) Designar la Junta Directiva, el Comisario y sus suplentes; e) las demás que le señalen el Documento Estatutario, así como las previsiones legales pautadas en el Código de Comercio………………………...

DÉCIMA SEXTA: La Compañía tendrá UN (1) COMISARIO el cual durará en sus funciones Cinco (5) años y las ejercerá conforme a lo previsto en el Código de Comercio Vigente

DÉCIMA SÉPTIMA: La contabilidad de la Compañía, llenará los requisitos previsto por la Ley realizando el Corte de Cuentas, el treinta y uno (31) de Diciembre de cada año………

DÉCIMA OCTAVA: La formulación del Balance y demás Estados Financieros, se harán según las normas establecidas en el Código de Comercio. De las utilidades netas se tomarán un cinco por ciento (5%) para el fondo de Reserva Legal, hasta alcanzar el diez por ciento (10%) del Capital Social ………………

TÍTULO V

RESOLUCIONES TRANSITORIAS

DÉCIMA NOVENA: La junta directiva que rige la compañía está establecida de la siguiente manera:

Presidente: JIALING WU, supra identificada.

Vicepresidente: JIEMEI CHEN, supra identificada.-

Ocupa el cargo de Comisario el licenciado Frank José Hernández Martínez, C.I. 5.876.278, LAC. 16-54261,”

VIGÉSIMA: En todo lo no previsto en este documento, se aplicarán las disposiciones contenidas en el Código de Comercio y demás Leyes aplicables en nuestro país.”

Quedando Agotado y aprobado por unanimidad lo tratado en esta agenda del día y no habiendo otro punto que agotar, se dio por terminada esta Asamblea Extraordinaria, Se autoriza expresamente a la abogada Milángela León Acosta, titular de la cédula de identidad Nº 13.730.141, IPSA Nº 102.807, para realizar la correspondiente participación por ante el Registro Mercantil llevado por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil, para los fines legales consiguientes. Se levanta la presente acta y la misma es suscrita y firmada por todos los presentes en conformidad y reconocimiento de lo que en ella se expresa. Firmado: Jeimei Chen. - Firmado: Jialing Wu.- Esta Acta es traslado fiel y exacto de la original que consta en el Libro de Actas de la empresa, expedida por el Presidente de la compañía. Fdo

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Presidente

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. -

ABOGADO: SUSANA GARCIA DE MALAVE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N°6.956.403 y domiciliada en Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Agrario Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. CERTIFICA: Que las copias fotostáticas que anteceden son traslados fieles y exactos de sus originales, relacionados con la Sociedad Mercantil “SUPERMERCADO IDEAL, C.A” Inserta bajo el N.º43 Folios 334al 343 Tomo No. 01-A, Tercer Trimestre, llevado en este Tribunal durante el corriente año 2026, dichas copias fueron elaboradas por el ciudadano: LOURDES CAMPOS persona autorizada y quien junto conmigo la suscribe a objeto de dar cumplimento con lo establecido en el Artículo 226 del Código de Comercio. Carúpano, 10 de agosto del año 2026.

La Juez,

Abog. Susana G de Malavé

                      Persona Autorizada,

Lourdes Campos 

Asistente II